El doble rasero que el Instituto Federal Electoral (IFE) ha utilizado en relación con las quejas contra el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el Partido Acción Nacional (PAN) demuestra que el nuevo Consejo General incumple con los principios rectores de independencia, imparcialidad y objetividad señalados en el artículo 41 de la Constitución. En el caso del PRD, el IFE hizo circo, maroma y teatro para reunir pruebas y construir el argumento que le permitiría emitir una “sanción ejemplar”, equivalente a 57 millones de pesos, para castigar el plantón de Paseo de la Reforma, el bloqueo del Informe de Vicente Fox y los disturbios en la toma de posesión de Felipe Calderón. En contraste, la autoridad electoral rápidamente dio carpetazo a las quejas contra el PAN por los anuncios ilegales del Consejo Coordinador Empresarial (CCE).
Esta situación fue tan evidente que el propio Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió devolver el expediente del CCE al IFE la semana pasada. Seguramente, los magistrados del tribunal próximamente también estarán regresando el caso de la multa al PRD por los evidentes yerros y omisiones legales.
Para sustentar la multa contra el PRD, el IFE efectuó instrumentaciones notariales, giró múltiples oficios, examinó cientos de artículos periodísticos y elaboró un estudio pormenorizado, si bien algo exagerado, de las normas correspondientes. Los consejeros recurrieron a la legislación y la jurisprudencia en la materia para sostener que los partidos políticos no solamente están obligados a respetar la ley, sino también a vigilar la actuación de sus militantes e incluso la de aquellos que simpatizan con su causa.
En el caso del CCE, las irregularidades y responsabilidades que se configuran son de mucho mayor alcance. Sin embargo, el IFE sistemáticamente se ha negado a investigar a fondo, confiando en la palabra de Germán Martínez Cázares, los abogados del CCE y la Secretaría de Gobernación.
Una clara muestra de la falta de rigor con la que la autoridad electoral se ha conducido es que increíblemente hoy todavía no sabemos cuántas veces los dos polémicos anuncios aparecieron en la televisión ni cuánto costaron al organismo empresarial. Con la mano en la cintura, el CCE se ha negado a informar al IFE. La Secretaría de Gobernación, en voz de Irma Pía González Luna (hermana de la ex consejera electoral Teresa González Luna), informó, de manera por demás inverosímil, que había detectado una sola transmisión de cada uno de los anuncios. Ante tales evasivas, los consejeros cómodamente se quedaron con los brazos cruzados, en clara violación del “principio inquisitivo” que debería regir su actuar.
Asimismo, la autoridad electoral jamás ha pedido los datos sobre la transmisión de los anuncios directamente a las mismas televisoras. Finalmente, la empresa IBOPE tuvo que haber acopiado toda esta información como parte de su monitoreo de las campañas electorales, de acuerdo con el reglamento de fiscalización y el contrato celebrado con el IFE. Sin embargo, la empresa simplemente dejó fuera de su reporte toda la información al respecto. El IFE nunca le llamó la atención sobre el particular, ni ha vuelto a solicitar a la empresa esta crucial información.
Uno de los grandes avances de la reforma constitucional en materia electoral del año pasado fue la eliminación los secretos bancarios, fiscales y fiduciarios para el IFE. Hoy, la Unidad de Fiscalización, si lo quisiera, podría tener acceso directo a toda esta información tan delicada para poder culminar sus investigaciones. Sin embargo, en lugar de utilizar sus nuevas facultades para conseguir copias de las facturas y los movimientos bancarios que sustentaron la transmisión de los anuncios del CCE, el IFE simplemente ha abdicado en su responsabilidad. Esta información es particularmente relevante porque incluso podría configurarse el delito de fraude fiscal, si las empresas del CCE reportaron estos gastos como operaciones mercantiles en lugar de darlas de alta como contribuciones políticas.
Respecto de la vinculación entre la campaña televisiva del CCE y el PAN, el IFE se conformó de manera irresponsable con los escuetos “deslindes” expresados por el entonces representante del PAN ante el IFE, Germán Martínez, y el CCE. Por ejemplo, en su oficio al abogado del CCE, el IFE cándidamente le pregunta si “la Asociación Civil que usted representa o alguno de sus miembros pertenecientes a los órganos de dirección de la misma, pertenecen a algún partido político, agrupación política u organización adherente a cualquiera de ellos”, a lo que el representante contesta con un llano y sobre todo falaz “No”. En su resolución el IFE toma esta respuesta como buena sin más.
