sábado, 24 de agosto de 2013

CAMBIO DE PARADIGMA*

ANA LAURA MAGALONI 

El lunes que viene, el Pleno de la Suprema Corte tiene la posibilidad de sentar las bases jurisprudenciales para que los jueces y los litigantes en México tengan parámetros claros sobre cómo operar, en el día a día, la reforma constitucional de derechos humanos. Los proyectos a discutir son del ministro Arturo Zaldívar y del ministro Alfredo Gutiérrez. Ambos resuelven contradicciones de tesis entre Tribunales Colegiados que tienen que ver centralmente con los problemas jurídicos que se derivan de dotar de rango constitucional a las normas de derechos humanos contenidas en los Tratados Internacionales suscritos por México. Todos estos temas son muy técnicos y es difícil siquiera dimensionar, para alguien ajeno al mundo del derecho, la relevancia e implicaciones concretas de cada uno de ellos. No obstante, haciendo abstracción de las cuestiones técnicas, creo, lo que está en juego para todos nosotros es qué tan amplio o restringido es el catálogo de derechos humanos de rango constitucional que podemos hacer valer frente a la autoridad y bajo qué principios o criterios deben interpretar y hacer efectivos tales derechos los jueces. Sospecho que en este tema, como en muchos otros, la Corte estará dividida: los ministros que quieren preservar el statu quo vs. los que entienden que la reforma de derechos humanos es un cambio de paradigma.

Esta discusión de los ministros se inserta en un México que en donde el viejo modelo político de gestión de la conflictividad social está roto. La administración de Calderón apostó a generar un nuevo modelo centrado en el uso de la fuerza coactiva del Estado. Su apuesta no resultó o fue incompleta. La posibilidad de que el Estado mexicano pueda construir mecanismos duraderos y efectivos de control y pacificación de conflictos no sólo tiene que ver con el fortalecimiento de las instituciones de seguridad y el ejercicio de la fuerza coactiva. También, creo yo, se necesita de una profunda transformación de la administración de justicia. En concreto, necesitamos jueces que generen nuevos referentes colectivos sobre la relación entre el derecho y la justicia. Esto es, requerimos de jueces que, a través de sus decisiones, nos permitan comprender por qué el derecho que nos rige es justo, razonable y socialmente útil. Ello es lo que, en una democracia, incentiva el acatamiento voluntario de las normas jurídicas. En este sentido, el discurso jurídico que domina en el ámbito jurisdiccio- nal -acartonado, reiterativo, formalista-, y que es propio de jueces que operaron en un régimen autoritario, es uno de los obstáculos más importantes que enfrentamos para cons- truir esos nuevos mecanismos de pacificación de conflictos propios de una democracia.

La reforma constitucional de derechos humanos bien implementada puede convertirse en el motor de cambio del paradigma argumentativo de los jueces en México. El tipo de retórica jurídica que se necesita para hacer operativos los derechos humanos en la resolución de conflictos jurisdiccionales exige un nuevo tipo de destrezas argumentativas tanto para la profesión legal como para los jueces. Las normas de derechos humanos se caracterizan por utilizar un lenguaje axiológico y particularmente genérico. Su propósito, además, es poner al ciudadano en el centro del quehacer de la autoridad, incluidos los jueces. Todo ello hace que sea imposible utilizar la típica retórica judicial de análisis de puntos, comas y letras. Los jueces ya no podrán argumentar que "si la sentencia es injusta es culpa del legislador". Dicho en forma positiva, los derechos humanos, como normas de rango constitucional, obligan a todos los jueces y a los abogados litigantes a argumentar soluciones jurídicas que tienen que hacerse cargo de los valores que nos dan identidad como colectividad y que le dan sentido a un régimen democrático. También tendrán que hacerse cargo de las implicaciones, en términos sociales, políticos y económicos, de las soluciones propuestas. Las malas sentencias seguirán existiendo como hasta ahora. La diferencia es que, con el paso del tiempo, la calidad del discurso jurídico y su posibilidad de diálogo con la sociedad y la opinión pública permiten generar un debate público de mayor calidad sobre el desempeño de los jueces, así como mejores referentes colec- tivos sobre la relación entre el derecho y la justicia. Inclusive las malas sentencias se discutirán desde un paradigma distinto: la razonabilidad, la justicia, la utilidad de la solución propuesta, la congruencia con la jurisprudencia nacional e internacional, etcétera.

Los proyectos de Zaldívar y de Gutiérrez son el prototipo de la nueva retórica jurídica que necesita nuestro sistema de administración de justicia. Ambos son proyectos increíblemente claros, analíticos, congruentes y persuasivos. Además, son muy complementarios en contenido. Me parece que los ministros que no estén de acuerdo con tales proyectos tendrán problemas para rebatirlos con buenos argumentos jurídicos. Pero, sobre todo, la pregunta que está en el aire es, finalmente, cuántos de los 11 ministros tienen clara la función histórica que le toca a la Corte desempeñar en este México conflictivo y convulsionado. Preservar el statu quo es receta para el desastre. Veamos qué pasa el lunes en la Corte y quién es quién de los ministros.

*Reforma 24-08-13

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