martes, 20 de julio de 2010

LITIGIOS ELECTORALES

JORGE ALCOCER VILLANUEVA

Uno de los mayores avances del ciclo de reformas electorales fue la canalización de los litigios electorales a los tribunales especializados en la materia. A partir de 1990, con la creación del Tribunal Federal, inicia la construcción del sistema de justicia electoral, que corre en paralelo a la de los órganos de naturaleza administrativa (IFE e institutos locales). La responsabilidad de impartir justicia en esta materia está hoy en manos de tribunales de competencia local y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), integrado por cinco salas regionales y la Sala Superior.Los tribunales estatales conocen de los juicios relacionados con los procesos locales; sus sentencias pueden ser impugnadas ante las salas del TEPJF. Salvo casos de excepción los quejosos están obligados a acudir ante los primeros y solamente cuando éstos han emitido su sentencia, se puede acudir ante la justicia federal. Los resultados de las elecciones no impugnadas se consideran definitivos.Las salas regionales del TEPJF conocen de las impugnaciones a sentencias locales sobre las elecciones de diputados locales y ayuntamientos y la Sala Superior de las referidas a las elecciones de gobernador. Las salas del TEPJF sólo pueden resolver la nulidad de elecciones por las causas expresamente establecidas en las leyes de medios de impugnación, locales o federal; lo anterior fue la respuesta del Congreso de la Unión ante la jurisprudencia que en años anteriores estableció la llamada "nulidad abstracta", por la cual, la Sala Superior podía, mediante interpretaciones generales y "atando cabos", con las evidencias y pruebas disponibles, resolver la anulación de toda una elección. Una vez aprobada esa jurisprudencia rara vez fue aplicada por sus creadores; desde 2007 quedó superada por la reforma constitucional.A reserva de conocer el panorama completo de recursos interpuestos ante los tribunales locales con motivo de los cómputos de resultados de la jornada electoral del domingo 4 de julio, consigno que la prensa ha informado de impugnaciones en contra de los resultados de las elecciones para gobernador en Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Puebla, Oaxaca, Quintana Roo, Veracruz y Zacatecas. Quedan firmes y definitivos los resultados en Chihuahua, Sinaloa, Tlaxcala y Tamaulipas.En las ocho impugnaciones, según la información disponible, los partidos perdedores pretenden hacer valer, otra vez, la "nulidad abstracta", invocando la supuesta violación de los "principios rectores" del sistema electoral. Al parecer, solamente en el caso de Durango los quejosos (PAN-PRD) solicitan la anulación de casillas con la intención de revertir la ventaja del candidato ganador (poco más de 15 mil votos); en los otros siete casos, aunque se presenta solicitud de nulidad de casillas, se hace a partir de argumentaciones generales, como si se tratara de una misma conducta repetida una y mil veces.Durango será el caso más complejo pues existen pedimentos cuantitativos (nulidad de un número limitado de casillas) y argumentos cualitativos, por supuestas violaciones ocurridas el día de la jornada electoral. En Veracruz, la virulencia verbal de uno de los candidatos derrotados da espectacularidad al caso, pero su queja corre por el sinuoso camino de la nulidad abstracta. En Hidalgo, la perdedora se duele de la flagrante parcialidad de la televisora propiedad del gobierno del Estado y de supuesta inequidad en las condiciones de la competencia. En Aguascalientes, sigue la película Kramer vs Kramer; el PAN acusa al gobernador -panista- de haber apoyado al candidato priista. Si la Sala Superior fue la que habilitó al hoy perdedor para ser candidato, se antoja cuesta arriba que admita los argumentos del pleito de familia.En Oaxaca, Puebla y Zacatecas, todo indica que las impugnaciones son maniobras dilatorias de los gobernadores salientes, para retrasar los procesos de entrega-recepción con sus sucesores; en Quintana Roo el litigio fue anunciado el mismo día en que la Sala Superior confirmó la cancelación de derechos políticos de Gregorio Sánchez.Inicia la etapa jurisdiccional, habrá que estar al pendiente de las acciones y resoluciones de los tribunales.

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