Con mucha razón, el tribunal electoral en su sentencia reprocha la “conducta pasiva y tolerante” del IFE y censura los criterios “dogmáticos” que adoptaron los consejeros en la resolución del caso. Todavía tenemos ante nosotros una última oportunidad para que los consejeros electorales, sobre todo los de reciente ingreso, salven la cara. Habría que investigar el asunto del CCE a fondo y llamar a cuentas al PAN por su complicidad con esta ilegal y anticonstitucional campaña emprendida por los poderes fácticos.
Esta situación fue tan evidente que el propio Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió devolver el expediente del CCE al IFE la semana pasada. Seguramente, los magistrados del tribunal próximamente también estarán regresando el caso de la multa al PRD por los evidentes yerros y omisiones legales.
Para sustentar la multa contra el PRD, el IFE efectuó instrumentaciones notariales, giró múltiples oficios, examinó cientos de artículos periodísticos y elaboró un estudio pormenorizado, si bien algo exagerado, de las normas correspondientes. Los consejeros recurrieron a la legislación y la jurisprudencia en la materia para sostener que los partidos políticos no solamente están obligados a respetar la ley, sino también a vigilar la actuación de sus militantes e incluso la de aquellos que simpatizan con su causa.
En el caso del CCE, las irregularidades y responsabilidades que se configuran son de mucho mayor alcance. Sin embargo, el IFE sistemáticamente se ha negado a investigar a fondo, confiando en la palabra de Germán Martínez Cázares, los abogados del CCE y la Secretaría de Gobernación.
Una clara muestra de la falta de rigor con la que la autoridad electoral se ha conducido es que increíblemente hoy todavía no sabemos cuántas veces los dos polémicos anuncios aparecieron en la televisión ni cuánto costaron al organismo empresarial. Con la mano en la cintura, el CCE se ha negado a informar al IFE. La Secretaría de Gobernación, en voz de Irma Pía González Luna (hermana de la ex consejera electoral Teresa González Luna), informó, de manera por demás inverosímil, que había detectado una sola transmisión de cada uno de los anuncios. Ante tales evasivas, los consejeros cómodamente se quedaron con los brazos cruzados, en clara violación del “principio inquisitivo” que debería regir su actuar.
Asimismo, la autoridad electoral jamás ha pedido los datos sobre la transmisión de los anuncios directamente a las mismas televisoras. Finalmente, la empresa IBOPE tuvo que haber acopiado toda esta información como parte de su monitoreo de las campañas electorales, de acuerdo con el reglamento de fiscalización y el contrato celebrado con el IFE. Sin embargo, la empresa simplemente dejó fuera de su reporte toda la información al respecto. El IFE nunca le llamó la atención sobre el particular, ni ha vuelto a solicitar a la empresa esta crucial información.
Uno de los grandes avances de la reforma constitucional en materia electoral del año pasado fue la eliminación los secretos bancarios, fiscales y fiduciarios para el IFE. Hoy, la Unidad de Fiscalización, si lo quisiera, podría tener acceso directo a toda esta información tan delicada para poder culminar sus investigaciones. Sin embargo, en lugar de utilizar sus nuevas facultades para conseguir copias de las facturas y los movimientos bancarios que sustentaron la transmisión de los anuncios del CCE, el IFE simplemente ha abdicado en su responsabilidad. Esta información es particularmente relevante porque incluso podría configurarse el delito de fraude fiscal, si las empresas del CCE reportaron estos gastos como operaciones mercantiles en lugar de darlas de alta como contribuciones políticas.
Respecto de la vinculación entre la campaña televisiva del CCE y el PAN, el IFE se conformó de manera irresponsable con los escuetos “deslindes” expresados por el entonces representante del PAN ante el IFE, Germán Martínez, y el CCE. Por ejemplo, en su oficio al abogado del CCE, el IFE cándidamente le pregunta si “la Asociación Civil que usted representa o alguno de sus miembros pertenecientes a los órganos de dirección de la misma, pertenecen a algún partido político, agrupación política u organización adherente a cualquiera de ellos”, a lo que el representante contesta con un llano y sobre todo falaz “No”. En su resolución el IFE toma esta respuesta como buena sin más.
Con mucha razón, el tribunal electoral en su sentencia reprocha la “conducta pasiva y tolerante” del IFE y censura los criterios “dogmáticos” que adoptaron los consejeros en la resolución del caso. Todavía tenemos ante nosotros una última oportunidad para que los consejeros electorales, sobre todo los de reciente ingreso, salven la cara. Habría que investigar el asunto del CCE a fondo y llamar a cuentas al PAN por su complicidad con esta ilegal y anticonstitucional campaña emprendida por los poderes fácticos.
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