miércoles, 23 de febrero de 2011

OTRAS NORMAS NACIONALISTAS EN EL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL

CARLOS ARELLANO GARCÍA

Para completar el panorama de defensa de los intereses patrios a través del empleo de normas jurídicas, es pertinente agregar a las disposiciones que se mencionaron en el artículo de fondo anterior, importantes preceptos que respaldan lo que pertenece a nuestro país.
Así, cabe mencionar que, el artículo 27 de nuestra Carta Magna, en el párrafo cuarto, indica que: "Corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas. Esta disposición aparece breve pero, su alcance es de enorme magnitud. En efecto, la plataforma continental está constituida por el lecho del mar y el subsuelo debajo de ese lecho, en las zonas contiguas a las costas mexicanas y que se adentra en el mar hasta una profundidad de doscientos metros. En la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, suscrita en Montego Bay, Jamaica, el 10 de diciembre de 1982 y que entró en vigor el 16 de noviembre de 1994, se define la plataforma continental de la manera siguiente: "La plataforma continental de un Estado ribereño comprende el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá de su mar territorial y a todo lo largo de la prolongación natural de su territorio hasta el borde exterior del margen continental, o bien hasta una distancia de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial, en los casos en que el borde exterior del margen continental no llegue a esa distancia. El Estado ribereño ejerce derechos de soberanía sobre la plataforma continental a los efectos de la exploración y la explotación de sus recursos naturales. Nuestro país, que tiene un territorio de tierras emergidas de poco menos de dos millones de kilómetros cuadrados, posee una plataforma continental de medio millón de kilómetros cuadrados. He aquí la importancia singular de la plataforma continental y del artículo 27 constitucional.
Asimismo, el artículo 27 constitucional establece, en su octavo párrafo: "La Nación ejerce en una zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente a éste, los derechos de soberanía y las jurisdicciones que determinen las leyes del Congreso. La zona económica exclusiva se extenderá a doscientas millas náuticas, medidas a partir de la línea de base desde la cual se mide el mar territorial. En aquellos casos en que esa extensión produzca superposición con las zonas económicas exclusivas de otros Estados, la delimitación de las respectivas zonas se hará en la medida en que resulte necesario, mediante acuerdo con estos Estados." En la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar se define la zona económica exclusiva como un área situada más allá del mar territorial, adyacente a éste, sujeta a régimen jurídico específico establecido en las disposiciones de la Convención; respecto a la situación que corresponde a los derechos y la jurisdicción del Estado ribereño, así como los derechos y libertades de los demás Estados, el Estado ribereño tiene derechos de soberanía para los fines de exploración y explotación, conservación y administración de los recursos naturales, tanto vivos como no vivos de las aguas suprayacentes al lecho y del lecho y el subsuelo del mar, y con respecto a otras actividades con miras a la exploración y explotación económica de la zona, tal como la producción de energía derivada del agua de las corrientes y de los vientos.
A nuestro país, dado que tiene una extensión aproximada de diez mil kilómetros lineales en sus litorales, alrededor de su territorio, le corresponde una zona económica exclusiva de tres millones de kilómetros cuadrados, debidamente reconocidos según la referida Convención y conforme al artículo 27 constitucional.
De los datos que anteceden se desprende la trascendencia mayúscula del artículo 27 constitucional en lo marítimo y corresponde a generaciones actuales y futuras conservar, aprovechar y proteger lo que pertenece a nuestro país.

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