domingo, 5 de septiembre de 2010

¿TIENE DERECHO EL NACITURUS?

JULIÁN GÜITRÓN FUENTEVILLA

(Primera de dos partes)
Para dar respuesta a esta interrogante, debemos decirle a nuestros distinguidos lectores que nos referimos al concebido no nacido; a quien está en el seno materno y tiene una protección jurídica. Nasciturus significa también el no nato, el que es un producto protegido por el Código Civil, mientras está en el seno materno y que si nace muerto, nunca fue persona; por el contrario, si resulta vivo y viable; es decir, nace con la capacidad de convertirse en persona física jurídica, la ley, por una ficción legal, lo considerará como tal, desde que fue engendrado, desde que fue concebido, desde que, como opinan algunos juristas, empezó a haber vida en el claustro materno. Sea como fuere, si hablamos del que está como objeto en el vientre de una mujer, tendrá la protección de la ley y ésa será su naturaleza jurídica; es decir, un objeto que se le sujeta a una condición suspensiva, para que, al ser desprendido enteramente del seno materno y tener la posibilidad de autonomía de vida por más de 24 horas, será persona, se convertirá en un sujeto de derechos y obligaciones; igualmente ocurrirá si es viable, lo cual quiere decir que tenga la aptitud de nacer vivo y que de inmediato se le inscriba en el Registro Civil, trámite que incluso se puede subsanar, teniendo al pie de la cama de la parturienta, al propio juez de la materia, quien inscribirá el hecho que ha ocurrido en su presencia, que ha nacido vivo aquél que era producto que devino en sujeto y aunque muera a la hora de haber nacido y se le hubiera inscrito en la institución señalada, será persona e incluso para inhumarla, será necesario expedirle un acta de defunción. Reiteramos, en los otros supuestos, específicamente nacer muerto, después de los nueve meses de gestación, no se dará la calidad de persona, no será necesario expedir un acta de defunción y su naturaleza jurídica, lo que ese producto es y ha sido en derecho corresponde a una cosa; que en el caso específico, no llegaría de acuerdo con el Código Civil del Distrito Federal, una persona física jurídica.
*¿Tiene derechos?
Como lo dijimos anteriormente, y usted, distinguido lector, lo podrá deducir fácilmente, si hablamos de un objeto protegido por la ley, ése será su principal derecho, ya que ninguna persona puede atentar contra esa concepción, so pena de ser castigada desde el punto de vista del derecho penal, civil o familiar, como corresponda a la hipótesis en cuestión. Si el producto nace muerto, no tuvo derecho alguno, incluso si se le hubiere designado heredero en un testamento, porque al no haber reunido nunca, en su persona, esta calidad, es decir, personalidad para actuar en derecho, no pudo recibir y, en consecuencia, tampoco transmitir derecho alguno. Distinto será el supuesto del concebido, producto protegido por la ley, que nazca vivo y viable, porque en este caso se retrotraerán los efectos de su concepción, al día en que fue gestado y a partir de ahí -pensemos que sean los nueve meses- tendrá los derechos que, en un momento dado, hubieren sido consignados en un testamento, ya que vendrá a ser heredero e incluso si muere, transmitirá esos derechos a sus herederos, si los tuviere, lo que significa que los sucesores del autor de la herencia no tendrán derecho a la misma, porque los bienes se transmitieron a quien era 'nasciturus' y se convirtió en nacido, en persona, en heredero, que al morir transmitió, vía sucesión legítima, esos bienes a sus parientes más próximos en grado. También dijimos que el nacido vivo puede obligarse; es decir, contraer específicamente obligaciones, que tendrá que cumplir en su momento o por medio de su representante legal o quienes fueren los titulares de la patria potestad.
* Respuestas en el Canal Judicial con Pilar León Uribe e Hilda Pérez Carbajal
Dos distinguidas profesoras de derecho civil y derecho familiar de la Facultad de Derecho de la UNAM disertarán sobre el tema citado, el día 6 de septiembre en el canal de Cablevisión 112, Sky 639 o en el ámbito internacional por internet: www.scjn.gob.mx usted podrá ver y escuchar en el programa Derecho Familiar, que quien esto escribe tiene la responsabilidad de conducir, procurando hacerlo ameno y sobre todo de fácil acceso a quienes no poseen la ciencia del derecho o saben poco respecto a esta temática. Dada la preparación que además del derecho civil y familiar tiene en filosofía del derecho y derechos humanos, la profesora León Uribe será muy interesante y seguramente provocará reflexiones y nuevas preguntas, para determinar; verbigracia, cuándo empieza la vida en el seno materno; debemos acogernos a los principios religiosos o a los meramente civiles, jurídicos, especulativos, para saber si tiene o no personalidad jurídica el 'nasciturus'. Por su parte, la Dra. Hilda Pérez Carbajal y Campuzano expresó sus reservas sobre el tema, mantuvo firmes sus convicciones y subrayó los criterios jurídicos positivos vigentes, por encima de la especulación filosófica. Si usted nos hace el favor de sintonizar el Canal citado, además de ver, podrá participar si nos envía un correo electrónico a jguitron@derechofamiliar.net y nos plantea sus dudas, convicciones o en última instancia su sentir, podremos darle las respuestas adecuadas en el momento oportuno.
w Julián Güitrón, candidato a la Presidencia del Colegio de Profesores de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de la UNAM
