martes, 10 de septiembre de 2013

MUCHAS GRACIAS

Política y Derecho.

Norberto Bobbio decía que la Política y el Derecho son dos caras de una misma moneda, que todo dependía del lado que se viera para determinar la preeminencia de uno sobre el otro. Hoy hace cinco años comencé administrando este espacio y fueron precisamente estas líneas de Bobbio las que inspiraron el nombre y el contenido del blog, la perspectiva dependió de Usted amable lector. 

Hace cinco años inició este proyecto que tuvo como objetivo primordial, la divulgación de opiniones y análisis de diversos personajes de la política y de la academia, muchos de ellos entrañables amigos y maestros. Fueron artículos que en su mayoría fueron publicados en los diversos diarios y revistas especializas, nacionales e internacionales, y que dieron cuenta puntualmente de los temas del debate actual, como son los Derechos Humanos y  la Democracia, mismos que constituyen un eje articulador para el desarrollo de nuestro país.

Fueron más de 162,200 visitas que el blog tuvo en estos cinco años, lo cual agradezco enormemente por el interés y el tiempo que cada uno de ustedes se tomó para consultar, leer y comentar los artículos publicados. Es de mi agrado saber que las consultas no fueron sólo desde mi país México, sino también de Estados Unidos, Colombia, Alemania, Perú, España, Argentina, Venezuela, Francia y hasta Rusia. A todos ustedes mi agradecimiento sincero.

Hoy este espacio llega a su fin, el dinamismo con que funciona el mundo requiere de constantes cambios, es por ello que considero necesario fijar la mirada hacia nuevos proyectos. Este blog no hubiera sido posible sin su apoyo, gracias a todos por contribuir a la divulgación de las ideas contenidas en este espacio.

MUCHAS GRACIAS.


Israel Alberto Hernández (Twitter: @políticaderecho)  



sábado, 7 de septiembre de 2013

TENEMOS BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD, PERO CON RESTRICCIONES*

PEDRO SALAZAR UGARTE

Los días 2 y 3 de septiembre continuó el debate en la SCJN sobre la contradicción de tesis 293/2011. Fueron cuatro días de intensa discusión y , finalmente, pudimos conocer el desenlace. El penúltimo día, el lunes 2, el ministro ponente, Arturo Zaldívar, lanzó una curva inesperada para los espectadores del debate pero ya conocida por sus colegas. Con afanes conciliatorios y advirtiendo que no se trataba de la decisión óptima para él, propuso una solución de compromiso entre las posturas que habían consolidado dos grupos aparentemente irreconciliables en el pleno del máximo tribunal mexicano.

El primer grupo –integrado por los ministros liberales-, se inclinaba a favor del llamado bloque, masa o red de derechos humanos sin reconocer jerarquía entre las normas que lo integran; el grupo conservador proponía dar prioridad a los límites o restricciones que contempla la propia constitución para el ejercicio de algunos derechos. Ante esta disyuntiva que se estaba bifurcando por sendas irreconciliables, el ministro Zaldívar, elaboró un proyecto híbrido: se acepta el bloque y se reconoce la fuerza vinculatoria de los límites. El ajuste, como quedó evidenciado en el debate, fue el resultado de un acercamiento entre las posiciones de la mayoría los ministros. 

El lunes 2, primero, fijó su postura el Presidente Silva Meza. Abrió su intervención sintetizando los puntos a debate: a) “uno de los temas es determinar la posición, el lugar constitucional de los tratados internacionales en materia de derechos humanos, a partir de la reforma de junio de dos mil once, el contenido, y alcance nuevo, artículo 1° constitucional”; b) otro punto, “que en forma destacada ha cobrado importancia en el debate, es el relacionado con las restricciones constitucionales, con los límites constitucionales”; c) finalmente, aunque no ha sido objeto de mucha discusión, “la extensión, vamos a decirle así, de la vinculatoriedad, de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

Acto seguido, el Presidente Silva Meza, manifestó su completa adhesión al proyecto original presentado por el ministro Zaldívar:

El cambio (en 2011) no fue sólo de forma, ha sido eminentemente de fondo y podemos decir que el reconocimiento del catálogo de derechos humanos, de los que todas las personas somos titulares en México, se ha ampliado, y al hacerlo, ahora hay más derechos sustantivos reconocidos en México. Ese catálogo, ese catálogo es uno que se integra a la Constitución precisamente por disposición del propio texto constitucional, -–el artículo 1º-– y este artículo 1º que no hace distinciones entre los derechos humanos constitucionales y los que provienen de fuente internacional, y conjuntar las dos fuentes para entender el origen de los derechos humanos en México es hoy un mandato constitucional.

De esta manera confirmaba lo que muchos sospechaban: el proyecto original contaba con el apoyo de cinco jueces y tenía la oposición abierta de otros tantos. El voto del ministro Fernando Franco, hasta ese momento, se consolidaba –en teoría- como el factor potencialmente decisivo. Pero, antes de que éste tomara la palabra, después de la participación del Presidente Silva Meza y como él mismo anunció, intervino el ministro Zaldívar, para cambiar los ejes del debate. Su introducción adelantaba el ánimo que orientaba el proyecto ajustado:

…quiero expresar mi reconocimiento y personal agradecimiento a los integrantes del Tribunal Pleno por el esfuerzo que han venido haciendo para que logremos construir una opinión consensuada de este Tribunal Pleno tratando de ceder para que logremos avanzar en este tema cuya resolución es urgente.

Acto seguido, el mismo ministro Zaldívar, fijó su postura personal frente al texto modificado y anunció el primer voto concurrente de la tarde:

Yo he sostenido de manera reiterada que cualquier limitación o modalidad a los derechos humanos, debe analizarse caso por caso, y debe hacerse un análisis de ponderación, de razonabilidad, de proporcionalidad, en el cual se tome de manera muy clara y muy en serio, el principio pro persona y la cláusula de interpretación conforme, así como los principios de universalidad, indivisibilidad, interdependencia y progresividad que establece de manera categórica la Constitución; de tal manera, que el núcleo esencial de los derechos no es disponible y tienen que armonizarse los límites y las restricciones a la luz de estos principios…

Con ello dejaba en claro que el acercamiento de posiciones no implicaba claudicar a sus convicciones. Esta premisa sería retomada por algunos de los ministros que se sumaron al nuevo proyecto de sentencia. De alguna manera, los ministros que terminarían aprobando la resolución, adoptaron la lógica del compromiso que, según Han Kelsen, caracterizaba al funcionamiento de los parlamentos genuinamente democráticos y la trasladaron a la sede jurisdiccional perfilando un acuerdo en el que nadie perdería ni ganaría todo. La propuesta que sintetiza ese acercamiento de posturas fue resumida por el propio Zaldívar:

En tal sentido, recogiendo estas opiniones de siete de los señores Ministros integrantes de este Tribunal Pleno, envié a ustedes una propuesta de modificación del proyecto en la cual se conserva el rango constitucional de los derechos humanos de fuente internacional, pero se establece también que cuando hay una restricción expresa en la Constitución, se tendrá que estar a lo que marca la norma constitucional.

Después de esa intervención quedó claro que los posicionamientos originales de los ministros se verían alterados. La primera prueba de ello emergió con la postura del ministro Cossío. Él había adelantado su conformidad con el proyecto original pero no estuvo dispuesto a votar el proyecto modificado. Esto fue lo que dijo:

Es verdad que podría haber un camino de tratar de construir consensos en el Tribunal Pleno, me parece un camino plausible pero también me parece que hay temas en los cuales no puede uno ceder la posición personal ni siquiera en aras de construir elementos o condiciones mayoritarias, y a mí me parece que éste es un tema que tiene esa característica.

Su argumento de fondo es interesante y merece un comentario. A juicio del ministro Cossío el compromiso al que terminarían llegando sus colegas –la votación sobre este punto sería de 10 votos a favor y solamente el suyo en contra- conlleva una contradicción lógica. Además, desde su perspectiva, se ha generado una regla general: “…siempre que haya una restricción constitucional o un texto expreso de la Constitución, se subordina el derecho convencional”. Por lo mismo, a su entender, la solución acordada constituye una regresión relevante porque se ha colocado a las restricciones constitucionales por encima de los derechos que limitan y, de paso, sobre las interpretaciones de Cortes internacionales que pudieran ampliarlos. Esta preocupación ha sido compartida, por ejemplo, por Geraldina González de la Vega, pero, como ella misma advierte, la objeción puede remontarse definiendo cuándo los límites a los derechos son legítimos y cuándo no.

Lo cierto es que el proyecto modificado perdió la adhesión del ministro Cossío pero obtuvo, primero, el apoyo del ministro Valls quién, al hacerlo expreso, aprovechó para distanciarse de la postura del primero:

Estimo que debe precisarse que lo anterior no significa que en un caso concreto tales restricciones o limitaciones previstas constitucionalmente no puedan ser objeto de interpretación alguna; pues insisto, la labor de nosotros –de los jueces constitucionales– no es de mera aplicación, por lo que estas restricciones sí pueden ser objeto de interpretación…

Para el ministro Valls, los efectos que se reconocen a las restricciones constitucionales no crean una regla general o universal, inamovible. Me parece que esa es una lectura prometedora porque apunta en la dirección propuesta por Geraldina González de la vega. Una postura similar fue la que adoptó –finalmente- el ministro Franco. Al sumar su voto al proyecto modificado y advertir que escribiría un voto concurrente también se alejó de las preocupaciones del ministro Cossío: “La situación fáctica es siempre variable, y efectivamente al caso por caso nos iremos obligando a poder ir resolviendo esto de la mejor manera posible”.

