martes, 18 de septiembre de 2012

ALGO PEOR


JORGE ALCOCER

Cada que legisladores y gobernantes se ven enfrentados a las incapacidades de las instituciones que han creado o encabezan, proponen crear una comisión ciudadana o un organismo público autónomo. Para bien de la República la mayoría de tales iniciativas y propuestas han quedado en la congeladora, o en el archivo muerto; otras, pocas, han dado lugar  a positivas experiencias.

Primeras en tiempo fueron las universidades públicas, "a las que la ley otorgue autonomía", que se entiende como "la facultad y responsabilidad de gobernarse a sí mismas" (artículo 3o. constitucional, reformado en junio de 1980).

Correspondió al presidente Salinas (agosto de 1993) promover la autonomía del Banco de México, establecida en el artículo 28 de la Constitución en los términos siguientes: "El Estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración".

En agosto de 1996 el presidente Zedillo promulgó el decreto de reformas constitucionales en materia electoral, por el que se otorgó autonomía al IFE (artículo 41) en los siguientes términos: "La organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios(...)". En el artículo 116 esa autonomía se hizo extensiva a los institutos electorales locales.

En agosto de 1999 el mismo Zedillo promulgó la reforma al artículo 102, apartado B, de la Constitución, para establecer, respecto de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que "contará con autonomía de gestión y presupuestaria". Tal calidad se extiende a las comisiones estatales y del DF.

Finalmente, en abril de 2006, Vicente Fox promulgó el decreto por el que se otorga autonomía al INEGI; el apartado B del artículo 26 constitucional otorga a ese organismo "autonomía técnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propios".

En años posteriores varios organismos públicos desconcentrados han sido dotados, por ley, de "autonomía técnica y de gestión"; son los casos de comisiones reguladoras, como la Federal de Competencia (Cofeco); Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) o la Reguladora de Energía (CRE) que si bien derivan su existencia de artículos constitucionales, no están contempladas como tales en la Carta Magna. En varios casos la autonomía se define también como "operativa" o "de gasto", en una evidente heterogeneidad normativa.

Tratándose del derecho a la información el artículo 6o. de la Constitución determina los principios y bases que rigen para la Federación, los Estados y el Distrito Federal, sin mencionar al organismo responsable de garantizar el ejercicio de ese derecho. Sin embargo, la Ley en la materia define al IFAI como un "órgano de la Administración Pública Federal, con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión..." (artículo 33).

La iniciativa presentada por el Presidente electo, vía los senadores del PRI/ PVEM, para otorgar autonomía constitucional al IFAI, establece que éste será un "organismo autónomo, especializado e imparcial", para luego añadir que está dotado de "autonomía técnica, de gestión y para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y organización interna". Se trataría de una nueva y rebuscada definición de autonomía, llevada al texto constitucional.

Sin menoscabo de los propósitos de la mencionada iniciativa, el Congreso de la Unión haría bien en encontrar para el IFAI una definición de "autonomía" acorde a las que ya están contenidas en la Constitución para otros organismos, en lugar de seguir abonando a la disparidad normativa. Por otra parte, si un objetivo es garantizar la plena independencia de los comisionados del IFAI respecto de la Administración Pública Federal, y de quien la encabeza, lo idóneo es que el Presidente no intervenga en el nombramiento de aquellos.

Cabe tener presente que los comisionados del IFAI, como los consejeros electorales del IFE, son funcionarios públicos profesionales, sujetos a la Constitución y las leyes. La distinción que hace de los ciudadanos depositarios de todas las virtudes y de los políticos y servidores públicos fuente de todos los males, es una falacia.

Como decía Héctor Aguilar Camín, "solo hay algo peor que un político profesional; uno no profesional".

No hay comentarios: