jueves, 4 de abril de 2013

EL IFE NO DEBE SER JUEZ*


JOSÉ WOLDENBERG

¿Entre más facultades concentre una autoridad mejor para ella? Depende. ¿Eso la fortalece? Puede debilitarla. ¿Conviene? No se puede contestar inercialmente. Leo lo siguiente: "el aumento sustancial en la presentación de quejas durante los procesos electorales obliga a la revisión de los procedimientos especiales sancionadores, con el fin de preservar su eficacia, sin afectar la organización electoral. En el borrador del 'libro blanco' que elabora el IFE se reconoce la importancia de analizar si es preciso mantener esta facultad en el organismo o trasladarla al área judicial..." (Alonso Urrutia, La Jornada, 2-4-13). Si bien en la nota se dice que el documento aún se está discutiendo entre consejeros y representantes de los partidos políticos y que falta que sea aprobado -o no- por el Consejo General del propio Instituto, para ser entregado al Congreso, el asunto resulta capital.

El IFE, como se sabe, tiene encomendadas diferentes funciones, pero simplificando al máximo se podría decir que hoy tiene que (1) organizar todos los eslabones del proceso electoral, al tiempo que cada vez más (2) se convierte en un juez de los litigios entre partidos e incluso en el seno de los mismos. Y mientras en la primera esfera de sus competencias logra de manera recurrente el apoyo de los representantes de los partidos, en la segunda eso resulta imposible. Me explico.

Desde hace un buen rato las diferencias entre los partidos y el IFE en materia de organización de las elecciones son casi inexistentes. El padrón, las listas nominales, la credencial para votar; el sorteo, capacitación y nombramiento de los funcionarios de casilla; la infraestructura electoral, los materiales, las boletas y actas; el Programa de Resultados Electorales Preliminares, los conteos rápidos; la distritación, y súmele, usted, son más espacios de acuerdos que de divergencias. El diálogo permanente que los consejeros mantienen con los representantes de los partidos y el profesionalismo probado de la rama ejecutiva del propio Instituto ayudan a forjar amplias zonas de convergencia; pero hay que decirlo: la materia de trabajo lo posibilita porque -en teoría y en la práctica- hay comunidad de intereses en ese terreno.

No obstante, cuando un partido acusa a otro de lo que usted guste o mande, el IFE no puede dejar satisfechas a ambas partes. Mientras quien acusa quiere que se condene, quien es acusado reclama salir absuelto. Y como en todo juicio, el juez debe darle la razón a uno o a otro. No puede ni debe tratar de quedar bien con ambos porque el código genético de un juicio lo hace imposible. El círculo se cierra porque toda resolución del Instituto puede ser recurrida ante el Tribunal Electoral (y qué bueno que así sea) para evitar que el IFE se convierta en una autoridad omnipotente y para ofrecer garantías a los partidos. Pero ese diseño genera de manera periódica fricciones entre el IFE y los partidos y entre el Instituto y el Tribunal (aunque claro, el segundo es siempre la última palabra).

El problema reside en que al convertir a una autoridad administrativa (eso es el IFE) en una especie de juez, no solo se promueven roces entre la autoridad y los "entes regulados" (como se ha puesto de moda llamarlos), sino se desvirtúa y erosiona el encargo del Instituto. Y ello sucede porque -ni modo- el Consejo General del IFE no fue diseñado para ser un órgano jurisdiccional. Sus consejeros no son magistrados, en el Consejo están sentados los representantes de los partidos y del Poder Legislativo, y además todas sus resoluciones, casi de manera inercial, son impugnadas ante el Tribunal. Y mal harían los partidos en no hacerlo, ya que tienen todo que ganar y nada que perder.

Sería mejor, dado que el Tribunal Electoral es un órgano jurisdiccional, dado que sus integrantes son magistrados, dado que su encargo es precisamente el de dirimir litigios y dado que su estructura es bi instancial, que los querellantes acudieran a las salas regionales del mismo en demanda de justicia y la Sala Central siguiera siendo la instancia definitiva y última del juicio.

Recordemos que al inicio (1993-1996), por ejemplo, en materia de fiscalización de los recursos de los partidos el IFE actuaba como una especie de Ministerio Público (realizaba la investigación), pero era el Tribunal el encargado de fijar o no las sanciones correspondientes. La fiscalización era y es una tarea en la cual el Instituto no puede alinearse con los partidos (como sí lo puede hacer en materia de organización electoral), sino todo lo contrario: está obligado a colocarse frente a ellos y ser inquisitivo ante los mismos, pero por lo menos, en aquellos años no aparecía como un juez de primera instancia.

Quizá volver a la idea básica de que el IFE organiza las elecciones y el Tribunal desahoga y resuelve los conflictos podría sentar mejores condiciones para la reproducción armónica y sustentable no solo de nuestros dos pilares institucionales en materia comicial, sino de las elecciones todas. Dije, quizá.

*Reforma 04-04-13

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