martes, 10 de mayo de 2011

TRIFE, DE LA ESPERANZA AL ESCÁNDALO

JAVIER CORRAL JURADO


Sería difícil encontrar un actor político —en todos los partidos y a lo largo y ancho del país— que de manera más cínica y contumaz haya burlado la reforma electoral del 2007 como lo ha hecho Enrique Peña Nieto. Es imposible encontrar otro funcionario público que, en el entramado mediático que en mucho define hoy a la política, haya invertido tanto dinero público en la promoción de su imagen personal, como lo ha hecho el gobernador del Estado de México, en exacta contravención de lo que dispone el artículo 134 constitucional. Nadie como él acumula, desde el inicio de su administración, denuncias e investigaciones periodísticas que dan cuenta de la hipoteca mercantil celebrada con Televisa —a través de millonarios contratos publicitarios—, para apuntalar como el proyecto común, su candidatura presidencial.
Sin controles ni contrapesos estatales que le impongan límite o mínimo castigo al uso indebido de los recursos públicos, sin sanción a la taxativa contenida en el artículo 134 constitucional, Peña Nieto ha podido desplegar, a la par de su popularidad, una brutal impunidad política.
Por ello fue sorpresiva y hasta cierto punto esperanzadora la sanción que se veía venir sobre el gobernador del Estado de México por violación a la Constitución, al contratar spots de su quinto informe de gobierno transmitidos en todo el territorio nacional. La queja del PAN por esa promoción indebida, en principio la desechó el consejo general del IFE, por lo que Acción Nacional recurrió al Trife y éste le regresó el asunto al IFE ordenándole explorar si la propaganda del Edomex violaba alguna disposición legal.
En efecto, el IFE encontró una violación al artículo 228-5 del Cofipe, sobre la difusión de informes “una vez al año en estaciones y canales con cobertura regional correspondiente al ámbito geográfico de responsabilidad del servidor público y no exceda de los siete días anteriores y cinco posteriores a la fecha en que se rinda el informe”.
Ya de regreso el asunto en el Trife, la operación política y mediática de Peña Nieto para conseguir su exoneración no tuvo reparo alguno, incluído el ofrecimiento descarado de prebendas a los magistrados que resolvieran a su favor. La operación de cabildeo y presión fue denunciada en un artículo de Roberto Zamarripa en “Reforma”, titulado “La Cena”, que con el paso del tiempo lo único que fue desmentido de esa información es que se trató de una comida y no cena. La misma magistrada presidenta del Trife, María del Carmen Alanis, reconoció el encuentro.
La cena que en realidad fue comida dio resultados: encubrió políticamente a Peña Nieto y lo salvó de declararle un acto anticipado de campaña, lo que hubiera originado la sanción de negarle su registro como candidato. Para poder hacerlo, el Trife produjo uno de los engendros jurídicos interpretativos más preocupantes en la historia del derecho electoral mexicano. De la esperanza pasamos al escándalo. Esa sentencia es la más contradictoria y anómala de todas las que han sido resueltas por el Tribunal Electoral.
El Trife determinó que sí hubo violación electoral, pero releva al funcionario público y sanciona a las televisoras. Si ya había navajeado el tribunal a la reforma electoral con varias decisiones absurdas, con ésta le infringe una cuchillada que la dejará moribunda en lo que fue su principal objetivo: castigar la contratación ilegal de propaganda electoral.
El absurdo es gigantesco y consta de lo siguiente: las normas de propaganda gubernamental sólo pueden ser transgredidas por servidores públicos, pues son ellos el sujeto activo de la norma, según el criterio del tribunal es extendible a los particulares. Es como si una prohibición a un ministro de culto se aplicara a los feligreses, o a un ciudadano común y corriente. Con el nuevo criterio del tribunal, ahora cualquier persona física o moral puede transgredir el 134 constitucional, y su prolongación en el 228-5 del Cofipe.
En otras palabras, se exculpa al que ordena la difusión (quien tiene la responsabilidad directa), y se ordena sancionar a los medios, quienes tienen, a lo sumo, responsabilidad indirecta.
Y no sólo eso, la Sala Superior vuelve a torcer la lógica del derecho, más preocupada por lo que los partidos dicen en su propaganda legal, que en sancionar a quienes contratan propaganda ilegal.

No hay comentarios: