SERGIO LÓPEZ AYLLÓN
El Senado tiene la responsabilidad de designar a los dos nuevos ministros de la Suprema Corte de Justicia.
Para ello debe elegir a quienes considere los mejores candidatos de las ternas que envió el presidente Calderón y que están integradas exclusivamente por magistrados de carrera, en número igual de hombres y mujeres. En el pasado, el proceso de selección fue una mera formalidad, o bien un debate banal que en nada contribuía a entender cuáles eran los criterios para elegir a los ministros. Con el tiempo el procedimiento se modificó y los candidatos debieron hacer una exposición pública frente a los senadores. Esto era mejor que la opacidad total, pero tampoco abonó a dar claridad sobre los criterios que al final se utilizaron para optar por uno u otro candidato.
En esta ocasión, el Senado sorprendió a quienes seguimos este proceso. La Comisión de Justicia emitió un acuerdo sin precedentes que contiene un conjunto de elementos que permiten conocer públicamente el perfil de los candidatos con base en su desempeño jurisdiccional. Esto permite informar un proceso de selección que marcará sin duda el futuro de la Suprema Corte.
Así, para cada candidato se solicitaron las evaluaciones del desempeño, datos sobre visitas de inspección, estadísticas de los tribunales en los que estuvieron adscritos y el historial de capacitación entre otros elementos. Pidió también las tesis de jurisprudencia en las que los magistrados hubieren participado, sus votos particulares, así como las contradicciones de tesis en las que se debatió algún criterio del que fueron autores. Además, y esto es especialmente interesante, pidió que cada candidato seleccionara tres sentencias de las que hubiera sido ponente y tres sentencias de la Suprema Corte que consideren las más relevantes por sus implicaciones, justificando las razones de su selección. Nada más ni nada menos. Si los jueces han de hablar por sus sentencias, esta es ciertamente la manera de conocerlos.
En la página de internet de la Comisión de Justicia están publicados todos los materiales que se entregaron al Senado de la República. Tenemos por primera vez un expediente público, completo y detallado, que permite evaluar la visión, los criterios, la manera de abordar los asuntos y la relevancia de la actividad jurisdiccional de cada uno de los candidatos. El análisis y valoración de este cúmulo de información no es sencillo y requiere de conocimiento de la actividad jurisdiccional, pero pone en la arena pública elementos que nunca antes habían estado presentes.
Cabe destacar que los seis candidatos seleccionaron el caso Radilla como una de las decisiones más relevantes de la Corte. Sin duda tienen razón. Llama, sin embargo, la atención la diversidad de razones con las que cada uno justifica su selección. También resulta interesante que muchas de las sentencias seleccionadas se refieren a temas relacionados con los derechos humanos (aborto, matrimonio del mismo sexo, fuero militar) o casos muy controvertidos (la “ley televisa”) y con ello se anuncian los temas de preocupación de los hoy magistrados. Quizá lo más revelador son las sentencias que a juicio de cada uno de ellos representan lo más significativo de su labor jurisdiccional. Aquí hay una gran diversidad de temas, en los que sobresalen criterios técnicos, y que dan cabal idea de cómo entienden y han ejercido su labor jurisdiccional. Ojalá los magistrados hubieran sido más explícitos en los criterios que orientaron su selección, pero si no lo fueron los senadores tienen espacio para ampliar la cuestión. El ejercicio propuesto es innovador y loable. Esperemos que el Senado use estos elementos para tomar su decisión y tenga la capacidad de justificarla en beneficio de todos.
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