lunes, 24 de noviembre de 2008

LAS ACCIONES COLECTIVAS

MIGUEL CARBONELL

El editorial del EL UNIVERSAL de hace unos días (10 de noviembre de 2008) no podía ser más elocuente: “La indefensión del consumidor”. La reflexión abordaba el caso de una empresa dedicada a tratamientos estéticos que de pronto y sin aviso previo decidió cerrar sus puertas, dejando varados a clientes, trabajadores y franquiciatarios. Los afectados suman varios miles de personas, las cuales están comenzando a promover los respectivos juicios civiles, penales y laborales. Es de esperarse que la PROFECO tome cartas en el asunto y disponga hasta donde sus facultades alcanzan algunas medidas preventivas aseguren a los clientes recuperar al menos una parte de los pagos adelantados que habían hecho a la empresa. Lo cierto es que el editorial pone sobre la mesa el fondo del problema: los consumidores estamos en buena medida indefensos frente a este tipo de actuaciones fraudulentas.
El caso, sin embargo, permite realizar un ejercicio de más largo alcance y preguntarnos si es racional un sistema jurídico que obliga a todas y cada una de las personas perjudicadas a promover el correspondiente juicio, contratando cientos de abogados para tal efecto. Una vez que los jueces reciban las demandas o los ministerios públicos las denuncias, procederán en cada caso a realizar las actuaciones correspondientes, notificarán a la empresa (o lo que quede de ella) y dictarán las resoluciones necesarias. Ahora bien, ¿no sería mejor que todos los afectados se pudieran reunir en un único procedimiento legal y promovieran entre todos una sola demanda que resolviera su problema? O todavía mejor: ¿no sería más correcto que uno de los afectados promoviera la demanda a nombre y representación del grupo o colectividad que sufrió el daño, de tal suerte que la sentencia beneficie a todos?
Por extraño que parezca, en México no tenemos reconocida a nivel constitucional la posibilidad de emprender litigios de carácter colectivo. Se trata de una forma de litigar que en docenas de países alrededor del mundo sirve para ahorrar miles de trámites y mucho dinero, además de que permite alcanzar soluciones más justas en casos relacionados con consumidores, medio ambiente, preservación del patrimonio histórico, regulación de uso de suelo, etcétera.
Para remediar este inaceptable retraso histórico, el pasado mes de febrero el Senador del PRI Jesús Murillo Karam propuso una reforma al artículo 17 de la Constitución que si es aprobada supondría un cambio de fondo en la protección de los derechos de todas las personas que vivimos en México. Lamentablemente la opinión pública no le ha puesto la atención que merece la iniciativa, pero se trata de un tema que cada día cobra mayor relevancia y que debería suscitar el mayor apoyo de todas las fuerzas políticas y de los medios de comunicación.
Si la “iniciativa Murillo” se aprobara México se estaría sumando a una poderosa corriente a nivel mundial que tiene por objeto hacer más accesible la justicia a grandes grupos sociales. Desafortunadamente no todas las personas tienen el dinero, el tiempo o los contactos suficientes para acceder a buenos servicios de asesoría jurídica. Frente a esta carencia países como Colombia, Brasil, España, Chile, Costa Rica y Estados Unidos, entre otros muchos, han previsto en sus legislaciones la defensa colectiva de derechos, lo que ha permitido que sus ciudadanos puedan ver reparadas injusticias de carácter colectivo o difuso que de otra manera hubieran quedado impunes. En nuestro país destacados académicos como Eduardo Ferrer Mac-Gregor, investigador de la UNAM, han venido abogando desde hace años por la modernización de nuestros sistemas procesales a través del reconocimiento de los intereses jurídicos de grupo y de los juicios colectivos.
La mayor parte de la gente no le pone demasiada atención a estos esfuerzos hasta que es afectada por una calamidad como la de Neoskin de hace unos días o la de Publi XIII anteriormente, por citar solamente dos de los más conocidos atropellos recientes de derechos. Los medios de comunicación se dedican a los “grandes temas” de nuestra actualidad sin detenerse a pensar que en este tipo de reforma se pone en juego la calidad de vida de los ciudadanos, muchos de los cuales están hoy en día indefensos frente a la violación masiva de sus derechos.
El texto que propone Murillo no puede ser más sencillo, ni tampoco más elocuente. El artículo 17 de la Constitución debería incorporar un párrafo que dijera simplemente: “Las leyes regularán aquellas acciones y procedimientos para la protección adecuada de derechos e intereses colectivos, así como las medidas que permitan a los individuos su organización para la defensa de los mismos”.
Ojalá que los legisladores federales tengan la visión y el sentido histórico para aprobar a la brevedad esta propuesta trascendental, que le puede cambiar la vida –literalmente- a millones de personas en nuestro país.

El reto de Gómez Mont.
Fernando Gómez Mont es, antes que político, un destacado abogado. Su experiencia en los litigios penales le permitirá advertir la importancia de acometer con seriedad la puesta en práctica de la gran reforma penal publicada apenas en junio de este año, cuya operación concreta depende en mucho del impulso que obtenga desde la Secretaría de Gobernación. Lo primero que tendrá que hacer es nombrar al sustituto de José Luis Santiago Vasconcelos al frente de la oficina del poder ejecutivo encargada de la implementación de la reforma.

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