Este es el punto en el que, a mi entender, se concentrarán las disputas jurídicas venideras más relevantes sobre el tema. Si, como sostiene Cossío, al aprobarse el proyecto modificado se crea una regla general que coloca invariablemente a los límites constitucionales por encima de los derechos limitados, entonces, la fuerza del bloque constitucional ha quedado definitivamente neutralizada porque el principio pro persona dejaría de operar. Si, por el contrario, las restricciones a los derechos son excepciones potencialmente derrotables a través de la interpretación, entonces, el bloque de derechos consolida al nuevo paradigma en el que las nociones de jerarquía y supremacía constitucional no han dejado de tener sentido pero han mutado de manera relevante. Por lo pronto, por ejemplo, todos los derechos del bloque conforman un parámetro de validez o regularidad del resto de las normas del ordenamiento. La función de la constitución en tanto norma suprema sigue siendo, como diría Hans Kelsen, “fundamentar la validez” pero ahora se trata de una constitución ampliada.

Luis María Aguilar, sin mayores argumentos, celebró las modificaciones al proyecto y se pronunció a favor aunque también adelantó un voto concurrente. Lo mismo hizo el ministro Pardo Rebolledo. Con ellos el nuevo proyecto contaba con 5 votos a favor y solo uno en contra. El voto decisivo, paradójicamente, lo emitió la ministra Margarita Luna Ramos quien hasta entonces había manifestado resistencias frente al bloque, masa o red de derechos y había liderado la argumentación en contra del proyecto original presentado por el ministro Zaldívar. De manera que su voto a favor del proyecto modificado se fundamentó en la aceptación de la eficacia de las restricciones constitucionales. La propuesta del ministro Zaldívar modificada, con ese voto improbable, lograba la mayoría.

La ministra Olga Sánchez Cordero, quién sí había apoyado el proyecto original también sumó su voto al proyecto modificado. Su posición –amplia y sólidamente argumentada- quedó próxima a la del ministro ponente: sí al bloque de derechos pero no a la tesis de las restricciones como criterio supremo. Por lo mismo también anunció un voto concurrente. Además, de manera expresa, tomó distancia de la posición expresada por el ministro Cossío. El núcleo medular de su argumentación está contenido en el siguiente párrafo:

El principio pro-persona, se basa en que los derechos inherentes a la persona reconocidos jurídicamente como universales; y como les decía, como mandatos de optimización, deben ser protegidos por el Estado, por sus instituciones, por sus agentes, por sus empleados, por sus funcionarios y servidores públicos, y en este caso considero que la aplicación y la operación del principio pro-persona se manifiesta a través de tres reglas: la conservación de la norma más protectora; la aplicación de la norma más favorable en presencia de conflictos normativos que requieren la primacía de uno de estos derechos, así como la interpretación con el sentido más protector en cuanto a desentrañar el sentido y la visión más favorable.

El proyecto modificado acababa de recabar el séptimo voto. Tocaría al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena –quien también se había pronunciado por el proyecto original- concederle el apoyo número ocho. También él manifestó su posicionamiento tomando distancia de las preocupaciones de Cossío. Sobre todo aclaró que, desde su punto de vista, el reconocimiento que se haría de las restricciones constitucionales no implicaba la creación de una regla general, universal y rígida. La ponderación entre los derechos, sus límites y otros principios y consideraciones constitucionales seguirá abierta y tendrá que resolverse al interior del nuevo bloque constitucional. Por lo mismo secundó el proyecto y descartó que el mismo tuviera un carácter regresivo. La postura del ministro Presidente fue prácticamente la misma. Así que el proyecto ganó su noveno voto con el apoyo del ministro Juan Silva Meza y, finalmente, obtuvo el décimo con el apoyo del ministro Pérez Dayán.

Vale la pena citar en extenso la valoración del ministro ponente –Zaldívar- sobre el acuerdo alcanzado:

Me parece que la decisión que estamos tomando en este momento por diez votos, es una decisión que implica un avance importante; se establece con jurisprudencia obligatoria por primera vez en nuestro país, que los derechos humanos de fuente internacional tienen rango constitucional, y esto —me parece que no es un logro menor— es un avance muy trascendente, que a algunos de nosotros nos hubiera gustado ir más allá, obvio que sí, como algunos otros de nosotros les hubiera gustado que quedara el tema de la jerarquía, pero precisamente el consenso interpretativo nos obliga a buscar una decisión en la cual no puede imponerse la voluntad de uno de nosotros sobre los demás cuando no se tiene la mayoría necesaria, y no se trata de buscar mayorías —estilo de lo que pudiera ser un parlamento— sino de construir decisiones de Corte, acercándonos cada vez más para lograr un punto en el cual podamos estar de acuerdo en lo esencial, y esto creo que fue lo que se logró, pero además de tener sentido obligatorio una masa de derechos que tendrán que aplicar a partir de ahora todos los jueces del país de manera obligatoria, también hay un punto muy importante: Damos seguridad y certeza jurídica; tenemos más de dos años que se dio esta reforma, y seguimos hablando de la reforma de los derechos humanos, de la reforma al artículo 1°.

La última tesis de esta intervención del ministro Zaldívar es particularmente interesante porque es un hecho incuestionable que las contradicciones judiciales sobre la (in)existencia del bloque de derechos y sus alcances habían generado incertidumbre e inseguridad jurídicas. De hecho, esa también era la preocupación del ministro Cossío, quien, en junio de 2013, junto a uno de sus colaboradores, escribió en la revista Nexos lo siguiente:

Sería conveniente que las contradicciones que ya fueron planteadas al Pleno de la Corte sobre estos temas sean resueltas a la brevedad posible. Si bien existe el riesgo de que los criterios contenidos en el caso Radilla resulten restringidos, al menos se protegerá la certidumbre de los ciudadanos cuando acudan a los tribunales a exigir justicia.

Desde esa perspectiva, la decisión adoptada, podemos suponer, dejó a todos los ministros satisfechos. Fue el propio el ministro Cossío, quien si bien por una cuestión de principios –según sus propias palabras- no pudo acompañar a la mayoría, trazó la ruta de las discusiones venideras: a) ¿las restricciones constitucionales tendrán una posición de jerarquía o de prevalencia sobre los derechos?; b) ¿se ha establecido una regla general o queda abierta la puerta para la ponderación caso por caso?; c) ¿prevalecerán las restricciones constitucionales o el principio pro persona cuando existan derechos limitados en situaciones concretas?

Esas monedas siguen en el aire pero ahora deberán resolverse sobre una base jurisdiccional inédita: la del bloque, masa o red de derechos constitucionales y convencionales. A mi juicio esa es la buena noticia de la decisión adoptada. Es verdad que la agenda liberal no avanzó en todos los frentes pero también lo es que se evitó la derrota que se avistaba en el horizonte cuando cuatro ministros y una ministra habían anunciado su voto en contra del proyecto original y el ministro Franco parecía inclinarse en la misma dirección. Con las modificaciones al proyecto se ganó lo principal y se perdió lo accesorio. Ahora me temo que  disputa seguirá abierta pero ya no versará sobre cuáles son nuestros derechos sino sobre los alcances y efectos de las restricciones que se les pueden imponer.

Además, en la misma sesión, minutos depués de la votación narrada, se determinó que las sentencias de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, incluso en aquellos casos de los que El Estado mexicano no sea parte, sí son vinculatorias para los jueces meixcanos. Es decir, los juzgadores de nuestro país, al emitir sus sentencias, deberán conocer y tomar en consideración las decisiones adoptados por los jueces interamericanos. No solo como criterios orientadores sino como criterios vinculantes. Así que, si los jueces deciden apartarse de los mismos, deberán justificar jurídicamente y con argumentos dicha determinación. Valls, Cossío, Gutiérrez Ortiz Mena, Sánchez Cordero, Zaldvíar y el presidente Silva Meza sumaron los seis votos que afianzaron este tesis. Ahora sí, en este tema, los ministros liberales se juntaron.


viernes, 6 de septiembre de 2013

ANARQUISTAS*

JOSÉ WOLDENBERG

No sé si hay alguien atrás de ellos. No soy detective. Pero lo que veo a distancia es suficiente. Si dicen que son anarquistas, santo y bueno, son anarquistas. Pero tienen un parentesco inocultable con los grupos de la ultra derecha europea, los tristemente famosos skinheads. Tomo como referencia el libro de Antonio Salas (no es su verdadero nombre), Diario de un skin. Un topo en el movimiento neonazi español. (Planeta), para citarlo en extenso.

1. "Un odio irracional, absurdo e irrefrenable nos embargaba a todos. Nos envolvía... Nos impregnaba... Aquel odio extraño y misterioso nos unía...como el vínculo secreto de una hermandad...". Tiene que existir un resorte para que algunos jóvenes se entrenen para agredir a la policía, los comercios, el bastimento público. Se cubren la cara, cargan sus mochilas con piedras o con lanzallamas o con resorteras que lanzan balines; se organizan y van al combate. Su ideología, o como se llame eso, tiene que estar alimentada por algo: un odio añejado y destilado. Y ya se sabe: no hay nada más potente que el odio, así sea difuso y confuso. Ese rencor es el cemento de su hermandad.

2. "El porvenir de un movimiento depende del fanatismo, y aun de la intolerancia, con que lo exaltan sus partidarios, exhibiéndolo como el único rumbo acertado...". Son palabras de Adolfo Hitler en Mi lucha. Se trata de grupos -por lo pronto- pequeños, encerrados en sí mismos, propietarios de una decisión que no cualquiera tiene. Enfebrecidos por sus "convicciones" desprecian a todos aquellos que no comparten sus métodos violentos. Los otros son blandengues, miedosos, timoratos. Exaltados e intolerantes, su repulsa por los que se encuentran fuera del círculo iniciático es inconmensurable.

3. "Las auténticas señas de identidad de los skinheads eran la violencia y el vandalismo. Por donde pasaban destrozaban trenes, establecimientos, coches; les daban palizas a policías, estudiantes...". No el discurso, no la propuesta, sino la fuerza destructiva es lo que los define. La violencia es una proclama más elocuente y aterradora que cualquier promesa. El vandalismo no es un accidente, sino el producto de la furia concentrada para expresar que el ímpetu que amedrenta está con ellos. Se distinguen de todos los demás. El 1o. de septiembre los maestros de la CNTE les pedían que se descubrieran el rostro, que no agredieran, y al no obedecer los segregaron.

4. "Los skinheads eran los más violentos, los más duros, los más irreverentes... y por tanto, para ciertos sectores de la juventud, eran los más audaces, los más intrépidos, los más consecuentes. Es decir, los más admirados". Es posible que aspiren a ser reverenciados. No por sus metas sino por su afán demoledor. Frente a ellos los cobardes se arredran, los políticos se espantan y las buenas conciencias se nublan por el terror. Y ellos entonces se reafirman como los más arrojados y decididos. No son los más admirados entre los jóvenes, pero sí quienes llaman a los reflectores, los que adquieren una potente visibilidad pública.

5. "Su estética... (tiene) un aspecto paramilitar". Recuerdan, en efecto, a los grupos paramilitares. Es posible que se emparenten más con Los Halcones que agredieron a aquella manifestación estudiantil el 10 de junio de 1971 que con los movimientos estudiantiles. Si estos últimos deseaban ganarse lavoluntad de la sociedad, los anarquistas no tienen ese resorte activado. Por el contrario, buscan espantar a la opinión pública y logran inhibir a muchos de los que desean manifestarse pacíficamente.

6. "Abominan de la democracia, pero apelan a ella para poder ejercer un derecho que, sin ninguna duda, negarían a sus adversarios en caso de ostentar el poder que anhelan...". Bajo el manto de las libertades y los derechos humanos y aprovechando las debilidades policiacas, ellos agreden y desatan la violencia. Saben que si los policías se exceden pueden acusarlos de represores, que si no son tratados conforme a un debido proceso pueden apelar al respeto a los derechos humanos. Pero ellos no tienen ninguna consideración hacia los otros. Quisieran dinamitar los cimientos de nuestra incipiente democracia porque nada significa para ellos, pero saben que dentro de la misma algo los protege.

7. "En aquel grupo... me sentía temido. Y al concienciarme (sic) del miedo que generábamos a nuestro alrededor me sentí poderoso. Nadie se atrevería a provocarme, a insultarme, a humillarme mientras formase parte del grupo. Al contrario. Yo podría insultar, provocar e incluso agredir a quien me apeteciese...Esa sensación es embriagadora... Disfrutaba sádicamente el miedo que inspirábamos...No queríamos ser amados, queríamos ser temidos...". Lo que no se atreverían a hacer como individuos pueden hacerlo en grupo. Esa cofradía multiplica su fuerza, su potencia, amedrenta al resto y en principio proporciona impunidad. Ser el "más agresivo, violento y radical", pero en el anonimato y protegido por el clan.

8. "En un mundo de corderos, preferimos ser lobos" es una máxima neonazi en Europa.

*Reforma 05-09-13

LOS ESPÍAS DEL MUNDO*

CARMEN ARISTEGUI

Estados Unidos, la gran potencia, ha sido pillada en falta.

Los escándalos desatados por las revelaciones de Edward Snowden, conocidos a través de diferentes reportes periodísticos, han colocado al gobierno de Barack Obama en la difícil e incómoda situación de tener que dar explicaciones.

El último capítulo, revelado el domingo pasado por la cadena de televisión O' Globo, ha exhibido al gobierno de Obama como responsable de prácticas de espionaje intensivo en contra de la presidenta brasileña Dilma Rousseff y del actual presidente de México, Enrique Peña Nieto.

Ambos personajes han reaccionado de diferentes maneras frente al agravio. La presidenta Rousseff convocó de urgencia a una reunión de gabinete, exigió explicaciones rápido y por escrito. La primera respuesta que le fue enviada no la satisfizo y el propio ministro de Comunicaciones dijo, abiertamente, que la explicación norteamericana resultaba falsa. Se confirmó también que el motivo del espionaje a la carioca y su equipo era obtener información económica, comercial y sobre asuntos del petróleo para obtener -se entiende- ventajas indebidas en estas materias. El gobierno de Rousseff no se anduvo por las ramas. En estos momentos el gobierno de Dilma le exige a Obama que sea él personalmente quien explique a Brasil y a su Presidenta las razones por las cuales intervino sus comunicaciones. Le exige que lo haga por escrito y que lo haga esta misma semana. No sólo eso: ayer Dilma decidió cancelar el encuentro con Obama para fechas próximas. Sin medias tintas, la brasileña.

En el caso de Peña Nieto, lejos de aprovechar el mensaje que dio en Los Pinos, con motivo de su informe, al día siguiente de la revelación, optó por un tibio comunicado de su Cancillería, en el que ni siquiera se menciona que la persona espiada es el actual titular del Ejecutivo. El contraste tan fuerte con la postura brasileña hizo que el gobierno de México subiera un poquito el tono de su postura. Pidieron al embajador que investigara lo revelado por medios internacionales y que compareciera. Hasta donde se sabe, no ha ocurrido tal cosa.

Finalmente, ayer se anunció que Peña Nieto hizo una llamada telefónica a Barack Obama para hablar del tema. No se conoce la duración de la llamada, ni el tono de la misma. Sólo se dijo que Obama se comprometía a investigar. Llama la atención que se haya elegido la vía telefónica cuando los dos mandatarios estaban cercanos físicamente uno del otro. La llamada se hizo desde San Petersburgo, cuando los dos mandatarios estaban ya en el mismo edificio.

Las revelaciones sobre el espionaje a Peña Nieto podrían parecer menores si se considera los mensajes de texto dados a conocer como parte de lo espiado. Dos mensajes de texto en los que son citados nombres como Moreira, Jorge Corona, Juan Ramón Flores y Miguel Ángel González, en comunicaciones que según la diapositiva del informe ultrasecreto ("Filtración inteligente de datos: Estudio de los casos México y Brasil") no resultan del todo comprensibles.

Lo relevante no está en el contenido de los mensajes. Lo relevante es que formaron parte de lo que se obtuvo -al ser aplicado en una operación especial, durante dos semanas contra Peña Nieto y nueve de sus colaboradores- con el programa SATC ("Programa para el Ciberespacio Seguro y Confiable de la Agencia Nacional de Seguridad") identificado así en el documento original que sirvió de base para elaborar el programa especial de la televisión brasileña.

El documento, más que exponer grandes revelaciones producto de las intervenciones en los mensajes de los espiados, tiene como propósito mostrar las bondades y eficacias de la aplicación del sistema. Se habla, por ejemplo, de cuán eficaces han resultado los mecanismos de intervención. En una diapositiva se puede leer que, con su uso, es posible: "encontrar una aguja en un pajar de una manera eficiente y repetible".

En el apartado "(U) Classification" se celebra abiertamente el éxito del sistema de espionaje. Se puede leer que la información que antes era imposible de obtener en esta ocasión fue interceptada. Se señala que el SATC fue capaz de aplicar técnicas de espionaje en contra de personas de gran relevancia en México y Brasil, con mecanismos que les permitieron lograr lo que antes no habían logrado.

¿Cuánta información obtuvieron sobre Peña Nieto, Rousseff y sus respectivos colaboradores los norteamericanos? ¿Qué hicieron con ella? ¿Usaron sólo por única vez ese programa o, ante la eficacia demostrada y presumida en el documento, han recurrido a él en nuevas ocasiones? ¿Cuántas agujas del pajar han encontrado con sus técnicas de espionaje intensivo? Nada de eso ha sido revelado. Aún.

*Reforma 06-09-13

EL MENSAJE DE LA CORTE*

MIGUEL CARBONELL

La Suprema Corte acaba de sentar un criterio de enorme importancia para el derecho mexicano en el expediente de la Contradicción de Tesis 293/2011.

Bajo la ponencia del Ministro Arturo Zaldívar ha señalado básicamente dos cosas muy positivas: la primera es que los derechos humanos previstos en tratados internacionales firmados por México tienen rango constitucional, es decir valen tanto como nuestra Constitución e incluso pueden ser aplicados de forma prevalente a ésta cuando otorguen una mayor protección a las personas. La segunda cuestión que afirma la Corte es que todas las autoridades de nuestro país, en los distintos niveles de gobierno, están obligadas a observar la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, tanto aquella que deriva de casos en los que el Estado mexicano fue parte, como respecto de los criterios sostenidos en todos los demás casos que resuelva.

Creo que se trata de dos criterios importantes. El primero de ellos sobre el rango constitucional de los tratados no es en rigor muy novedoso, ya que así lo establece con claridad el artículo 1 de nuestra Carta Magna, pero la determinación sobre el valor de la jurisprudencia de la Corte Interamericana incluso en los casos en que México no ha sido parte sí que supone una aportación original, ya que viene a modificar un criterio en sentido diverso sostenido por la Corte apenas en el 2011. Este cambio de criterio implica que los abogados mexicanos deben ponerse a estudiar a toda velocidad la jurisprudencia internacional, ya que a partir de ahora la van a poder invocar ante los tribunales mexicanos, los cuales estarán obligados a acatarla.

La mala noticia es que la Corte se negó (pese a que así lo proponía un brillante proyecto presentado originalmente por el Ministro Zaldívar) a reconocer que los tratados de derechos humanos pueden prevalecer frente a la Constitución incluso o sobre todo en los casos en que nuestra Carta Magna prevea ciertas restricciones a los derechos. Así sucede, por citar un ejemplo, con la figura del arraigo, que contiene una restricción al derecho de libertad y por eso mismo viola diversos tratados internacionales. En el caso del arraigo no prevalecerán los tratados, sino el texto constitucional. 10 Ministros estuvieron de acuerdo con ese criterio y solamente el Ministro Cossío votó en contra. Es un retroceso que anuncia nuevas condenas contra México en los tribunales internacionales. Ojalá hubiera prevalecido la propuesta originalmente presentada por Zaldívar, que tenía gran rigor lógico y jurídico.

Como quiera que sea, lo cierto es que la Suprema Corte le está enviando un mensaje muy claro a los abogados mexicanos: hay que ponerse de inmediato a estudiar los tratados internacionales y la jurisprudencia de la Corte Interamericana.

En las recientes sesiones de la Corte, al discutir temas tan relevantes, se ha puesto en evidencia el papel tan positivo que está jugando el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien ha estado sosteniendo posturas y argumentos muy frescos y renovadores, junto a quien lidera al bloque progresista de la Corte hoy en día, que es el Ministro Zaldívar. Si sigue como va, es probable que Gutiérrez Ortiz Mena –considerando su juventud y los muchos años que le quedan por delante en la Corte- pueda construir una de las más brillantes carreras judiciales de la historia del país.

Ojalá que en el futuro se sigan dando pasos hacia delante para garantizar una mayor eficacia de los derechos fundamentales y que se afirme cada vez más el compromiso de México con los tratados internacionales. La globalización que vive el país no puede ser solamente mercantil o financiera: necesitamos una globalización del Estado de derecho, de la efectiva garantía de los derechos humanos y de los estándares internacionales para proteger la dignidad humana.

Durante décadas el derecho mexicano estuvo completamente cerrado a cualquier influencia externa: era el tiempo del chauvinismo jurídico que tanto daño nos hizo. Por suerte eso ha cambiado de forma radical y ahora hemos dejado de tenerle miedo a las corrientes jurídicas que vienen de otros países o de cortes internacionales. Los juristas mexicanos necesitan abrir las puertas y las ventanas, para asomarse a ver lo que está pasando más allá de nuestras fronteras. Peses a sus muchas dudas y a algún error notable en su interpretación, la Suprema Corte nos está indicando que esa es la dirección correcta. No desaprovechemos la oportunidad de sumarnos a las más modernas corrientes del derecho. Es lo que muchos habíamos reclamado desde hacía mucho tiempo.

*El Universal 05-09-13

¿NUEVOS PARTIDOS?*

LORENZO CÓRDOVA VIANELLO

A lo largo de las últimas tres décadas el proceso de cambio político en México ha transitado por la atención y solución de una serie de problemas que, si bien muchos de ellos estaban vinculados entre sí, gradualmente fueron planteándose como necesidades prioritarias en momentos determinados.

En ese sentido, un problema originario y del cual dependía el curso democratizador, fue resolver el carácter excluyente y discriminador que adquirió el sistema de partidos del viejo régimen y permitir no sólo el surgimiento de nuevas fuerzas políticas, sino su inclusión en la arena electoral y su reflejo en órganos representativos del Estado. La reforma electoral de 1977 y las que le siguieron han mantenido —unas más que otras— ese espíritu aperturista e incluyente.

Desde entonces periódicamente se ha abierto la posibilidad para que organizaciones de ciudadanos puedan aspirar a convertirse en partidos previo cumplimiento de una serie de requisitos de ley.

Se trata de una lógica venturosa que no sólo es respetuosa de los principios democráticos y del pluralismo político, sino que permite concretar el derecho fundamental de asociación política de los ciudadanos.

Hoy, como consecuencia de las reglas introducidas en la reforma de 2007-2008, cada seis años, de cara a las elecciones intermedias (y no frente a cada elección como ocurría en el pasado, circunstancia que estoy convencido deberíamos revisar y reintroducir), se abre la ventana legal para que se intente la creación de nuevos partidos.

Los requisitos son de dos tipos: por un lado, contar con una serie de documentos básicos (declaración de principios, programa de acción y estatutos) que tienen el propósito de darle a la organización en ciernes congruencia ideológica y estructura jurídica; y, por otro lado, un mínimo de afiliados a nivel nacional (el 0.26% del Padrón Electoral, lo que equivale a alrededor de 220 mil ciudadanos) con una presencia territorial determinada, misma que se constata con la obligación de realizar al menos, o bien 20 asambleas estatales con la presencia de 3 mil asistentes o más, o 200 asambleas distritales con por lo menos 300 asistentes cada una.

En el presente caso, para cumplir con esos requisitos las organizaciones de ciudadanos que notificaron su intención al IFE en enero de 2013, deben realizar sus asambleas y conseguir las afiliaciones necesarias en un periodo que va de febrero pasado a enero de 2014 (incluyendo la realización de una asamblea nacional como momento culminante de su proceso constitutivo). Se trata de un conjunto de actos complejo que toca al propio IFE verificar y validar.

El 29 de agosto el Consejo General del IFE conoció un informe sobre el estado del proceso de constitución de nuevos partidos (puede consultarse en la página web del Instituto). Se trata de un corte de caja que de ninguna manera arroja datos finales o conclusivos, sino que hace del conocimiento público los datos que se tienen hasta el momento. Van algunas cifras interesantes:

a) De las 52 organizaciones que manifestaron su intención originalmente, hoy subsisten 39 (10 no cumplieron los requisitos formales iniciales y 3 han manifestado su desistimiento).

b) Hasta ahora sólo cuatro organizaciones han señalado al IFE su programa de asambleas y sólo dos han realizado alguna asamblea con el quórum requerido por la ley.

c) Se han presentado 5 consultas a la Comisión competente del IFE que han sido respondidas en forma.

d) 22 organizaciones han concurrido a los talleres de capacitación que el IFE les ha ofrecido sobre el proceso y modalidades de revisión y certificación que el IFE realiza (la última fue “Morena”, la semana pasada).

Por ahora nadie puede adelantar vísperas y sacar conclusiones anticipadas. Hacer lo contrario es especular. Todavía hay tiempo (hasta enero) para cumplir con los requisitos y es normal que la agenda de asambleas se congestione hacia el final del plazo.

Además, todavía está pendiente el proceso de validación que hará el IFE cruzando la información de todas las organizaciones, a partir de febrero próximo así que las asambleas que hoy se han realizado, aún no pueden considerarse válidas en definitiva.

Es un proceso largo, pero importante para la vida democrática, que vale la pena seguir con atención.

*El Universal 06-09-13

martes, 3 de septiembre de 2013

SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE: LO BUENO, LO MALO Y LO AUSENTE*

CIRO MURAYAMA RENDÓN

Ahora que existe un dictamen de la Cámara de Diputados que está a consideración del Senado, conviene centrarse en los aciertos y debilidades de la ley que regirá el acceso, la promoción y la permanencia de los maestros de educación obligatoria.

En primer lugar, y retomando una definición clave de la reforma al artículo 3° constitucional, es encomiable que quien llegue a ser profesor lo haga a través de un concurso público de oposición. Se cierra espacio a la entrada por herencia o venta de plazas, por afinidades políticas o, incluso, a través de favores sexuales exigidos por burócratas educativos y líderes magisteriales. Que podamos tener exámenes de ingreso diseñados por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, en lugar de grupos de interés, corporaciones o mafias definiendo quién se hará cargo de la educación de los niños es un avance que debe ser bienvenido y valorado, que dignifica en primer lugar a maestros y maestras.

Lo mismo puede decirse de la promoción y permanencia: ya no dependerá de tener un padrino político o de estar bajo la sombra de una organización corporativa para poder ejercer los derechos como trabajador de la educación.

También es un logro importante que desaparezcan las comisiones sindicales a costa del erario público. De ahora en adelante, quien se vaya a esas u otras tareas que le impidan cumplir con sus labores docentes, de dirección o de supervisión, se separará del servicio magisterial sin goce de sueldo.

Bienvenidos deben ser los estímulos para los maestros que vayan a trabajar a zonas marginadas, pues sólo así se podrán ir incorporando elementos a favor de la calidad y la equidad educativa.

Los defectos de la LGSPD están, sobre todo, en que sobrecarga la evaluación como elemento para deshacerse de los malos maestros —eso en principio no está mal— pero en cambio descuida el reconocimiento, la motivación del docente y no desarrolla una genuina carrera profesional.

Los artículos 22 y 53 del dictamen de la LGSPD contemplan que cuando un maestro sea separado de su cargo ello ocurrirá “sin responsabilidad para la autoridad educativa”, como si fuese válido despedir a trabajadores sin la indemnización correspondiente.

Otro desacierto es querer evaluar por lo menos cada cuatro años a todos los maestros, los que nos da a cerca de 300 mil evaluaciones al año, más de una por cada día hábil, lo que resulta una labor cuasi imposible que puede atentar contra la calidad misma de la evaluación.

Además, no hay diferenciación a la hora de evaluar entre un profesor con 6 años en servicio de uno que tenga 22 años comprobando su valía. Como en cada evaluación está en riesgo el empleo, en realidad nunca se alcanza la “definitividad”.

Bien pudo pensarse en un esquema con una evaluación al momento del acceso, la siguiente a los dos años y otra cuatro años después (así va el diseño del dictamen), pero añadiendo una más a los seis años, lo que daría un total de cuatro evaluaciones de desempeño en los primeros doce años de carrera, para entonces otorgar la definitividad. Más adelante el profesor se sometería a evaluaciones adicionales que tendrían como fin que los maestros mejoraran sus condiciones salariales.

Un vacío mayor es que la LGSPD no da las bases, y ese era su cometido, para el diseño de una carrera en el magisterio que resulte atractiva para los jóvenes que decidan dedicar su vida a la enseñanza. Así, a diferencia de lo que ocurre en las universidades donde se hace “carrera académica”, la LGSPD no contempla categorías ni niveles distintos entre los profesores según van ganando experiencia y acreditando destrezas y responsabilidad. Como no se definen con claridad los escalones de ascenso pero sí está claro que se puede perder el empleo, no hay en realidad un plan para el desarrollo de una carrera docente, hay diseñada más bien una suerte de corretiza evaluativa.

Recientemente escribió Olac Fuentes Molinar (“Las tareas del maestro y los desafíos de la evaluación docente” en el libro La reforma Constitucional en materia educativa: alcances y desafíos, Instituto Belisario Domínguez, 2013): “Las visiones más comunes acerca del trabajo escolar suelen estar construidas sobre falsas generalizaciones; algunas son expectativas infundadas y exigencias erróneas, otras son idealizaciones míticas, unas más se fundan en el desdén, la ignorancia o la indiferencia. Las imágenes sobre el maestro se sitúan en dos extremos: un apostolado uniforme y siempre menesteroso, y un ejército de simuladores y holgazanes”. El capítulo de evaluación de la ley fue pensado, sobre todo, desde esta segunda generalización equivocada.

*El Universal 03-09-13

INFORMAR SIN ESCUCHAR*

DIEGO VALADÉS

Desde 1824 y hasta 1923 nuestras Constituciones establecían que los presidentes inauguraran y clausuraran todos los periodos de sesiones del Congreso. Benito Juárez lo hizo en 29 oportunidades entre 1861 y 1872, excepto durante la intervención francesa, y en sus 30 años de gobierno Porfirio Díaz informó al Congreso 61 veces. En 1923 ese deber se contrajo a inaugurar los periodos ordinarios y en 2008 la asistencia de los presidentes fue sustituida por la presentación de un informe escrito.

Con los años la obligación republicana devino en un torneo de complacencias en el que se medía el número y la duración de los aplausos, e incluso si estos se tributaban o no de pie. La obsecuencia es habitual en los sistemas cerrados, donde se tiende a sacralizar la figura del poderoso y a buscar el contenido críptico de sus mensajes y gestos. Así se subrayaba instintivamente cuando se hablaba de "glosar" el informe presidencial, sin advertir que "glosa" significa "explicación o comentario de un texto oscuro o difícil de entender". Un ejemplo de la tarea adivinatoria se produjo cuando José López Portillo anunció la expropiación de la banca, en su último informe, y la atención se dirigió hacia Miguel de la Madrid, próximo a asumir la Presidencia, quien ante la ovación del pleno se limitó a unas frías palmadas protocolarias, llenas de sentido político en la ocasión.

Poco a poco la ovación fue desplazada por la impugnación, también sonora, que orilló a los presidentes a retirarse de la tribuna congresual. Hoy, el rito está roto. Excluidos por la política y luego relevados por la norma, los presidentes se conforman desde hace años con una ceremonia sin trascendencia constitucional y con un simbolismo político contraproducente, porque exhibe un repliegue forzado por situaciones fuera de control.

Los presidentes dejaron de asistir al Congreso, pero las causas de esa ausencia están variando. Ahora el problema no está relacionado con el talante asambleario sino con la protesta callejera. Esto es otra cosa. Es un indicador más del estrés creciente al que están sometidas las instituciones.

Ese fenómeno no puede ser visto con indiferencia porque denota que el deterioro institucional va en ascenso. La reiterada ausencia presidencial en el Congreso es una irregularidad que debe ser remediada. La distancia política entre la representación nacional y el gobierno acabará teniendo consecuencias adversas para la vida institucional del país. Si hay factores que impiden que el Presidente concurra al Congreso, deben explorarse otras medidas compensatorias.

Los actos informativos de los presidentes fuera del ámbito natural, que es el Congreso, en lugares y con modalidades cambiantes, muestran hasta qué punto está lesionado el sistema institucional. Empero, no podemos conformarnos con el retroceso como método e ignorar que las abdicaciones del poder son un síntoma de deficiencias intrínsecas, hasta ahora desatendidas. La solemnidad es prescindible, pero no la responsabilidad republicana de informar, escuchar y debatir, que deben realizarse conforme a las mejores prácticas democráticas.

A partir de 1997 los gobiernos carecen de mayoría en el Congreso. Desde entonces el sistema se ha mantenido imperturbable y tres lustros más tarde seguimos sin instrumentos para que la minoría en el gobierno escuche a la mayoría en el Congreso. La ausencia de esos mecanismos en el contexto del pluralismo democrático es una omisión que contribuye al déficit de gobernabilidad que padecemos.

En 2008 fue reformado el artículo 69 de la Constitución, facultando al Congreso para analizar el informe, formular preguntas por escrito al Presidente y citar a los miembros de su gabinete para que comparezcan e informen, "bajo protesta de decir verdad". Fue una reforma democrática que no ha dado resultados porque la práctica política la ha hecho casi inoperante. Los secretarios van poco y dicen menos; suelen esquivar los cuestionamientos y recitar lo que podría ser un largo boletín de prensa.

Se requiere mucho más. No es necesario volver a modificar la Constitución para que los secretarios concurran con regularidad a informar y debatir, sin que en cada caso su presencia sea objeto de regateo político. La función política no puede girar sólo en torno a la figura presidencial como si en el país nada hubiera cambiado con la caída de la hegemonía. Se elude que el gabinete tenga una presencia constante en el Congreso, con lo cual se prescinde de un instrumento de interlocución que toda democracia necesita y se corre el riesgo adicional de que los mediocres, refugiados en la obscuridad, se perpetúen en perjuicio de las funciones que tienen encomendadas.

Un diálogo fluido es indispensable para que los ciudadanos escuchemos las razones del poder. No es razonable que el gobierno desoiga lo que en las Cámaras se dice de sus programas y decisiones, ni que rehúya el debate institucional. La democracia implica deliberación continua, responsable y libre.

*Reforma 03-09-13

TEXTO Y CONTEXTO*

JORGE ALCOCER

Cumplidas las primeras 36 semanas del ya no tan nuevo gobierno, sugiero leer el texto del mensaje presidencial de ayer, y tener presente el contexto del Primer Informe de Gobierno.

Fue Vicente Fox el primer Presidente impedido de entrar al salón de sesiones de San Lázaro, para dirigir el tradicional mensaje con motivo del informe de gobierno; al año siguiente (2007) Felipe Calderón entró, subió al presídium, entregó el informe por escrito... y se fue. En agosto de 2008 se promulgó la reforma al artículo 69 de la Constitución, que eliminó la obligación del Presidente de acudir al Congreso cada 1o. de septiembre; a partir de entonces el informe se presenta por escrito, sin determinarse quién debe cumplir tal encomienda. El domingo lo hizo, como antes, el secretario de Gobernación, pero igual pudo enviarlo con un motociclista.

Por ese cambio, a partir de 2008, cada 2 de septiembre (salvo en 2011), Felipe Calderón usó el Palacio Nacional para realizar un evento, con invitados y escenografía a modo, para dirigir un mensaje, en cadena nacional de TV y radio. La sesión de apertura de sesiones del Congreso, cada 1o. de septiembre, con los discursos de los grupos parlamentarios, dejó de interesar. Por unos cuantos diputados, groseros y gritones, la República perdió el acto en que el Ejecutivo rinde cuentas al Congreso. Todos salimos perdiendo. Ojalá, antes de que termine el sexenio, veamos al presidente Peña Nieto en la "tribuna más alta de la Nación".

Para el Presidente su primer informe se convirtió en un juego de vencidas con los maestros de la CNTE y demás acompañantes, que desde hace semanas tomaron la Ciudad de México como rehén y al Zócalo capitalino como base. Peña Nieto anunció que daría su mensaje en el Campo Marte, a las 11:00 horas del pasado domingo; la decisión fue mal recibida. Ir a una instalación castrense fue interpretado como señal de temor; hacerlo antes de la apertura formal de sesiones del Congreso, como una descortesía a diputados y senadores.

El Presidente enmendó día y lugar; decidió esperar al cumplimiento de la formalidad constitucional, difiriendo su mensaje al día de ayer, desde la residencia oficial de Los Pinos, bajo una improvisada carpa, con el costo de evidentes errores de protocolo en el trato entre Poderes. Cobijado por sus invitados, Peña Nieto mandó su mensaje. Por la TV se veía tranquilo; aunque más que rendir cuentas de 9 meses, se refirió a expectativas de futuro. Nada le ayudó, para tal fin, mencionar cifras millonarias y billonarias, de gasto e inversiones. Esos datos pasan de noche, son demasiados ceros.

Peña Nieto insistió en que no quiere administrar, sino cambiar. Como dicen sus mensajes, quiere "mover a México". Su mensaje tuvo más de administración que de cambio. Fue un repaso y reparto de promesas, que de tanto decirlas se han desgastado; carecen de credibilidad. El texto tuvo como hilo conductor las frases de sus mensajes en TV y radio; se apegó a la teoría de sus publicistas, al repetir -martillear- careció de fuerza motivacional. Peña está -para bien- lejos del histrionismo de José López Portillo; produce en el público la misma emoción que Miguel de la Madrid. Lo que el actual Presidente no encuentra es su propia forma, eso que se llama "estilo personal de gobernar".

