Con referencia a las inversiones extranjeras, es pertinente formular algunas consideraciones como un punto de partida y, sobre ese particular, tienen cabida las siguientes reflexiones:
1. En primer término, a una cosa inmaterial, como son las inversiones, se les atribuye la calidad de extranjeras. A ese respecto, algunos estudiosos de lo jurídico han expresado que la nacionalidad es una característica de las personas físicas y, respecto de las personas morales, existen algunos que la niegan, pero está más extendida la tendencia a negar la nacionalidad de las cosas. No obstante la existencia de la postura negativista, aunque las cosas carecen de personalidad jurídica es posible atribuirles nacionalidad. Sabemos que la nacionalidad es un vínculo jurídico entre personas físicas o personas morales con el Estado, en razón de pertenencia a ese Estado y no puede haber vinculación jurídica entre el Estado y las cosas, lo cual es totalmente cierto. Sin embargo, es posible establecer relaciones jurídicas entre una persona física o una persona moral en función de las cosas, atribuyendo a éstas nacionalidad y dando un tratamiento distinto a las personas, según que las cosas sean consideradas nacionales o extranjeras; esto se produce respecto de cosas nacionales o extranjeras como pueden ser buques, aviones, vehículos o mercaderías. De esa manera, se da un trato distinto a personas con prerrogativas sobre aviones, buques o mercaderías nacionales o extranjeras. Eso que ocurre alrededor de cosas materiales, también se produce respecto de cosas inmateriales como son: dinero representativo de cantidades diversas, títulos de crédito con valor diferente y también sobre capitales procedentes del país que tienen la nacionalidad de ese Estado y capitales procedentes del extranjero que se consideran de la nacionalidad del país de procedencia. Derivado del fenómeno de la admisión de la nacionalidad a los capitales que se invierten en un Estado determinado, se desprende la existencia de dos clases de inversiones: las nacionales y las extranjeras. 2. Las inversiones extranjeras normalmente proceden de países pertenecientes al mundo del desarrollo, en donde el numerario es abundante y hay muchos recursos pecuniarios que se invierten en el propio país pero, ante la saturación de inversiones, para que el capital sobrante no permanezca inactivo, se realizan inversiones en otros países, sobre todo en aquellos en la que es precaria la existencia de capitales, o sea, en países subdesarrollados, mismos que son favorables a aceptar capitales procedentes del exterior. 3. Las naciones desarrolladas económicamente, además de estar en condiciones de exportar capitales, son poseedoras del "know how" (saber hacer) y poseen la ciencia y tecnología necesaria para producir satisfactores más sofisticados, de mayor precio y que no pueden producirse en países subdesarrollados, de tal manera que tienen bastante aceptación las inversiones extranjeras para producir ese tipo de bienes. 4. A los inversionistas extranjeros les conviene invertir en países que representan un buen destino, en atención a que tienen insumos adecuados para producir artículos de zonas más desarrolladas y su mano de obra es más barata, de donde es posible obtener mayores ganancias. 5. Conviene a quienes realizan inversiones en el extranjero elegir como receptores aquellos países en los que las disposiciones jurídicas son favorables a los inversionistas, en lo legislativo, administrativo, fiscal y laboral. 6. También saben los inversionistas extranjeros que es posible que los productos elaborados en el país subdesarrollado se pueden exportar a países subdesarrollados cercanos al país receptor de las inversiones. 7. Los países receptores de inversiones extranjeras ven con agrado que se crean fuentes de trabajo y que se producen complementariamente capacitación y adiestramiento de la mano de obra. 8. Cuando cambian las circunstancias favorables a las inversiones extranjeras, en un país determinado, los inversionistas se trasladan a otro país donde las condiciones para los inversionistas son más favorables.
Lo anterior es una visión muy general de las inversiones extranjeras y no se pretende la exhaustividad.
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