martes, 10 de febrero de 2009

LEY MORDAZA EN NAYARIT

ERNESTO VILLANUEVA

Las asimetrías del país en los más distintos aspectos hacen que en ocasiones no sólo haya iniciativas de ley que llaman a sorpresa, sino que se aprueben por los congresos de los estados. Me refiero a las reformas al código penal y al código de procedimientos penales de Nayarit relacionadas con las libertades de expresión y de información. Los alcances y los límites de estas libertades están definidos de manera clara en los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, por si fuera poco, la Suprema Corte de Justicia ha sentado jurisprudencia protectiva de estas libertades al igual que la Corte Interamericana de Derechos Humanos que es obligatoria para México en los términos del artículo 133 constitucional. Ese es el marco normativo en el cual puede circular ideas e informaciones.En Nayarit, el Congreso del Estado considera lo contrario. Peor todavía, incluye a la red de internet dentro de su espacio espacial de validez de la reforma penal que ha introducido. Lo que sólo han hecho China, Cuba y Corea del Norte, Nayarit ahora dice esta boca es mía. En efecto, el 24 de diciembre pasado como regalo de navidad para los nayaritas fue publicado en el órgano oficial del Estado la adición de un párrafo al artículo 207 del código penal, que a la letra dice: "La misma sanción se aplicará a quien por cualquier medio genere, difunda o propague información o datos falsos que produzcan alarma, temor o miedo en la población o en un grupo o sector de ella, para perturbar la paz pública o tratar de menoscabar la autoridad del estado o presionar a la autoridad para que tome una determinación". El primer párrafo disponía la sanción privativa de la libertad de uno a seis meses a quien "provoque públicamente a cometer algún delito o haga la apología de éste o de algún vicio, se le aplicará prisión de uno a seis meses y multa de uno a cinco días de salario, si el delito no se ejecutare en caso contrario, se aplicará al provocador la sanción anterior, sin perjuicio de la que corresponda por su participación en el delito cometido".La restricción de la libertad incluye también una reforma al código de procedimientos penales al adicionarle el artículo 106 bis, que ahora establece: "Toda persona está obligada a proporcionar la información o datos que se le requiera en el desarrollo de una investigación respecto de la posible comisión de delitos. Cuando la información o datos que se requiera provengan o se encuentre en medios electrónicos ésta deberá de proporcionarse de forma inmediata, cuando se presuma que ésta pueda ser modificada o destruida por el transcurso del tiempo".Los diputados nayaritas al aprobar estas conspicuas reformas asentaron en su exposición de motivos que estos cambios a la ley se hicieron para "Para prevenir la generación de un clima de temor e inseguridad; la finalidad de estas reformas al Código Penal y de Procedimientos Penales es inhibir que a través de los instrumentos tecnológicos y principalmente por medio de la internet, se infunda temor a la población de nuestra entidad con la publicación y envío irresponsable de mensajes amenazadores o de terrorismo; está dirigida no sólo a sancionar este tipo de acciones, sino también a prevenir la generación de un clima adverso, de miedo e inseguridad entre los nayaritas".Esta legislación nayarita tiene problemas por todos lados. Primero, legisla de manera restrictiva el derecho fundamental a la libertad de expresión y al de información consagrados en la Constitución Federal, razón por la cual se trata de una disposición con visos de inconstitucionalidad. Segundo, regular internet no sólo es materialmente imposible como lo saben bien los gobiernos de los países autoritarios que lo han intentado, sino que carece de atribuciones legales para legislar sobre esta materia, suponiendo que las tuviera ¿Se imagina al gobierno de Ney González con la capacidad para monitorear todas las páginas que circulan en el Estado? ¿Cómo harían estos gobernantes nayaritas para perseguir a un presunto delincuente que tenga un servidor fuera de Nayarit? Tercero, la reforma lo que sí hace es crear un nuevo tipo penal para acotar los espacios de intercambio de informaciones en la prensa, la radio y la televisión, adicionales a los previstos tradicionalmente en los sistemas legales. En suma, la acción del congreso y del Gobierno de Nayarit envía un mensaje que debe ser rechazado por la sociedad y propiciar que los legisladores de Nayarit vuelvan sobre sus propios pasos para dar marcha atrás a esa reforma limitativa y absurda.

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