miércoles, 2 de febrero de 2011

EMPATE EN LA CORTE

JAVIER CORRAL JURADO

Al igual que la Cámara de Diputados en el caso del nombramiento de nuevos consejeros del IFE, el Senado ha retrasado indebidamente la selección de un ministro de la SCJN que sustituya al ministro José de Jesús Gudiño Pelayo. Tanto al IFE como a la Corte, esas vacantes los han metido en problemas. Las televisoras han impugnado ante el Trife algunas resoluciones del IFE, aduciendo una ilegal conformación del comité de radiodifusión del organismo. Hasta ahora, esa argucia no ha prosperado. En la Corte la resolución de asuntos de trascendencia ha quedado trunca por la falta del undécimo ministro que desempate las votaciones. Se alarga la exigencia de justicia y certidumbre jurídica en una Corte de por sí lenta y sobrecargada de trabajo. La semana pasada, la primera sala empató dos votos a dos los amparos en revisión 14/2010 y 15/2010 (datos sensibles) en torno de un caso de violación a un niño en el Colegio San Felipe en Oaxaca, uno de los casos más estrujantes de pedofilia. Detenida una maestra cómplice, la responsable de tomar al niño de la mano y conducirlo con dos violadores —prófugos desde hace cuatro años—, le fue confirmada su culpabilidad en el delito de violación equiparada en diversas instancias, de lo que está a punto de librarse si el ministro que llegue desempatara a su favor, pues, de tener una clara mayoría, el caso pasó al empate toda vez que el ministro José Ramón Cossío ha dado un giro a su posición original hacia un voto concurrente. El otro empate se dio ayer al revisar la primera parte del juicio de amparo promovido por el “grupo de los intelectuales” y el Consejo Coordinador Empresarial, en el que piden la procedencia del juicio de garantías en contra de reformas constitucionales que vulneren el procedimiento legislativo. El resto del amparo pide la inconstitucionalidad de la reforma electoral de 2007, sobre todo en la disposición que en el Art. 41 determinó: “Ninguna persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos ni a favor ni en contra de partidos políticos o de candidatos”.

En la revisión de la cuestión formal, los ministros se dividieron en una votación de cinco a cinco, por lo que el asunto quedó pendiente hasta que se integre el nuevo ministro y, con su voto, desempate, lo que, de confirmarse en favor del amparo, constituiría un avance en la tutela de derechos humanos, y un fortalecimiento de la vida parlamentaria y legislativa de nuestro país, y obligaría a los congresos a observar rigurosamente plazos y normas constitucionales para reformar las mismas. Y así como dentro de una resolución puede venir un bien, podría haber una regresión si se concediera la inconstitucionalidad de la norma. Sería un retroceso en la lucha por la democracia, la equidad y la transparencia de nuestros procesos electorales, que tanto trabajo han costado construir. Expreso mi rechazo a la postura del grupo de intelectuales que, en conjunto o no con los intereses de las televisoras, buscan revertir la disposición, alegando un atentado a la libertad de expresión. En efecto, la reforma constituye una restricción, pero no a la libre manifestación de ideas, sino a la libertad de comercio sólo en contratación de propaganda electoral, únicamente en medios electrónicos, y sólo si pretende influir en las preferencias electorales. Eliminar esa taxativa volvería a abrir la puerta al dinero privado de los más poderosos hombres de negocios del país, incluso del narcotráfico, para influir en los procesos electorales, lo que trastocaría la equidad en las contiendas, dada la brutal desigualdad del ingreso en nuestro país. Sostengo que esa pretensión de los intelectuales, en el fondo, es una defensa del modelo mercantilista en que la mayoría del conjunto concesionario de radio y televisión basa su modus operandi, y que hace que el derecho de acceso a los medios dependa de quien tenga más dinero. Ojalá que la Corte recupere su discusión en torno de la acción de inconstitucionalidad de la Ley Televisa, en la que con claridad desarrolló desde las mismas bases constitucionales, la función social de la radiodifusión. La Asociación Mexicana de Derecho a la Información, defensora de la libertad de expresión, ha señalado que la reforma libera al ejercicio de la política, y a la construcción de la democracia, de la dominación que impone tarifas, intereses y exigencias de los consorcios comunicacionales. Que en todo caso, lo que limita es la capacidad de las empresas para influir en elecciones y en la vida pública nacional. Hasta ahora, la posibilidad de vender a precios inferiores —o superiores— sus tarifas comerciales, les ha permitido a esas empresas favorecer a algunos y discriminar a otros interesados en contratar espacios de esa índole. Ojalá que la Corte recobre su funcionamiento completo y que la llegada del nuevo ministro sea una afirmación de su compromiso con la justicia, los derechos humanos y la democracia.

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