Sin dejar de lado al Pacto, y el consabido apapacho a los tres partidos, el Presidente puso el énfasis final en pedir apoyo para el Congreso en las reformas pendientes -energética y hacendaria- y exhortó a los mexicanos a hacerlas suyas. De la política nada dijo, como si fuera tema ajeno al jefe de Estado y a lo que pase con su gobierno. Veo remoto que el exhorto presidencial sea atendido, pues nadie sabe qué contendrá la segunda de esas reformas, y de la primera solo se ha dado a conocer la iniciativa constitucional. Falta la letra chiquita, esa en la que se esconde el diablo.

Sin grandes resultados para mostrar, el Presidente ponderó como tales una "economía estable" y una "democracia madura"; solo que ambas condiciones no están presentes en la percepción social. No puede considerarse estable una economía en vías de recesión, ni madura una democracia a la que una vez más se propone reformar, o deformar.

Tanto la estabilidad y el crecimiento económicos, como la madurez democrática, son metas por alcanzar.

*Reforma 03-09-13

jueves, 29 de agosto de 2013

JANO*

JOSÉ WOLDENBERG

Si la democracia tiene dos caras, hemos avanzado mucho en una y (casi) nada en otra. Me explico. Como Jano, la vieja divinidad romana, la democracia mira en dos direcciones opuestas: debe ser expresiva de la diversidad de opciones, ideologías, sensibilidades, intereses que cohabitan en una sociedad, y debe generar un orden para garantizar los derechos de todos y no quedar sujeta a la ley del más fuerte. Se trata de dos caras que viven en tensión, no fácilmente reconciliables, porque ponen en acto valores enfrentados: el ejercicio de las libertades una, y el límite a dicho ejercicio para preservar los derechos de terceros, la otra. Libertad sin orden, ya se sabe, puede generar anarquía y orden sin libertad es sinónimo de dictadura. Por ello, la democracia (dicen los libros de texto) supone un orden donde puedan expresarse libremente las distintas nociones, ideas y proyectos, en el entendido de que todas ellas son parte de un todo mayor que las protege y exige respeto para los otros.

Recordé aquella idea de Arthur Koestler de que cada individuo, familia, tribu, sociedad, Estado, porta al mismo tiempo una "tendencia integradora" y una "tendencia autoafirmadora". Cada uno de esos eslabones (los llamaba "holones" a todos, porque eran al mismo tiempo un todo y una parte de un sistema mayor) necesita y quiere preservar su individualidad y al mismo tiempo requiere ser y es parte de un todo mayor. "La tendencia autoafirmadora constituye la expresión dinámica de su carácter de todo, mientras que la tendencia integradora lo es de su condición de parte". Se trata de que "cada parte debe afirmar su personalidad...pero al mismo tiempo, la parte ha de someterse a las exigencias del todo". Suponía él que esos dos resortes tienen que mantener un cierto equilibrio, bueno para el conjunto y bueno para la fracción. Si ello no sucedía, se multiplicaban las "patologías". (Jano. Debate. Madrid. 1981).

Pues bien, en nuestra germinal democracia no son pocos los que quieren "afirmar su personalidad" asumiéndose como un "todo", sin tomar en cuenta que al mismo tiempo son solo "una parte" de un todo mayor que reclama una cierta y necesaria "integración" de esa parte. Me temo, sin embargo, que se requiere algo más que llamados a la buena conducta para construir ese equilibrio virtuoso entre las tendencias de "autoafirmación" y de "integración", entre los intereses y exigencias propios y los del conjunto.

Jano, dice Arthur Cotterell, no solo veía en direcciones distintas sino también hacia el pasado y el futuro al mismo tiempo. (Diccionario de mitología universal. Ariel. 1992). Luego de la brutal represión a la marcha estudiantil del 10 de junio de 1971 pasaron dos o tres años antes de que en el Distrito Federal se pudiera realizar una nueva manifestación independiente. El Zócalo y las calles de la ciudad estaban reservados única y exclusivamente a concentraciones del oficialismo. El espacio público solo podía ser usufructuado por aquellos que quisieran agradecer algo al Presidente, refrendar su lealtad a las instituciones, apoyar el esfuerzo del gobierno. Cuarenta años después, las libertades se han ampliado, extendido, multiplicado. En la capital y los estados se realizan marchas, mítines, concentraciones, acompañadas de unas más dilatadas libertades de expresión, de prensa, de asociación. Hemos, como sociedad, creado y robustecido la cara expresiva de la democracia. Basta abrir cualquier periódico al azar para enterarse de reclamos distintos, movilizaciones de todo tipo, acusaciones, ocurrencias y proclamas, amenazas y propuestas. Cada individuo, grupo, asociación, se reafirma, se expresa, demanda, exige. En buena hora.

La otra cara del asunto es que la democracia presuntamente también es un orden. Un marco que protege el ejercicio de las libertades, entendiendo que las mismas tienen un límite cuando se topan con los derechos de los otros. Supone que las partes que conviven y compiten bajo su manto tienen el derecho de "afirmarse" pero a condición de que acepten que no se encuentran solas en el escenario y que los otros merecen no solo respeto sino consideración. El marco normativo, la estructura del Estado, las garantías de las personas se suponen diseñados para armonizar los derechos individuales y sociales con la reproducción de la compleja vida en sociedad. Pues bien, en esa dimensión nuestros déficits están a la vista. No pongo ejemplos, solo pase la página.

Con mi disfraz de Jano veo hacia el pasado y observo mucho orden y escasa libertad, lo que puso en acto un fuerte reclamo democratizador; oteo el futuro y espero que el péndulo no llegue al otro extremo, porque ya se escuchan voces que suspiran por regresar al orden "a como dé lugar". Si mal no entiendo, tenemos entonces como país (no solo el Estado, no solo la sociedad) un reto de esos que se dicen de época: establecer un equilibrio entre libertades y respeto a los derechos de terceros, y creo que a eso se le llama orden democrático. Es sencillo decirlo, está en "chino" construirlo.

*Reforma 29-08-13

martes, 27 de agosto de 2013

¿JERARQUÍA ENTRE DERECHOS CONSTITUCIONALES E INTERNACIONALES?*

PEDRO SALAZAR UGARTE

La SCJN discute desde el día de ayer y durante los próximos días un asunto de trascendencia histórica. A partir de un par de proyectos –sólidos, claros y bien estructurados- elaborados por los ministros Zaldívar y Gutiérrez Ortiz Mena, los ministros deberán decidir cuál es la ubicación de las normas que contienen derechos humanos y que provienen de tratados internacionales (nótese: no sólo de los T.I. en la materia sino de todas las normas sobre derechos contenidas en cualquier T.I.).

El debate ha comenzado con el proyecto del ministro Zaldívar (que busca resolver una contradicción de tesis entre dos Tribunales Colegiados) y se atoró en nudo complejo pero, desde mi perspectiva, superable. Podemos llamar al atorón “el dilema de los límites constitucionales a los derechos humanos”. La objeción fue planteada por el ministro Pardo Rebolledo y seguramente será el eje de las discusiones de los días por venir. Así que conviene conocer sus coordenadas.

jerarquíaLa tesis central del ministro Zaldívar –que yo comparto- es que la constitución reformada en 2011 “establece un nuevo catálogo de derechos humanos integrado, tanto por derechos humanos de fuente constitucional como de derechos humanos de fuente internacional”. Entre esos derechos, entonces, sin importar cuál sea su fuente u origen no existe una relación jerárquica. Están, por así decirlo, en el mismo nivel normativo que, por cierto, es el máximo nivel dentro de nuestro ordenamiento constitucional. Por eso –siguiendo las tesis del ministro ponente- constituyen un parámetro de validez para el resto de las normas jurídicas. Esos derechos son una masa o una red que debe articularse y coordinarse a través de diversos principios y técnicas de interpretación. Ello es necesario porque con cierta frecuencia, inevitablemente, dos o más derechos de ese amplio catálogo puede entrar en tensión o incluso colisionar. Al resolver esos casos problemáticos los jueces deben buscar una solución que permita –en la medida de los posible- armonizar los derechos; ello en el entendido de que éstos son interdependientes e indivisibles. Lo que importa –y estos es muy importante- es garantizar que, más allá de la solución a los casos problemáticos concretos, todos los derechos coexistan en un plano de igual jerarquía.

La objeción del ministro Pardo Rebolledo en realidad introduce un dilema que el proyecto de Zaldívar no se propone resolver: ¿qué deben hacer los jueces cuando la constitución mexicana establezca una restricción o límite a un derecho humano y exista un tratado en el que ese derecho se encuentre ampliamente protegido? Pensemos, por ejemplo, en el caso del arraigo judicial que nuestra constitución permite y que constituye un límite a la libertad personal (amparada por el principio de presunción de inocencia) que contraviene diversos tratados internacionales[1]. En casos como éste, según el ministro Pardo, la restricción constitucional debe prevalecer, por razones de jerarquía, sobre la norma o normas internacional(es). Su argumento es interesante porque se basa en el texto del propio artículo 1º constitucional (motivo principal de la contradicción y del debate en curso) que, en su primer párrafo, a la letra, dice:  

En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Para el ministro Pardo Rebolledo ese párrafo establece el parámetro último de jerarquía y coloca a la constitución –cuando impone límites o restricciones- por encima de las normas constitucionales o convencionales que recogen derechos humanos.  El argumento puede expresarse en una frase como la siguiente: “las restricciones constitucionales están por encima de los derechos”. El solo fraseo que acabo de proponer –si en efecto logra resumir, como pienso, la postura del ministro Pardo-, muestra lo paradójico del argumento. Consideremos, por ejemplo, como lo propone el proyecto del ministro Gutiérrez Ortiz Mena que será discutido la próxima semana, aquellos derechos cuyo ejercicio, según la propia constitución, no pueden limitarse ni restringirse (Art. 29). Me parece que su sola existencia constitucional avala la tesis que propone el ministro Zaldívar y desarticula la objeción del ministro Pardo Rebolledo.

En todo caso, si se impone la lógica de las jerarquías como propone Pardo, estos derechos serían las normas de mayor jerarquía en el ordenamiento:

…no discriminación, el reconocimiento de la personalidad jurídica, la vida, la integridad personal, la protección a la familia, el nombre, la nacionalidad; los derechos de la niñez; los derechos políticos; las libertades de pensamiento, conciencia y de profesar creencia religiosa alguna; el principio de legalidad y retroactividad; la prohibición de la pena de muerte; la prohibición de la esclavitud y la servidumbre; la prohibición de la desaparición forzada y la tortura; ni las garantías judiciales indispensables para la protección de tales derechos.

Pero lo cierto es que también estos derechos –en realidad como todos- en situaciones concretas pueden entrar en tensión o colisionar y, por lo mismo, aunque su ejercicio no pueda ser objeto de restricciones o limitaciones, tendrán que ser objeto de ponderaciones y armonizaciones.  Y esta es la tesis de Zaldívar. A partir de hoy conoceremos la postura de los demás ministros de nuestra Suprema Corte de Justicia. Por lo pronto, hay que decirlo, nuestros jueces constitucionales, están debatiendo con inteligencia y con argumentos.  Y eso se agradece.


[1] El ejemplo no fue planteado por el ministro Pardo Rebolledo pero sí por el ministro Sergio Valls en una breve intervención.

*http://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/?p=3021 

FIERROS EN LA LUMBRE*

JORGE ALCOCER

Más allá de lo que supone la saturación de temas para el trabajo del Congreso y su relación con el Ejecutivo y los partidos, hay que recuperar las condiciones materiales para que los legisladores y el Presidente puedan desarrollar sus tareas, sin el riesgo de padecer hechos como los vividos la semana pasada. Ayer por la tarde la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados intentaba llegar con la CNTE a los acuerdos que permitan iniciar el periodo ordinario y sesionar con normalidad. Ojalá así sea, pero la amenaza de tormenta sigue presente.

El próximo domingo dará inicio el primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión; en la sesión de apertura, deberá darse cuenta de que se recibió el Primer Informe de Gobierno del presidente de la República, que será analizado en sesiones posteriores en cada una de las Cámaras.

De los temas por atender en las sesiones ordinarias destacan las leyes reglamentarias de la reforma política promulgada en agosto de 2012 (candidatos independientes, consulta popular, iniciativa ciudadana e iniciativa preferente). Sigue en trámite la reforma al IFAI, devuelta por los diputados al Senado, en tanto que este último devolvió a aquéllos la reforma constitucional en materia de deuda de estados y municipios. Los senadores tendrán que resolver, cuanto antes, sobre las designaciones de los comisionados del Ifetel y la Cofeco, con base en las propuestas que ya les envió el presidente Peña Nieto. De igual forma, espera turno en San Lázaro la iniciativa de Ley General del Servicio Profesional Docente, que motivó las radicales acciones de protesta de la CNTE.

Están pendientes de envío al Congreso las iniciativas de reformas a las leyes en materia de telecomunicaciones, televisión y radio, y competencia económica, en tanto que en el Senado sigue atorada la de reforma constitucional "anticorrupción" y no ha sido enviada, por el Ejecutivo, la de propaganda gubernamental. En materia electoral, la lista de temas sigue creciendo, unos derivados de los compromisos del Pacto por México y su adendum, y otros producto de las exigencias de cada partido; aunque se anunció que las mesas instaladas por el Consejo Rector trabajarían a marchas forzadas, no se avizoran, en el corto plazo, los acuerdos que permitan alcanzar el voto de, al menos, los tres mayores grupos parlamentarios, que sin ser un requisito jurídico, es necesario por razones políticas.

Con o sin reforma electoral, los diputados tendrán que emitir la convocatoria para la renovación del Consejo General del IFE (cuatro consejeros electorales y el consejero presidente), lo que deberá quedar resuelto a más tardar el 30 de octubre; de lo contrario, ese Instituto tendrá que funcionar con solamente cuatro consejeros.

Legisladores y dirigentes del PAN y PRD insisten en que primero deberán desahogarse los asuntos electorales, luego lo demás; lo que deja sin fecha previsible el debate y votación de las iniciativas de reforma energética, y la que se anuncia en materia fiscal, a presentarse por el Ejecutivo el 8 de septiembre. El Presupuesto de Egresos debe quedar aprobado antes del 16 de noviembre, lo que supone que previamente esté aprobada la Ley de Ingresos, y ésta a su vez requiere de las leyes tributarias, y de tener definido el régimen fiscal de Pemex.

Son muchos fierros en la lumbre.

No sabemos si el presidente Peña Nieto enviará al Congreso, el 1o. de septiembre, hasta dos iniciativas con carácter preferente, como lo hizo el ex presidente Felipe Calderón en 2012, o si mantendrá la decisión de no usar esa facultad.

Hay que hacer un alto en el camino para evitar que la agenda legislativa siga llenándose de asuntos en los que no existen condiciones para dictamen y votación; al tiempo que los ya incluidos en ella deben tener orden y concierto para su desahogo.

El mérito del Pacto fue abrir camino para la construcción de acuerdos entre el gobierno y los partidos políticos; su defecto ha sido tratar al Congreso como ventanilla receptora de iniciativas que carecen de la fuerza que solo otorga el diálogo entre los grupos parlamentarios para hacer posible su aprobación. Parece llegado el momento de subsanar el defecto, o al menos no seguir metiendo más fierros a la lumbre.

*Reforma 27-08-13

lunes, 26 de agosto de 2013

#derechoalaverdad*

PEDRO SALAZAR UGARTE

¿La matanza de decenas de personas migrantes y el secuestro de otras tantas por el crimen organizado puede considerarse una violación grave de los derechos humanos? Esa es la interrogante —aguda, inquietante, detonadora— que ha planteado Artículo 19, una organización de la sociedad civil conocida y reconocida por su defensa de la libertad de expresión y de los derechos humanos, a los comisionados del IFAI. Lo ha hecho al solicitar tener acceso a la averiguación previa en poder de la PGR relacionada con la matanza de 72 migrantes en San Fernando, Tamaulipas en el 2010. En principio, dicha indagatoria, por ley, es información reservada por lo que, al menos por ahora, no es de dominio público. Sin embargo, la legislación también señala lo siguiente: “No podrá invocarse el carácter de reservado cuando se trate de la investigación de violaciones graves de derechos fundamentales o delitos de lesa humanidad”. Lo que pide Artículo 19 es que se active esta excepción.

Dos comisionados del IFAI —Jacqueline Peschard y Ángel Trinidad—, echando mano de argumentos legales, de interpretaciones de la SCJN, de información de la CNDH y de tratados internacionales, a mi juicio con razón, apoyaron la solicitud presentada. La mayoría de sus colegas, en cambio, les dio la espalda. Para sustentar sus votos, los primeros, argumentaron que los terribles hechos acaecidos en Tamaulipas califican dentro de los supuestos contemplados en la norma; los segundos, en cambio, aunque manifestaron su pesar por lo grave de los acontecimientos, rechazaron calificarlos como violaciones de derechos humanos. El argumento clave de esta postura mayoritaria fue que los homicidios, vejaciones y secuestros no fueron cometidos por las autoridades del Estado.

No se trata de una disputa menor si atendemos a su implicaciones y consecuencias. ¿Cuándo y bajo qué circunstancias la omisión estatal ante la violencia criminal puede considerarse un acto cómplice? Si la respuesta es nunca, entonces, los comisionados de la mayoría llevan la razón. Pero si la posibilidad existe, entonces, estamos obligados a considerar los hechos sucedidos, a calibrar su gravedad y, sobre todo, a preguntarnos qué pudieron y debieron hacer las autoridades para evitarlos. La tesis de Artículo 19, secundada por Peschard y Trinidad, se inclina en esta dirección y está inspirada en una teoría garantista de los derechos humanos que sostiene que la violación de los mismos también puede provenir de parte de los particulares —en este caso del crimen organizado— y que, cuando ello sucede, invariablemente conlleva responsabilidad estatal. Sus colegas adoptaron una concepción conservadora que la mayoría de los tribunales internacionales han venido abandonando.

Que quede claro: a los comisionados no se les pidió deslindar responsabilidades ni determinar consecuencias jurídicas relacionadas con los hechos delictivos. Lo que se les solicitó fue determinar si las características de lo sucedido en San Fernando activan la excepción legal que sirve para derrotar a la reserva de información relacionada con los hechos. Y no hay que perder de vista que la verdadera excepción es que las averiguaciones previas sean información reservada porque, en materia de transparencia, constitucionalmente impera el principio de máxima publicidad. Así que la petición estaba en sintonía con la misión institucional del IFAI.

Vale la pena recordar que ese instituto también es garante del derecho humano de protección de datos personales y que éste, por mandato de ley, se opone a los particulares. Así que el argumento central de la mayoría —integrada por los comisionados Laveaga, Pérez Jaén y Arzt—, hace agua en su propia casa. Lo cierto es que los derechos humanos pueden ser violados por todos los poderes —públicos o privados— y es un deber del Estado evitar que ello suceda. Los secuestros y asesinatos de migrantes en Tamaulipas y en otras partes del país no son delitos comunes. Nada de eso.

*El Universal 26-08-13

sábado, 24 de agosto de 2013

¿NACIONALIZAR LAS ELECCIONES?*

LORENZO CÓRDOVA VIANELLO

Desde la propuesta inicial del Pacto por México, y más ahora con la instalación de las mesas de instrumentación de los temas político-electorales de dicho acuerdo y de su posterior addendum, se ha puesto en primer plano la posibilidad de nacionalizar los procesos electorales del país.

Aunque la propuesta no es nueva (se discute de ella desde la reforma de 1990), también es cierto que nunca había concitado consensos tan amplios.

Dos son los argumentos fundamentales que se han puesto sobre la mesa para respaldar esa propuesta: a) la duplicidad de costos que supone la coexistencia de institucionales federales (el IFE y el Tribunal Electoral) con órganos electorales administrativos y jurisdiccionales en cada entidad federativa, y b) la “captura” y subordinación que estos últimos padecen frente al poder de los Ejecutivos locales.

No estoy cierto que esos argumentos invariablemente nos conduzcan a concluir la necesidad de nacionalizar los procesos electorales. En efecto, por un lado, la creación de órganos electorales nacionales únicos, me temo, acarreará una reingeniería institucional que, con mucha probabilidad, incrementará los costos de operación actuales del IFE y del TEPJF.

Por otro lado, la creación de un instituto y de un tribunal electoral nacionales no son la única vía para enfrentar la eventual injerencia que los poderes ejecutivos locales pueden tener sobre los órganos electorales de sus respectivas entidades. Otra solución, más sencilla, es fortalecer esos órganos estableciendo, desde la Constitución Federal, garantías tales como la inamovilidad de sus miembros, periodos de designación transexenales, los perfiles de sus integrantes, autonomía financiera, etcétera.

Difiero de quienes sostienen como objeción a la eventual nacionalización de las elecciones que ello vulneraría el pacto federal. La organización de las elecciones es una función eminentemente técnica que no tiene que ver con el ejercicio del poder soberano de cada entidad. Ello explica por qué existen Estados federales en los que la organización de las elecciones, tanto federales como locales, son organizadas por órganos nacionales (como ocurre en Canadá o Brasil), o bien federaciones en donde las elecciones federales son organizadas por órganos electorales locales —y hasta municipales— en sus respectivas demarcaciones (como ocurre en Estados Unidos).

Pero quienes abanderan la propuesta no pueden dejar de tomar en cuenta una serie puntos de manera previa. La eventual nacionalización implica un ejercicio serio y razonado que debe contemplar y resolver una serie de complejidades, objeciones e inconvenientes reales; de otro modo, la propuesta puede llegar a generar problemas mayores de los que buscan resolverse. Es la típica decisión que no puede ser tomada a la ligera y sin una reflexión muy seria y puntillosa.

Y es que el punto de partida de toda reflexión sobre el tema es que hoy día tenemos un diseño electoral en el país que ha funcionado y que, a pesar de que es sin duda perfectible, y aunque sin duda es, en muchos sentidos, disímbolo, ha permitido que la legalidad electoral funcione, que la pluralidad política se recree a lo largo y ancho del país, que la representación política refleje esa pluralidad y, en general, se hayan naturalizado entre nosotros fenómenos típicamente democráticos como la alternancia, la ausencia de mayorías predefinidas y elecciones competidas y frecuentemente con resultados cerrados.

La base sobre la que se ha construido nuestro sistema electoral es la existencia de un consenso básico y transversal en relación con las reglas del juego político. Al parecer existe un consenso amplio y generalizado sobre la pertinencia de nacionalizar las elecciones y es algo que no puede desacreditarse a priori. Pero lo que sí debemos exigir es que si se avanza en una operación tan profunda y radical, ello ocurra habiendo tomado en cuenta todas las aristas y complejidades que esa transformación supone; que se hayan sopesado a la luz de ese análisis la pertinencia de la idea y que se convengan las soluciones para resolver esas problemáticas.

No hacerlo implicaría poner en riesgo los logros que hemos obtenido y abriría la puerta a un delicado flanco para la dimensión electoral de nuestra democracia. Sea cual sea la decisión que se tome, en suma, debe ser muy seria y ponderada y ser refractaria a la improvisación.

*El Universal 24-08-13

CAMBIO DE PARADIGMA*

ANA LAURA MAGALONI 

El lunes que viene, el Pleno de la Suprema Corte tiene la posibilidad de sentar las bases jurisprudenciales para que los jueces y los litigantes en México tengan parámetros claros sobre cómo operar, en el día a día, la reforma constitucional de derechos humanos. Los proyectos a discutir son del ministro Arturo Zaldívar y del ministro Alfredo Gutiérrez. Ambos resuelven contradicciones de tesis entre Tribunales Colegiados que tienen que ver centralmente con los problemas jurídicos que se derivan de dotar de rango constitucional a las normas de derechos humanos contenidas en los Tratados Internacionales suscritos por México. Todos estos temas son muy técnicos y es difícil siquiera dimensionar, para alguien ajeno al mundo del derecho, la relevancia e implicaciones concretas de cada uno de ellos. No obstante, haciendo abstracción de las cuestiones técnicas, creo, lo que está en juego para todos nosotros es qué tan amplio o restringido es el catálogo de derechos humanos de rango constitucional que podemos hacer valer frente a la autoridad y bajo qué principios o criterios deben interpretar y hacer efectivos tales derechos los jueces. Sospecho que en este tema, como en muchos otros, la Corte estará dividida: los ministros que quieren preservar el statu quo vs. los que entienden que la reforma de derechos humanos es un cambio de paradigma.

Esta discusión de los ministros se inserta en un México que en donde el viejo modelo político de gestión de la conflictividad social está roto. La administración de Calderón apostó a generar un nuevo modelo centrado en el uso de la fuerza coactiva del Estado. Su apuesta no resultó o fue incompleta. La posibilidad de que el Estado mexicano pueda construir mecanismos duraderos y efectivos de control y pacificación de conflictos no sólo tiene que ver con el fortalecimiento de las instituciones de seguridad y el ejercicio de la fuerza coactiva. También, creo yo, se necesita de una profunda transformación de la administración de justicia. En concreto, necesitamos jueces que generen nuevos referentes colectivos sobre la relación entre el derecho y la justicia. Esto es, requerimos de jueces que, a través de sus decisiones, nos permitan comprender por qué el derecho que nos rige es justo, razonable y socialmente útil. Ello es lo que, en una democracia, incentiva el acatamiento voluntario de las normas jurídicas. En este sentido, el discurso jurídico que domina en el ámbito jurisdiccio- nal -acartonado, reiterativo, formalista-, y que es propio de jueces que operaron en un régimen autoritario, es uno de los obstáculos más importantes que enfrentamos para cons- truir esos nuevos mecanismos de pacificación de conflictos propios de una democracia.

La reforma constitucional de derechos humanos bien implementada puede convertirse en el motor de cambio del paradigma argumentativo de los jueces en México. El tipo de retórica jurídica que se necesita para hacer operativos los derechos humanos en la resolución de conflictos jurisdiccionales exige un nuevo tipo de destrezas argumentativas tanto para la profesión legal como para los jueces. Las normas de derechos humanos se caracterizan por utilizar un lenguaje axiológico y particularmente genérico. Su propósito, además, es poner al ciudadano en el centro del quehacer de la autoridad, incluidos los jueces. Todo ello hace que sea imposible utilizar la típica retórica judicial de análisis de puntos, comas y letras. Los jueces ya no podrán argumentar que "si la sentencia es injusta es culpa del legislador". Dicho en forma positiva, los derechos humanos, como normas de rango constitucional, obligan a todos los jueces y a los abogados litigantes a argumentar soluciones jurídicas que tienen que hacerse cargo de los valores que nos dan identidad como colectividad y que le dan sentido a un régimen democrático. También tendrán que hacerse cargo de las implicaciones, en términos sociales, políticos y económicos, de las soluciones propuestas. Las malas sentencias seguirán existiendo como hasta ahora. La diferencia es que, con el paso del tiempo, la calidad del discurso jurídico y su posibilidad de diálogo con la sociedad y la opinión pública permiten generar un debate público de mayor calidad sobre el desempeño de los jueces, así como mejores referentes colec- tivos sobre la relación entre el derecho y la justicia. Inclusive las malas sentencias se discutirán desde un paradigma distinto: la razonabilidad, la justicia, la utilidad de la solución propuesta, la congruencia con la jurisprudencia nacional e internacional, etcétera.

Los proyectos de Zaldívar y de Gutiérrez son el prototipo de la nueva retórica jurídica que necesita nuestro sistema de administración de justicia. Ambos son proyectos increíblemente claros, analíticos, congruentes y persuasivos. Además, son muy complementarios en contenido. Me parece que los ministros que no estén de acuerdo con tales proyectos tendrán problemas para rebatirlos con buenos argumentos jurídicos. Pero, sobre todo, la pregunta que está en el aire es, finalmente, cuántos de los 11 ministros tienen clara la función histórica que le toca a la Corte desempeñar en este México conflictivo y convulsionado. Preservar el statu quo es receta para el desastre. Veamos qué pasa el lunes en la Corte y quién es quién de los ministros.

*Reforma 24-08-13