jueves, 10 de febrero de 2011

LOS TRES PODERES EL PODER DE LA CONSTITUCIÓN

RAÚL CARRANCÁ Y RIVAS

El 5 de febrero los representantes de los tres Poderes de la Unión coincidieron en la imperiosa necesidad de respetar la Constitución y aplicarla, junto con las leyes secundarias, sin preferencias partidistas y con absoluta igualdad. Desde luego no descubren nada nuevo, lo reafirman. Lo que pasa es que en el México de nuestros días hay una lamentable y hasta dramática distancia entre aquellos deseos o afirmaciones retóricas y la cotidiana realidad, entre el "kratos" (poder) y el "ethos" (moral), retomando dos conceptos básicos de la concepción democrática clásica. Lo cierto es que la Constitución y las leyes que de ella emanan no se respetan ni aplican por la frecuente intervención de preferencias partidistas, de odiosas desigualdades y recomendaciones ajenas al Derecho. Comenzando por la Constitución hay que recordar la enorme complejidad de su aplicación e interpretación. Sus principios y postulados, de fácil lectura e incluso comprensión, tropiezan con los ulteriores razonamientos que de ellos se derivan. Se trata aquí de la ciencia y del arte del Derecho. En tal virtud la presencia de los jueces, magistrados y ministros se vuelve un factor imprescindible en la impartición de justicia; y este es un primer problema, a mi juicio, porque ellos no son siempre doctos en Derecho ni tampoco honestos, permitiendo con frecuencia presiones e influencias que enturbian esa impartición. La Carta Magna establece con impecable claridad en su artículo 49 que: "El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial". Al respecto yo siempre he pensado que debería decir: "Legislativo, Judicial y Ejecutivo". ¿Por qué? Porque siendo como somos un Estado de Derecho primero se legisla, después se sentencia o resuelve conforme a la ley y por último se ejecuta ésta, igual que todas las disposiciones del Poder Judicial. O sea, el legislador hace lo que tiene que aplicar el juez y ejecutar el Poder Ejecutivo. En otros términos, dicho Poder en su condición de autoridad se halla sometido al Legislativo y al Judicial, a la Constitución y a las leyes que de ella emanen lo mismo que a las resoluciones de los tribunales. Esto es lo que prescribe nuestra Carta Magna. Ahora bien, el problema estriba en cómo legisla el legislador, cómo juzga el juez, cómo ejecuta el Poder Ejecutivo y principalmente el depositario del ejercicio de ese Supremo Poder Ejecutivo de la Unión, que es el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; resultando evidente que no opera la Ley Suprema si hay fallas en el esquema constitucional referido. La pregunta es si las hay en México y en qué grado. Por supuesto que sí, y muy graves.
Muy graves, en efecto. En primer lugar es indiscutible la impreparación de la mayoría de los legisladores en su materia, que es precisamente legislar, hacer leyes, para lo cual se requiere un mínimo conocimiento del Derecho. A ello contribuyen varios factores: la inadecuada selección de los candidatos al Congreso de la Unión o a los congresos de los Estados, la preponderancia de los intereses políticos sobre los jurídicos en la tarea de legislar, el partidismo que prevalece en las cámaras con el resultado de leyes deficientes e incluso contrarias a la letra y al espíritu de la Constitución. Y en el terreno de los otros dos Poderes la imperfecta y hasta viciada designación de los ministros de la Suprema Corte de Justicia -por la absurda intervención del Presidente de la República, que rompe el equilibro de los Poderes-, ministros que a su vez conforman el Consejo de la Judicatura Federal (Corte y Consejo en los que se designan y vigilan jueces y magistrados), y claro, la constante extralimitación en sus facultades y atribuciones de parte del titular del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión; agregando que toda proporción guardada lo mismo sucede en los Estados del interior del país. Y a manera de telón de fondo he allí nuestra democracia con sus defectos e imperfecciones de "tránsito ideológico" (el domingo pasado en Baja California Sur contendieron un panista que fue perredista y un miembro del Partido Nueva Alianza que antes era priista y después se volvió perredista), defectos e imperfecciones, digo, entre los cuales destaca, al margen de ciertos progresos en la especie, un abusivo presidencialismo que esquiva con "habilidad" deberes y obligaciones constitucionales. En suma, ¿no merece la Constitución respeto y acatamiento auténticos aparte de los homenajes retóricos? Además el verdadero homenaje consistiría en aplicar sin desviaciones, simulaciones o torcidas interpretaciones, su Título Cuarto, "De las Responsabilidades de los Servidores Públicos y Patrimonial del Estado", tanto en lo relativo al juicio político como en lo penal, ya que contiene recursos constitucionales para exigir la obligación de reparar y satisfacer los daños causados a la Carta Magna por aquellos servidores. Pero no, se viola la Constitución impasiblemente, los legisladores no corrigen sus defectos palpables y a la vista, algunos jueces y ministros -¡nos consta!- abusan de la interpretación con sofismas y paralogismos que a lo mejor les han sugerido, y el Poder Ejecutivo, personificado, ignora paladinamente la protesta que ha rendido en su calidad de servidor público de cumplir y hacer cumplir la Constitución.
¿Dónde queda el poder de la Constitución? ¿Dónde la palabra constitucional? Tal vez perdida, extraviada, entre las palabras altisonantes de los homenajes.

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