martes, 3 de septiembre de 2013

SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE: LO BUENO, LO MALO Y LO AUSENTE*

CIRO MURAYAMA RENDÓN

Ahora que existe un dictamen de la Cámara de Diputados que está a consideración del Senado, conviene centrarse en los aciertos y debilidades de la ley que regirá el acceso, la promoción y la permanencia de los maestros de educación obligatoria.

En primer lugar, y retomando una definición clave de la reforma al artículo 3° constitucional, es encomiable que quien llegue a ser profesor lo haga a través de un concurso público de oposición. Se cierra espacio a la entrada por herencia o venta de plazas, por afinidades políticas o, incluso, a través de favores sexuales exigidos por burócratas educativos y líderes magisteriales. Que podamos tener exámenes de ingreso diseñados por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, en lugar de grupos de interés, corporaciones o mafias definiendo quién se hará cargo de la educación de los niños es un avance que debe ser bienvenido y valorado, que dignifica en primer lugar a maestros y maestras.

Lo mismo puede decirse de la promoción y permanencia: ya no dependerá de tener un padrino político o de estar bajo la sombra de una organización corporativa para poder ejercer los derechos como trabajador de la educación.

También es un logro importante que desaparezcan las comisiones sindicales a costa del erario público. De ahora en adelante, quien se vaya a esas u otras tareas que le impidan cumplir con sus labores docentes, de dirección o de supervisión, se separará del servicio magisterial sin goce de sueldo.

Bienvenidos deben ser los estímulos para los maestros que vayan a trabajar a zonas marginadas, pues sólo así se podrán ir incorporando elementos a favor de la calidad y la equidad educativa.

Los defectos de la LGSPD están, sobre todo, en que sobrecarga la evaluación como elemento para deshacerse de los malos maestros —eso en principio no está mal— pero en cambio descuida el reconocimiento, la motivación del docente y no desarrolla una genuina carrera profesional.

Los artículos 22 y 53 del dictamen de la LGSPD contemplan que cuando un maestro sea separado de su cargo ello ocurrirá “sin responsabilidad para la autoridad educativa”, como si fuese válido despedir a trabajadores sin la indemnización correspondiente.

Otro desacierto es querer evaluar por lo menos cada cuatro años a todos los maestros, los que nos da a cerca de 300 mil evaluaciones al año, más de una por cada día hábil, lo que resulta una labor cuasi imposible que puede atentar contra la calidad misma de la evaluación.

Además, no hay diferenciación a la hora de evaluar entre un profesor con 6 años en servicio de uno que tenga 22 años comprobando su valía. Como en cada evaluación está en riesgo el empleo, en realidad nunca se alcanza la “definitividad”.

Bien pudo pensarse en un esquema con una evaluación al momento del acceso, la siguiente a los dos años y otra cuatro años después (así va el diseño del dictamen), pero añadiendo una más a los seis años, lo que daría un total de cuatro evaluaciones de desempeño en los primeros doce años de carrera, para entonces otorgar la definitividad. Más adelante el profesor se sometería a evaluaciones adicionales que tendrían como fin que los maestros mejoraran sus condiciones salariales.

Un vacío mayor es que la LGSPD no da las bases, y ese era su cometido, para el diseño de una carrera en el magisterio que resulte atractiva para los jóvenes que decidan dedicar su vida a la enseñanza. Así, a diferencia de lo que ocurre en las universidades donde se hace “carrera académica”, la LGSPD no contempla categorías ni niveles distintos entre los profesores según van ganando experiencia y acreditando destrezas y responsabilidad. Como no se definen con claridad los escalones de ascenso pero sí está claro que se puede perder el empleo, no hay en realidad un plan para el desarrollo de una carrera docente, hay diseñada más bien una suerte de corretiza evaluativa.

Recientemente escribió Olac Fuentes Molinar (“Las tareas del maestro y los desafíos de la evaluación docente” en el libro La reforma Constitucional en materia educativa: alcances y desafíos, Instituto Belisario Domínguez, 2013): “Las visiones más comunes acerca del trabajo escolar suelen estar construidas sobre falsas generalizaciones; algunas son expectativas infundadas y exigencias erróneas, otras son idealizaciones míticas, unas más se fundan en el desdén, la ignorancia o la indiferencia. Las imágenes sobre el maestro se sitúan en dos extremos: un apostolado uniforme y siempre menesteroso, y un ejército de simuladores y holgazanes”. El capítulo de evaluación de la ley fue pensado, sobre todo, desde esta segunda generalización equivocada.

*El Universal 03-09-13

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