lunes, 18 de abril de 2011

LOS CONFLICTOS DEL TRIBUNAL ELECTORAL

JOHN MILL ACKERMAN ROSE
Con el caso de la polémica cena en casa de María del Carmen Alanís Figueroa, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) han vuelto a demostrar que su preocupación principal no está en la impartición de justicia, sino en la protección de intereses inconfesables. En lugar de aprovechar la discusión suscitada la semana pasada para establecer nuevas reglas de comportamiento, los magistrados garantizaron no sólo la total impunidad de la magistrada presidenta, sino que sentaron un muy negativo precedente para que otros funcionarios electorales actúen libremente sin temor a represalias frente a acusaciones sobre posibles conflictos de interés. De ahora en adelante, todos los servidores públicos, tanto del TEPJF y el Instituto Federal Electoral (IFE) como de los institutos y tribunales de las entidades federativas, tienen permiso para reunirse con cualquier actor político, social o gubernamental en el momento que sea, hora o lugar para tratar todo tipo de asuntos. El único límite será cuidar las formas para que no parezca que se estén presentando alegatos jurídicos ante el funcionario correspondiente. Asimismo, de acuerdo con la decisión del TEPJF, habría que tomar todas las medidas necesarias para asegurar la más absoluta opacidad respecto del contenido de las reuniones. De lo contrario, algún periodista latoso podría cometer el sacrilegio de insinuar conductas indebidas que pongan en duda la pureza de los más altos juzgadores en materia electoral del país. Así como el Acuerdo para la Cobertura Informativa de la Violencia de Iniciativa México busca meter la sangre bajo la cama en lugar de acabar con ella, hoy la resolución del TEPJF (SUP-IMP-1/2011) busca esconder los conflictos de interés en lugar de expulsarlos de raíz en la impartición de justicia. Se ratifica así, una vez más, la República de la Simulación que impera en México y que tanto daño ha causado a las instituciones y a la población. Alanís jamás ha negado la celebración del convite en su casa el 9 de marzo con Luis Videgaray –ahora presidente del PRI en el estado de México y coordinador de la campaña de Eruviel Ávila–, Sebastián Lerdo de Tejada, representante del PRI ante el Instituto Federal Electoral (IFE); Marco Antonio Baños, ex socio de Alanís en DEMOS consultores y hoy consejero electoral del IFE cercano a Manlio Fabio Beltrones, y Enrique Ochoa, subordinado de Alanís, ex integrante del Consejo Político Nacional del PRI y aspirante a un lugar en el Consejo General del IFE. Incluso, la magistrada se precia de realizar este tipo de reuniones, que pomposamente define como esfuerzos para tender puentes institucionales con diversos actores políticos, así como para intercambiar opiniones o puntos de vista sobre temas relacionados con el contexto político, institucional o social del país, sin una agenda temática fija y sin escuchar alegatos sobre asuntos jurisdiccionales pendientes de resolución. Alanís espera que los ciudadanos seamos suficientemente ilusos para creer que a lo largo de aquella cena los invitados no hablaron en ningún momento de uno de los casos más importantes que hoy examina el TEPJF, y que involucra directamente al PRI: el señalamiento realizado por el IFE a Enrique Peña Nieto por violar la Constitución con la transmisión nacional de los promocionales de su quinto informe de labores. En lugar de simplemente endurecer el gesto y negar categóricamente cada uno de los señalamientos, Alanís debería informar sobre todos y cada uno de los detalles de la cena en cuestión. ¿Quiénes exactamente estuvieron en la reunión? ¿Cuáles fueron específicamente los puentes institucionales construidos? ¿Cuáles fueron los puntos de vista y opiniones expresados sobre el contexto nacional? Igualmente, habría que comparar las respuestas de la magistrada con las de los otros asistentes en la reunión, a quienes habría que llamar a comparecer, para confirmar sus dichos o, en su caso, descubrir contradicciones. Por ejemplo, un detalle de suma importancia es que Alanís afirma que ella sufragó todos los gastos de la cena. Por lo tanto, supuestamente no se actualiza el causal de impedimento incluido en el artículo 146, IX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación que prohíbe asistir, durante la tramitación del asunto, a convite que le diere o costeare alguno de los interesados. No obstante, la magistrada no ha entregado las facturas de los gastos u ofrecido prueba alguna de su dicho. Es más, no existe siquiera una referencia general a este encuentro en la agenda pública de la magistrada correspondiente al 9 de marzo. Lo que sí está a los ojos de todos es que Alanís, por lo menos, violó de manera flagrante el Código de Ética del Poder Judicial de la Federación, que explícitamente exige a los juzgadores abstenerse de citar a las partes o personas vinculadas con ellas, fuera de las oficinas del órgano jurisdiccional en el que ejerza su función. Sin embargo, en lugar de reprender a su colega por esta violación o investigar los detalles del encuentro para juzgar sobre la existencia de violaciones aún más graves a la normatividad, el pleno del TEPJF simplemente ha decidido dar carpetazo al asunto. Con decisiones como la comentada, Alanís Figueroa podrá participar en la resolución del caso de los espots de Peña Nieto, pero será cada vez más difícil que el TEPJF en su conjunto recupere la confianza de la ciudadanía.

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