Hay infracciones a la ley que si no se les ataja (casi) de inmediato difícilmente se pueden subsanar. En esos casos, la única vía para que la justicia sea tal es que sea expedita, porque su retraso deja una huella irreparable. Se trata, por ejemplo, de las campañas calumniosas en contra de una persona. Por ello, la reforma electoral del 2007 diseñó un "procedimiento espacial sancionador" (pes) que intenta acelerar el desahogo de una queja de ese tipo, así como cuando se violen disposiciones en materia de radio y televisión, se realicen actos anticipados de campaña o de precampaña o los funcionarios públicos trastoquen la equidad en la competencia.Suena lógico. Pero desde que se anunciaron las reformas dos dudas se hicieron presentes: a) la posibilidad de erosionar la libertad de expresión y b) las repercusiones para el IFE.En relación a la primera, los criterios que paso a paso viene afinando el IFE, más allá de algunos momentos erráticos (como querer censurar expresiones en internet), ponen las cosas en su lugar. El Instituto ha dicho que "los partidos pueden, y aún deben, realizar propaganda exaltando o criticando programas sociales de gobierno. (Pero) por el contrario, los gobiernos, cualquiera que sea su nivel... están impedidos para ligar su publicidad con algún partido o candidato...". Los partidos deben discutir, criticar, apoyar; los funcionarios deben ser imparciales. La única limitación para los partidos y sus candidatos es la de abstenerse de denigrar a otros partidos y a las instituciones o de calumniar a las personas, pero la valoración de cada caso "es siempre casuística, contextual y contingente y el procedimiento deberá iniciarse siempre a petición de la parte agraviada". El IFE en esos casos no actúa de oficio, sino a solicitud de parte. No es un censor sino que atiende la inconformidad de alguien. Y "un criterio clave es... distinguir la crítica severa de la calumnia y la denigración... La libertad de expresión se agota allí donde la propaganda acusa al adversario de conductas tipificadas penalmente...". (Informe. Secretaría Ejecutiva). Como en todo el mundo, los criterios para atender ese tipo de infracciones se modulan a través de resoluciones sucesivas.Pero más allá de que la propia actuación del IFE y el Tribunal vayan afinando los criterios que intentan armonizar la libertad de expresión y el derecho a no ser calumniado, resulta pertinente preguntarnos ¿el "pes" está fortaleciendo o debilitando al IFE?Ese procedimiento especial somete al IFE a una presión especial. Porque a más tardar en cinco días debe resolver cada caso, lo que a su vez supone analizar la denuncia, "dictar el acuerdo de inicio, de desechamiento o de incompetencia", requerir información complementaria, determinar -si así lo juzga- medidas cautelares, emplazar al presunto infractor, realizar una audiencia en la que se presentan pruebas y alegatos, valorar las pruebas, formular una resolución, presentarla al Consejo General y que éste resuelva. Toda la tramitación está a cargo de la Secretaría Ejecutiva y la resolución debe ser del Consejo. Lo que obliga a la Secretaría a convertirse en un juez veloz de no pocos litigios entre partidos, y al Consejo a sesionar a cada rato. (Algo similar sucede en los consejos distritales).De octubre de 2008 al 12 de junio de 2009, el IFE ha desahogado 445 quejas de un total de 638 presentadas por la vía del "pes". De esas 63 las ha resuelto el Consejo General y 382 los Consejos Distritales. El número de quejas y su necesaria tramitación de manera rápida ha propiciado que el Consejo General haya sesionado hasta cinco veces en una semana.Recordemos que el IFE tiene dos tipos de encargos: a) organizar las elecciones y b) ser "juez de primera instancia" en los litigios entre partidos y fiscalizador de los recursos de esas "entidades de interés público". En la primera arena el IFE y los partidos, no sin esfuerzos, pueden alinearse en una misma perspectiva. Se supone que a todos conviene que los eslabones electorales estén bien diseñados y operados, desde el padrón hasta el cómputo de los votos. Pero en los litigios entre partidos, el IFE, por la propia naturaleza de los mismos, nunca puede dejar satisfechas a las partes. Mientras quien acusa desea que se sancione, la parte acusada quiere ser absuelta. Y si a ello sumamos que en la propia mesa del Consejo General se encuentran -y es bueno que así sea- representantes de las partes en pugna, no resulta difícil imaginar las tensiones connaturales a esa tarea.De esa manera, el corto tiempo para resolver, la naturaleza de los litigios y la presencia de los partidos en el Consejo General inyectan altas dosis de tensión entre el IFE y los partidos. ¿No sería mejor entonces que al famoso "pes" lo desahogaran primero las salas regionales del Tribunal y en última instancia la sala central del mismo? Sobre todo ahora que la Junta de Coordinación Política del Senado anunció una nueva ronda de ajustes en la materia.
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