Por lo visto el gobierno y los grandes intereses que se mueven detrás del mismo no cejan en su empeño de desconocer, violándolo, el párrafo sexto del artículo 27 de la Constitución. Al respecto primero fue la nueva Ley Reglamentaria del artículo 27, permitiendo contratos en abierta oposición al propio Texto Supremo. Para impedirlo se dio la batalla en el Senado de la República, aunque con resultados muy ambiguos. El hecho concreto es que en el párrafo sexto se lee a la letra: "Tratándose del petróleo... no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la Ley Reglamentaria respectiva". Lo que alegamos en su momento es que ésta, en su calidad de exclusivamente reglamentaria, no puede señalar cosa contraria a la prohibición de otorgar concesiones y contratos. Sin embargo el gobierno y sus defensores quisieron darle la vuelta sosteniendo de manera harto peregrina que una cosa es la "explotación" y otra distinta la "exploración", favoreciendo descaradamente la última. O sea, que según ellos es factible otorgar concesiones y contratos para "explorar", que no "explotar", lo concerniente al petróleo. ¡Absurdo juego de palabras! Y ahora regresan, dos años después, para promover los que se llaman contratos incentivados. ¡Siguen violando abiertamente la Constitución! Yo me pregunto si no les sería más "cómodo" modificar el párrafo sexto de la Carta Magna en vez de recurrir a tortuosas interpretaciones. ¿Por qué no lo hacen y "despejan" el camino para hacer más productivo a PEMEX? Pero no, prefieren omitir que hay una Constitución más clara en la especie que el agua transparente. La verdad es que una nueva relación de la paraestatal con el sector privado, a través de los contratos incentivados, pondría en grave riesgo la soberanía sobre nuestros recursos privados. Se dice que el Director General de PEMEX, junto con su equipo, está de manteles largos por el gran paso que va a dar la paraestatal para ingresar en la era en que se mueven los gigantes petroleros, pasando por alto un "pequeño detalle", la Constitución. Puede que no les importe y hasta me atrevo a suponer, sólo a suponer, que con (su) razón. ¿Para sus fines es un estorbo el párrafo sexto del artículo 27 constitucional? ¿Por qué no lo eliminan? Sin duda porque de alguna manera intuyen, saben, sospechan, que es algo intocable... aunque lo toquen y maltraten. A mi ver es una especie de juego siniestro, de malabarismo retórico. ¿Y el Senado? Al margen de la resolución que tomara hace dos años, cuando consultó a especialistas al respecto de la interpretación constitucional del texto supremo, no debe permitir que se burle la letra de la Ley Suprema. Muchos pregonan paladinamente que lo de la defensa de la soberanía nacional, en el caso de nuestra riqueza petrolera, corresponde a un criterio decimonónico, obsoleto y ya rebasado por los tiempos modernos de la globalización. Es decir, proponen -¿o no?- fragmentar la soberanía, dividirla y casi, casi, distribuirla. Llama la atención cómo los observadores y comentaristas del asunto llevan y traen argumentos, puntos de vista, opiniones, olvidando que hay una Constitución a la que ni por asomo citan. Es algo semejante a la ley del hielo y a lo sumo dan por entendido que hay por allí una nueva Ley Reglamentaria que resuelve el problema, si es que lo hay. Yo no sé por ejemplo cómo le haya ido a Cuba con sus "Production Sharing Contracts", donde en la participación intervienen el gobierno y los contratistas, pero lo que sé es que en México hay en la materia una Constitución terminante, categórica, que prohíbe otorgar concesiones y contratos; a pesar de lo cual se reconoce que PEMEX opera dentro de un esquema en el que los contratistas (?) no han tenido más incentivo que cobrar muy caro a la paraestatal, lo que provoca una especie de política rentista corrupta.
Ahora bien, los defensores de la violación del párrafo sexto del artículo 27 de la Constitución, sin duda amparándose en la nueva Ley Reglamentaria de suyo inconstitucional, sostienen que con los contratos incentivados PEMEX podrá recuperar el petróleo en los pozos maduros, aparte de incursionar en Chicontepec y después llegar hasta las aguas profundas. Claro, ronda el fantasma de las gigantescas multinacionales como Halliburton y Schlumberger en su ansia por controlar el nuevo mercado. No dudo que en un sentido exclusivamente económico convengan aquellos contratos, razón por la que habría que revisar con el mayor cuidado la política de explotación petrolera de México. No obstante es imposible soslayar el mandato del párrafo sexto del artículo 27 constitucional, que es lo que se ha hecho. Si les estorba que lo quiten, con todas sus consecuencias jurídicas, históricas y políticas. Pero si lo dejan que lo respeten. El niño Dios nos escrituró un establo de acuerdo con la bella metáfora de López Velarde, establo del que proviene, bien que mal, nuestra riqueza ganadera y en consecuencia agrícola. Pero a su vez el diablo nos escrituró los veneros de petróleo. ¡Cuidado! El poeta sabía lo que decía y sentía porque diabólicas son las grandes tentaciones de vender nuestra riqueza petrolera al mejor postor -no importa que disimuladamente-, de permitir que intereses ajenos la manipulen y de ignorar una Constitución harto burlada, pilar y sostén del Estado de Derecho (expresión que ya comienza a causar serias dudas). Lo sorprendente, por decir lo menos, es el fenómeno que se está dando de un tiempo a la fecha, o sea, el desdén por la Constitución independientemente de homenajes, discursos y panegíricos. Sucede aquí lo mismo que cuando no se quiere hablar de algo, pero que de cualquier manera flota en el aire. ¡Los contratos incentivados o cualquier otra clase de contratos están prohibidos por la Constitución! Y es el colmo de la argumentación insubstancial -mezcla de paralogismos y sofismas- sostener que la Constitución prohíbe lo "contratos", punto; pero no los "contratos incentivados" (lo que en labios de conspicuos representantes de la academia oí hace dos años en el Senado de la República).
¿Hasta cuándo seguiremos viendo que en México la Constitución es letra muerta y que si la reviven con respiración medio artificial es para volverla a matar o de plano rematar?
Ahora bien, los defensores de la violación del párrafo sexto del artículo 27 de la Constitución, sin duda amparándose en la nueva Ley Reglamentaria de suyo inconstitucional, sostienen que con los contratos incentivados PEMEX podrá recuperar el petróleo en los pozos maduros, aparte de incursionar en Chicontepec y después llegar hasta las aguas profundas. Claro, ronda el fantasma de las gigantescas multinacionales como Halliburton y Schlumberger en su ansia por controlar el nuevo mercado. No dudo que en un sentido exclusivamente económico convengan aquellos contratos, razón por la que habría que revisar con el mayor cuidado la política de explotación petrolera de México. No obstante es imposible soslayar el mandato del párrafo sexto del artículo 27 constitucional, que es lo que se ha hecho. Si les estorba que lo quiten, con todas sus consecuencias jurídicas, históricas y políticas. Pero si lo dejan que lo respeten. El niño Dios nos escrituró un establo de acuerdo con la bella metáfora de López Velarde, establo del que proviene, bien que mal, nuestra riqueza ganadera y en consecuencia agrícola. Pero a su vez el diablo nos escrituró los veneros de petróleo. ¡Cuidado! El poeta sabía lo que decía y sentía porque diabólicas son las grandes tentaciones de vender nuestra riqueza petrolera al mejor postor -no importa que disimuladamente-, de permitir que intereses ajenos la manipulen y de ignorar una Constitución harto burlada, pilar y sostén del Estado de Derecho (expresión que ya comienza a causar serias dudas). Lo sorprendente, por decir lo menos, es el fenómeno que se está dando de un tiempo a la fecha, o sea, el desdén por la Constitución independientemente de homenajes, discursos y panegíricos. Sucede aquí lo mismo que cuando no se quiere hablar de algo, pero que de cualquier manera flota en el aire. ¡Los contratos incentivados o cualquier otra clase de contratos están prohibidos por la Constitución! Y es el colmo de la argumentación insubstancial -mezcla de paralogismos y sofismas- sostener que la Constitución prohíbe lo "contratos", punto; pero no los "contratos incentivados" (lo que en labios de conspicuos representantes de la academia oí hace dos años en el Senado de la República).
¿Hasta cuándo seguiremos viendo que en México la Constitución es letra muerta y que si la reviven con respiración medio artificial es para volverla a matar o de plano rematar?
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