Hoy es el día 11 de los 40 que comprenden las precampañas federales, por vez primera reguladas en el Cofipe, cabe suponer que los precandidatos se encuentran en actividad buscando el voto de los electores internos.Sin embargo, la atención está en otra parte. Ayer el secretario general del Consejo del IFE notificó formalmente el inicio del procedimiento especial sancionador (establecido en los artículos 367 a 371 del Cofipe) ante conductas de las dos empresas dominantes en la industria de televisión en la difusión de spots de partidos políticos y autoridades electorales; el asunto será desaho- gado antes de que concluya la presente semana, para luego -es lo más probable- seguir su curso ante el Tribunal Electoral.Los buenos oficios interpuestos la semana pasada por el secretario de Gobernación y los coordinadores de los tres mayores grupos parlamentarios en las cámaras del Congreso no fueron suficientes; persiste, en lo fundamental, la conducta de las dos empresas. La polémica continúa, con posiciones que van extremándose.Convengamos que el diálogo y la búsqueda de acuerdos sólo pueden tener lugar en el marco de la Constitución y la ley electoral; si esta última es -como se afirma- imprecisa, el Consejo General del IFE puede, a propuesta de la Secretaría Ejecutiva, realizar las adecuaciones reglamentarias necesarias para dar certidumbre y certeza a las partes, pues la restricción constitucional (Art. 105) que impide reformar la ley no aplica a los reglamentos. Lo que resultaría inaceptable es pedir al IFE que decline sus responsabilidades o no ejerza sus atribuciones.En paralelo se han generado críticas por el primer resultado de la puesta en práctica de la regulación de precampañas. Unas provienen de la aplicación de los estatutos partidistas -no de la ley- que otorgan a las cúpulas dirigentes la facultad de designar a los candidatos a diputados federales, en los casos y bajo las condiciones que cada partido tiene establecidas en tales documentos. Otras se refieren al contenido de los spots que los partidos lanzaron al aire, en TV y radio, en uso de los 18 minutos diarios que, en conjunto, les otorga el Cofipe.Cabe recordar que las precampañas no fueron instituidas por la reforma electoral; ésta lo que hizo fue atender una realidad que viene, al menos, de hace una década, y que al carecer de normas legales propició excesos y generó múltiples denuncias. Lo que el Cofipe regula son los procedimientos de selección interna de candidatos, una de cuyas modalidades son las precampañas, las que, a su vez, contemplan diversos métodos; uno de ellos es el de elecciones internas, con la participación de afiliados y simpatizantes, o de cualquier ciudadano interesado.Pero el Cofipe contempla otros procedimientos, como la realización de convenciones electorales o sesiones plenarias de consejos políticos, y hasta comisiones especiales para resolver al respecto. Lo que la reforma electoral no podía, ni debía, era imponer un solo método, pues la democracia interna de los partidos no se agota en fórmulas o interpretaciones únicas, como ha sido establecido por el Tribunal Electoral en diversas tesis y jurisprudencia.El Cofipe deja a la decisión de cada partido, en el marco de sus estatutos, la definición del procedimiento y métodos para seleccionar a sus candidatos, limitándose a establecer normas comunes relativas a plazos, gastos, informes y medios para dirimir controversias internas. El límite de la ley es el respeto al derecho de cada partido para auto organizarse, cumpliendo las reglas propias, que el Consejo General del IFE les aprueba al declarar la validez de su respectivo Estatuto.El contenido de la propaganda partidista de precampaña -incluyendo TV y radio- es decisión de cada partido, de nueva cuenta en el marco del Cofipe. El Reglamento del IFE en esta materia (artículo 13, párrafo 5) contempla que, cuando un partido o coalición decide no realizar actos de precampaña, se difundirán "mensajes genéricos" del partido de que se trate, sin explicitar lo que debe entenderse por "genéricos".Es el caso que todos los partidos se han amparado, hasta hoy, en esa norma reglamentaria, pese que seis de ellos notificaron al IFE los nombres de sus precandidatos, los que, repito el supuesto, se encuentran realizando actos de precampaña. No he escuchado ni visto un solo spot partidista en el que se haga referencia a la precampaña y los precandidatos, al método que será utilizado, ni tampoco a las fechas de celebración de la jornada interna, realización de la convención o equivalente. Quizá lo veremos en una siguiente etapa.De nuevo, estamos ante un caso límite para la aplicación de la ley. El uso de tiempo en TV y radio está previsto para precampañas, pero los partidos no hacen referencia al tema en su propaganda, utilizándola para la difusión de acciones, intenciones, promesas y otros mensajes que no guardan relación alguna con el motivo de su existencia, basándose para ello en la norma del Reglamento antes citado. Nadie se ha quejado formalmente ante el IFE y éste ha dado por buena la decisión de los partidos.
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