Las precampañas electorales no dieron inicio sólo a la disputa entre militantes por las postulaciones de sus partidos a la Cámara de Diputados, sino que fueron el motivo para que reiniciara el desafío de las dos principales empresas televisivas del país hacia el marco legal que acotó su poder político y económico en los procesos electorales, así como contra el IFE, la autoridad administrativa encargada de sacar avante el nuevo diseño constitucional en materia de campañas.El desplante de Televisa y TV Azteca es conocido hasta por quienes no ven televisión: el fin de semana previo, durante las emisiones de programas deportivos y de entretenimiento, se hicieron interrupciones fuera de las barras de anuncios, para emitir los promocionales a que tiene derecho el Estado, y se aseveró falsamente a la audiencia que esos cortes eran por órdenes del IFE. Luego, la Cámara de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) hizo público un comunicado en el que insiste en que la culpa de la afectación a los televidentes se debe al IFE, e incluso lamentó que se sature a la audiencia con propaganda política. Veamos la veracidad de los argumentos de la CIRT.“Las ‘afectaciones notorias’ a la programación de radio y televisión que se vivieron el pasado fin de semana se generaron porque las autoridades electorales notificaron a los concesionarios las pautas de propaganda política hace dos semanas, cuando ya existían compromisos comerciales de las emisoras, explicó la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión” (nota de El Universal, el 3 de febrero). Asimismo, un comunicado de esa organización empresarial, con fecha del 2 de febrero, añade: “En diversos programas, particularmente en los deportivos, es de anticiparse que se apreciarán afectaciones más notorias, toda vez que las pautas de las precampañas electorales fueron notificadas hace un par de semanas a las emisoras, cuando ya existían compromisos contractuales previos en la programación, teniendo en cuenta que los tiempos y horarios de los juegos son predeterminados e imposibles de modificar”.El comunicado de la CIRT revela y documenta una conducta que rompe disposiciones legales expresas y claras. Para empezar, porque todas las estaciones de radio y canales de televisión sabían que los 48 minutos que corresponden cada día a los tiempos del Estado en toda frecuencia concesionada, sea o no temporada electoral, comienzan a ser administrados por el IFE a partir del inicio de las precampañas electorales federales; que esos tiempos oficiales comprenden segmentos de dos a tres minutos —la norma nunca dice que continuos— por cada hora de transmisión entre las seis de la mañana y las doce de la noche. Mientras duran las precampañas, para todos los partidos en conjunto corresponde un minuto por hora del tiempo del Estado y el resto es para otros mensajes de las autoridades electorales (campañas de empadronamiento y para actualizar la credencial para votar, mensajes contra la compra y coacción del voto, por ejemplo). Una vez que comienzan las campañas, el tiempo es el mismo: 2 ó 3 minutos por hora, hasta sumar 48 minutos al día, pero de ellos 85 por ciento corresponde a los partidos. Esa especificación constitucional que se refiere entre otros a las obligaciones de los agremiados de la CIRT, se publicó en el Diario Oficial de la Federación desde noviembre de 2007. Entonces, imposible alegar desconocimiento de la Constitución o sorpresa para no saber que esos tiempos del Estado administrados por el IFE se tendrían que transmitir obligatoriamente desde el último día de enero. Si pensamos en cuántos anuncios oficiales caben por cada hora de emisión televisiva, se trata de hasta nueve spots de veinte segundos, que bien pudieron haberse transmitido en el medio tiempo de un partido de futbol (los tres minutos son la quinta parte del intermedio deportivo) sin afectar la comercialización, sino reduciendo, en todo caso, los comentarios de los “expertos” deportivos y las repeticiones de jugadas, pero sin interrumpir la transmisión del juego. Pero, además, el Código Electoral de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), establece, en su artículo 57, párrafo 5, lo siguiente: “(…) los concesionarios de radio y televisión se abstendrán de comercializar el tiempo no asignado por el instituto”. El IFE ya aclaró que entre diciembre y la primera quincena de enero entregó a todos los concesionarios las pautas de transmisión de los mensajes que corresponden al Estado, pero aunque así no hubiera sido, en ningún caso los concesionarios pudieron haber comercializado esos tiempos. Si, como revela la CIRT, Televisa y TV Azteca establecieron “compromisos contractuales” sobre los tiempos del Estado, violaron la ley. Como dicen los abogados: a confesión de parte, relevo de prueba. Una precisión más. La CIRT y otras voces alertan de la saturación a la audiencia por la emisión de 23.4 millones de spots. Demos, de momento, la cifra como buena, pero, ojo: se trata de anuncios que se transmiten en más de dos mil frecuencias concesionadas en todo el país, en emisoras pequeñas y grandes, de alcance local o de frecuencia nacional y en un periodo de cinco largos meses. Si alguien ve un canal de tele o escucha una cadena de radio desde las seis de la mañana y hasta las doce de la noche sin interrupción a lo largo de un día, recibirá 48 minutos de anuncios del Estado, pero para eso necesita estar pegado al radio o a la TV durante 18 horas, a lo largo de 1,080 minutos al día. Si esa persona queda saturada, quizá no sea sólo de anuncios oficiales y tal vez se lo merezca… pero no culpemos a la reforma electoral por ello.
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