Como le informamos a nuestros distinguidos lectores, el próximo jueves 9 de septiembre, a las 8:00 horas en punto, en la Casa Club del Académico de la UNAM, ubicada en la Av. Estadio no. 301, en Ciudad Universitaria, se elegirá a quién ocupará el honroso cargo de presidente del órgano citado. Igualmente, convoco por este medio a los profesores de nuestra H. Institución a que nos acompañen y sufraguen a nuestro favor, considerando fundamentalmente, como ya se los hice saber en la carta entregada anteriormente, que es indispensable para desempeñar con lealtad, honradez y entrega a este cargo, ser profesor de tiempo completo, académico, tener la vocación de servicio a la comunidad docente, a la Facultad de Derecho y, sobre todo, que los más de 100 miembros que lo integran sepan que por el bien del Colegio y para lograr sus metas, éste debe ubicarse físicamente dentro de las instalaciones de la Facultad de Derecho de Ciudad Universitaria y que el éxito de las gestiones y el otro de los objetivos para el Colegio requerirán, en su momento, la presencia permanente y constante, después de las elecciones, en el propio colegio, para que no sea o se pretenda que la labor de un solo hombre le pueda dar el brillo y lograr las metas que en esencia persiguen asesorar eficazmente y ofrecer consultoría en la creación, modificación, derogación o abrogación de las leyes civiles y familiares, que en su momento sean propuestas por la Asamblea Legislativa del DF, las Cámaras de Diputados de los estados y por el Congreso de la Unión.
En segundo lugar, si mis colegas, compañeros de cátedra, me favorecen con su voto, incrementaremos la presencia de nuestro Colegio en los medios masivos de comunicación, en los electrónicos y en las redes sociales. También nos hemos comprometido a tener una participación más activa en actos y eventos académicos, haciendo partícipes a todos los miembros del Colegio en la organización de conferencias, mesas redondas, debates, simposios, congresos nacionales e internacionales, diplomados, seminarios y talleres, en las diferentes materias que incluye el derecho civil, el derecho familiar y el derecho sucesorio.
Otro objetivo que hemos sometido a la consideración de nuestros compañeros maestros es, en su momento y dado el caso concreto, brindarles el apoyo académico requerido en los exámenes de oposición. Que sea una acción y no campaña de solidaridad fraterna, para asistirlos en la preparación de las evaluaciones citadas, para lograr la titularidad de una cátedra, brindándoles el apoyo y experiencia de los miembros del Colegio. En una palabra, que haya una retroalimentación entre quienes integramos la institución para superarnos día a día.
Escribir y publicar obras jurídicas es uno de los propósitos fundamentales de nuestro programa de trabajo, porque así contribuiremos a superar nuestro ámbito académico y, como consecuencia, elevar la práctica del derecho. Este propósito será una realidad, que se hará efectiva a través de las casas editoriales jurídicas del país, competentes en la materia. No es suficiente querer publicar un libro o tener la idea de hacerlo; es necesario saber cómo hacerlo. Contar con talleres de investigación, de redacción y estilo, de metodologías, lo que nos permitirá no sólo escribir verdaderos libros, no folletos que se pretenda tengan esta calidad, que además aquéllos se distingan por tener los más altos niveles de la literatura jurídica y que vayan satisfaciendo las necesidades de los nuevos planes y programas de estudio, como ha ocurrido con el que acaba de entrar en vigor en el mes de agosto del presente año, que exige, que necesita, que requiere, a la brevedad posible, nuevos textos que satisfagan las nuevas materias. Decíamos que un Colegio académico, de profesores, de investigadores, requiere tener raíces en la propia Facultad y que ahí sea su principal centro de operaciones; de otra manera, todos los propósitos señalados serán difícil de alcanzar si no logramos este objetivo.
Como uno de los resultados nuevos, positivos, del importante desayuno que llevamos a cabo el 3 de septiembre a las 8:00 de la mañana en la Casa Club del Académico, fue escuchar a todos los profesores que asistieron al mismo, quienes aportaron ideas, sugerencias, nuevos objetivos y de ellos vale la pena destacar que le daremos especial énfasis y atención al profesorado del Sistema de Universidad Abierta, para que se incorporen a dirigir tesis en el Seminario de Derecho Civil, a participar en los cursos de actualización y adoptar las mejores herramientas en las asesorías que ellos brindan, para que el resultado sea que también quienes forman parte del SUA sientan que el Colegio es de ellos, que pueden estar siempre presentes en él y recibir las bondades y beneficios que da una preparación integral, porque, como decíamos, para ser el presidente de este Colegio, hay que ser profesor de tiempo completo y dedicarse en cuerpo y alma a la docencia, a la investigación, la Facultad de Derecho, en una palabra a nuestra "Alma Mater", a la que, no nos canceremos de repetir, le debemos nuestra formación y lo que gracias a ella somos hoy en día para bien de México, de las familias mexicanas y, por supuesto, de la Universidad Nacional
XVI Congreso Internacional de Derecho Familiar
Por la trascendencia de este evento, en mi calidad de presidente del Comité Científico Internacional para la Organización de los Congresos de Derecho Familiar, institución que agrupa a 18 países de Europa y América, junto con el Comité Organizador del mismo, presidido por la primera dama de este país, hemos ampliado hasta el 30 de septiembre el plazo, para que más personas se puedan inscribir y registrar sus ponencias y participar activamente en esta reunión internacional. La página donde está toda la información del evento es http://www.congresodefamilia2010.org/.

No hay comentarios: