jueves, 7 de julio de 2011

DESDEÑAN LOS JUECES LAS PRUEBAS CIENTÍFICAS: CALDERÓN

RAÚL CARRANCÁ Y RIVAS

En la inauguración del Laboratorio Central de Servicios Periciales de la Procuraduría General de la República, el pasado viernes 1º de julio, el Presidente criticó a los jueces que no reconocen las evidencias científicas aportadas por el Ministerio Público. Y más en concreto se quejó de los jueces que desechan evidencias "incontestables" a la luz de la opinión pública. Así mismo dijo que se trata (el reconocimiento de tales evidencias) de una "exigencia ética de honestidad y de compromiso con la justicia" y que "cada vez es más difícil que nos acepten pruebas, cada vez que hay un testigo siempre hay alguien que lo va a descalificar"; por lo que pidió a los jueces, al Poder Judicial, atender y analizar las evidencias científicas presentadas por la Procuraduría General de la República. Veamos. En todas partes se cuecen habas, en el Poder Legislativo, en el Ejecutivo -¡qué habas!- y en el Judicial, pero lo indudable es que un juez no puede reconocer ninguna evidencia científica ofrecida por el Ministerio Público si no va debidamente fundamentada y motivada, o sea, si no es acorde en la forma y en el fondo a los principios y garantías del procedimiento penal. Lo que significa que el Ministerio Público tiene la obligación constitucional de solicitar del juez lo que la ley ordene y no actuar motu proprio. Y por más valiosa, contundente o definitiva que sea una prueba pericial, carecerá de eficacia si no cumple con aquellos requisitos. Esto, cualquier abogado lo sabe o lo debe saber. En cuanto a la descalificación de los testigos, ella es parte esencial de la dinámica procesal hasta que el testigo sea aceptado. ¡De qué sorprenderse!
Ahora bien, por más sólida que sea una averiguación, incluida toda clase de pruebas, es el juez quien la califica con base en su arbitrio, que es la facultad de que goza igual que los magistrados para apreciar según su sano criterio determinadas pruebas o circunstancias. La llamada "interpretación con sentido humano" y el "derecho de la libre interpretación judicial" son de sobra conocidos en la doctrina, y en el Derecho Penal absolutamente aplicables dentro de los límites del principio de legalidad. El Ministerio Público somete a la consideración del juez la averiguación que ha concluido. Sin embargo mucho cuidado con suponer siquiera que un dictamen pericial, por más perfecto, pueda equivaler a la sentencia. Repito, se somete a la consideración del juez quien, ¡eso sí!, debe estar especializado; lo que implica la preparación de los jueces penales, que debe ser amplísima en el Derecho Penal. Por desgracia en muchísimos casos no lo es, deuda mayúscula que tiene el Estado mexicano con la impartición de justicia. Abundan los jueces impreparados, con los que lidiamos los litigantes, no sé si inmorales porque no me consta. El gran jurista florentino Piero Calamandrei, en esa joya de libro intitulado "El Elogio de los Jueces Escrito por un Abogado", dice: "Creo que la angustia más obsesionante para un juez escrupuloso ha de ser precisamente ésta: sentir, sugerida por la conciencia, cuál es la decisión justa, y no conseguir encontrar los argumentos para demostrarlo según la lógica" (cap. X, "Del Sentimiento y de la Lógica en las Sentencias"). Lo cierto es que a un juez se lo puede preparar en la lógica, pero no en los "sentimientos de la conciencia". El problema de fondo, pues, de los jueces, el último, el definitivo, no es de ciencia ni de lógica; es en cambio el de conciliar, o saber conciliar, conciencia con lógica y obtener así la decisión justa. Por eso las pruebas científicas se deben transformar en pruebas humanas en las manos del juez, pero él siempre sujeto a su brújula orientadora que es la Constitución, la norma suprema constitucional revelada en el espíritu de la Carta Magna. En conclusión, lo ideal sería un perfecto o casi perfecto binomio procesal, a saber, Ministerio Público y juez en busca de la verdad histórica y legal. ¿Es lo que habrá querido decir el Presidente?

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