miércoles, 29 de octubre de 2008

DERECHO DE CRITICA DE GOBERNANTES

ERNESTO VILLANUEVA

La información, los juicios de valor y las opiniones externadas por los gobernados contra los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones han sido motivo de una polémica ardua respecto a sí, en este caso, el afectado puede invocar que se lesionó su honor e imagen pública y proceder judicialmente contra el autor de la crítica periodística, en virtud de que se le expuso al odio, al ridículo o al desprecio de la sociedad. La lucha entre el alcance de las libertades de expresión e información y el núcleo protector del derecho al honor es, en particular, uno de los aspectos esenciales para delimitar donde inicia uno y dónde terminan las otras.En México la posición dominante hasta ahora es aquella que mantiene a salvo las figuras de difamación, calumnias e injurias dentro de los tipos de los códigos penales y la correspondiente al daño moral en el código civil. Algo ha cambiado, sin embargo, en estos años. A nivel federal, la difamación y la calumnia y mucho antes la injuria han sido derogadas. Lo mismo ha sucedido en el código penal para el Distrito Federal. A pesar de ello, esas figuras gozan de cabal salud en casi todos los códigos penales de los Estados.La violencia y la amenaza física por parte del poder público se ha reducido (aunque se ha incrementado por agentes formalmente externos al Estado) para reconducirse por la judicialización del trabajo periodístico. De esta suerte, las denuncias y/o demandas por difamación, calumnias e injurias y daño moral contra periodistas y medios por parte de funcionarios públicos se han incrementado de manera notable en distintos países. Uno de los mecanismos sugeridos por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos para matizar esta realidad, es introducir salvaguardas como la denominada malicia efectiva retomada del criterio sentado por la Suprema Corte de Estados Unidos de América en el caso The New York Times vs. Sullivan, que al valorar la importancia de la prensa como arma del arsenal de la democracia señaló por medio del juez William Brennan, que: "El debate sobre temas públicos debe ser desinhibido, robusto y ampliamente abierto, y bien puede incluir ataques vehementes, cáusticos, y a veces desagradables y afilados, contra el Gobierno o los servidores públicos (...) Algún grado de abuso -afirmó citando a Madison- es inseparable del propio uso de cada cosa; y en ninguna instancia es más cierto que en la prensa (...) Hay que tener en cuenta que las declaraciones erróneas son inevitables en un debate libre y deben ser protegidas si las libertades informativas constituyen el espacio para respirar (breathing space) y que necesitan para sobrevivir (...) y es que una decisión que obligue al que critica la actuación oficial a garantizar la veracidad de sus decisiones, y que tenga que hacerlo bajo la amenaza de juicio por libelo y que se puedan pedir indemnizaciones prácticamente ilimitadas, conduciría a algo comparable a la autocensura".En Argentina, Chile y Uruguay distintas sentencias judiciales han invocado la malicia efectiva para resolver sentencias sobre libertad de expresión. En el Distrito Federal se ha derogado la figura económica del daño moral y se ha aprobado una ley que abreva íntegramente de los estándares de la Corte y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Se trata de la Ley de responsabilidad civil para la protección de la vida privada, el honor y la propia imagen en el Distrito Federal aprobada en el 2006, a iniciativa del diputado Carlos Reyes Gámiz, presidente de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF). En esta normativa se integra el concepto de Malicia Efectiva. Se redimensionan las sanciones de defensa del Patrimonio Moral en el ámbito civil quitando las medidas intimidatorias en materia Penal y, además, elimina la visión de negocios para proteger los derechos a la vida privada, el honor y la propia imagen que cuantifica en dinero el valor de esos derechos.Este ejemplo del DF no ha sido observado en ninguno de los Estados. Es de esperarse que ese precedente se reproduzca en las entidades federativas para resguardar la libertad de expresar e informar, una de las pocas válvulas de escape con que cuenta la sociedad para ejercer el escrutinio de la vida pública. Si no se protege al mensajero, la sociedad no se protege a sí misma.

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