jueves, 21 de febrero de 2013

SIN PUDOR Y SIN TEMOR*


MARÍA AMPARO CASAR

Tres oficios han aprendido o perfeccionado los gobernadores: el oficio de endeudarse, el de utilizar los recursos públicos a discreción y más recientemente el de "tomar prestado el dinero ajeno".

Del primero da cuenta la duplicación de la deuda de los estados en los últimos 12 años. Del segundo, la ausencia de cuentas públicas claras que permitan conocer el destino del gasto. Del tercero, el que hayan retenido el impuesto sobre el trabajo de los servidores públicos y no lo hayan enterado a la Federación.

En estos tres oficios la mayoría de los gobernadores y otras autoridades estatales han actuado al margen de la ley sin consecuencia alguna.

Los estados tienen derechos y obligaciones. Pueden contratar deuda pero están obligados a hacerlo bajo ciertos supuestos y garantías. Pueden utilizarla solo para ciertos propósitos y están obligados a rendir cuentas sobre ese gasto. Deben retener el impuesto sobre el trabajo de los servidores públicos pero solo para entregárselo a la Tesorería de la Federación.

Pero no. Han contratado más deuda de la que pueden pagar, han dejado de informar en qué han gastado los recursos provenientes de la deuda y han dejado de entregar a la Federación parte de los impuestos retenidos.

¿Por qué lo hacen y a la luz del día? ¿Por qué incurren en prácticas ilegales sin pudor y sin temor? La respuesta más sencilla es: porque pueden. Porque resulta racional hacerlo: me allego de mayores recursos por vía de la contratación de deuda con la banca y por la vía de adeudos fiscales a la Federación, gasto sin control, ahogo las finanzas públicas de mi estado, pido perdón y se me otorga. Si algo falla, que paguen los que vienen atrás. Porque años de experiencia les dice que sus actos no tienen consecuencias. Porque saben que no serán auditados, evaluados, juzgados, condenados y mucho menos castigados. Porque en México, con demasiada frecuencia, las conductas ilegales no solo no se castigan sino que se premian generando así un gran incentivo para la repetición de esas mismas conductas.

Tal es el caso de la decisión de los legisladores que en la Ley de Ingresos de la Federación 2013 optaron por cancelar/perdonar/condonar el 100% de los adeudos fiscales por concepto de Impuesto Sobre la Renta a los estados y municipios del país y, para rematar, por regalarles una condonación por adelantado del 60% y 30% para el 2013 y el 2014.

Perdonar es abdicar/declinar/desistirse al derecho a imponer sanciones por el incumplimiento de obligaciones. Pero al hacerlo, las consecuencias no desaparecen, las contraen otros. Esos otros somos los contribuyentes. El resultado neto es que los legisladores premian una conducta ilegal y al hacerlo nos transfieren el costo.

La cadena causal es cristalina: los gobernadores evaden sus responsabilidades, los legisladores avalan la conducta y los contribuyentes asumen las consecuencias. Negocio redondo. La lección para los gobernadores es ejemplar. Nada más pernicioso para las finanzas públicas y más lucrativo para los gobernadores.

Pero los ciudadanos no estamos inermes. Tenemos instrumentos -a partir de la reforma constitucional del 2011 podemos acogernos al interés legítimo y al amparo colectivo- para actuar como contrapeso al poder político cuando éste se utiliza en contra de los derechos individuales. Haciendo uso de ellos un conjunto de ciudadanos interpusimos un amparo contra el Congreso porque al haber condonado la deuda, nosotros -y todos los contribuyentes- deberemos pagar con nuestro patrimonio la irresponsabilidad de los gobernadores y la clemencia del Congreso; porque el hecho de que estados y municipios no hayan enterado esos recursos implica que el gasto público previsto por la Federación no se haya cumplido; porque el Congreso no analizó, informó y difundió el impacto que esta medida tendría en las finanzas públicas y que aunque es difícil de calcular podría alcanzar los 300 mil millones de pesos; porque quebrantó la norma constitucional que estipula la obligación de los ciudadanos de contribuir a los gastos públicos (art 31) "para satisfacer los objetivos a los que estén destinados" (art 134); porque el acto acarrea una inequidad fiscal.

Podemos ganar o perder pero interponiendo el amparo se exhibe un desfalco, se contribuye a evitar que los actos de los gobernantes pasen inadvertidos y, sobre todo, a que no tengan consecuencias. Con ello, se favorece la puesta en práctica de conductas que incentiven la responsabilidad y no la impunidad.

*Reforma 21-02-13

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