viernes, 29 de abril de 2011

REFORMA POLÍTICA

JOSÉ WOLDENBERG KARAKOSKY


Al parecer, una batería de modificaciones constitucionales será aprobada por el Senado. Se trata de una zona de convergencia entre las bancadas que fueron capaces de dejar a un lado los temas que las dividían. Sin embargo, para hacerse realidad tendrán que pasar por la Cámara de Diputados y los congresos locales y todo parece indicar que ello no sucederá en la presente temporada legislativa. El paquete va más allá de los tradicionales ajustes electorales que en los últimos 35 años han acaparado la atención del Congreso e incursiona en asuntos que tienen que ver con el régimen de gobierno.
Ejecutivo y Legislativo. Se permitiría la reelección inmediata de legisladores federales: por un periodo más (12 años) los senadores, y por dos periodos más los diputados (9 años). En un sistema competitivo, la reelección es una posibilidad sujeta a la sanción de los electores y no un trámite automático, y será útil para profesionalizar su labor. Hoy que el Congreso ha adquirido una enorme centralidad es bueno que no se dilapide la experiencia adquirida en la legislatura anterior.
Se establece además que la Cámara de senadores deberá ratificar las designaciones de los comisionados que el Ejecutivo realice en la Cofetel, Cofeco y Comisión Reguladora de Energía. En otro orden, pero que también impacta la relación entre poderes, el Ejecutivo podrá "observar" el Presupuesto y tendrá para ello 10 días hábiles, luego de lo cual la Cámara de Diputados tendrá otros 10 días hábiles para desahogarlo y se requerirá de 2/3 partes de los votos para confirmarlo y reenviarlo al Presidente para que lo publique.
El Presidente, por su parte, podrá remitir al inicio de cada periodo ordinario dos iniciativas preferentes que deberán ser desahogadas por cada una de las Cámaras en 30 días. Las iniciativas -que no podrán ser de reformas constitucionales- pueden ser modificadas pero no podrán congelarse. Es una buena medida que obligará al Presidente a establecer sus prioridades y al Congreso a dictaminarlas.
Se modificarán los criterios para la integración de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Aunque parezca increíble en la capital se mantiene una mal llamada cláusula de gobernabilidad que convierte a una mayoría relativa de votos (30 por ciento) en mayoría absoluta de diputados. Ahora se requerirá de por lo menos el 40 por ciento de la votación para ello. No se entiende por qué no se le equipara a la Cámara de Diputados.
Lagunas. Ante la falta absoluta del Presidente, asumiría provisionalmente sus funciones el secretario de Gobernación, el de Hacienda o el de Relaciones Exteriores (en ese orden de prelación). Si esa falta se produjera durante los dos primeros años de su gestión, el Congreso nombraría un Presidente interino y se llamaría a una nueva elección para terminar el encargo; y si sucediera en los últimos cuatro, el Congreso elegiría un Presidente sustituto encargado de finalizar la gestión. Contar con una suplencia automática tiene sentido, como dicen las consideraciones del dictamen, porque México ha dejado atrás el formato de un partido hegemónico y hoy ninguna fuerza política tiene mayoría en el Congreso por lo que el nombramiento del interino o del sustituto podría llevar tiempo.
Una consideración similar puede hacerse en relación a la reconducción presupuestal. Se trata de una previsión que resultaba innecesaria en los tiempos en que el Ejecutivo tenía asegurada mayoría de votos en el Congreso. Si en los tiempos fijados no se aprueba la Ley de Ingresos, "se mantendrá vigente la del año anterior", y si sucediera lo mismo con el Presupuesto, "continuará vigente... el del año anterior... únicamente respecto de los gastos obligatorios que señale la Ley".
Ciudadanos. Los ciudadanos podrán presentar proyectos de ley cuando la iniciativa se encuentre respaldada por el 0.25% de firmantes en relación a la lista nominal de electores. Es decir, se requerirán como 175 mil adhesiones para que la iniciativa pueda ser considerada. Es un estímulo para la participación ciudadana y un puente entre el Congreso y ésta.
Se agrega la figura de la consulta popular como fórmula de "democracia semidirecta". La podrán solicitar el Presidente, el 33 por ciento de los legisladores de alguna de las Cámaras o el 2 por ciento de ciudadanos en relación a la lista de electores. En el caso de las dos primeras requerirán ser aprobadas por el Congreso. La o las preguntas tendrán que ser revisadas antes por la Corte. Sus resultados serán vinculantes si participa por lo menos el 40 por ciento más uno de los ciudadanos y se realizarán el día de la elección federal.
Se abre paso a las candidaturas independientes que tendrán que ser reguladas en el Cofipe. El dictamen apunta que dicha reglamentación deberá incluir temas como el de un respaldo mínimo de ciudadanos, derechos y prorrogativas, representantes y responsables, mecanismos de financiamiento y acceso a los medios y a la justicia electoral. Cuando se regulen tendremos nuevos partidos que no quieren reconocerse como tales.

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