martes, 26 de mayo de 2009

EJEMPLOS DE TRATADOS VIOLATORIOS DE LA CONSTITUCIÓN

CARLOS ARELLANO GARCÍA

A pesar de lo claro que resulta el artículo 133 constitucional cuando establece expresamente como requisito de los tratados internacionales que estén de acuerdo con la Constitución, y no obstante que los señores senadores deben cumplir con las normas constitucionales y no deben aprobar algún tratado internacional que vulnere alguna disposición contenida en nuestro documento supremo, suelen darse casos de aprobación de tratados conculcadores de nuestra ley fundamental. Un primer ejemplo que podemos citar de tratado con disposiciones contrarias a la Constitución está constituido por el de México y Estados Unidos referente a automóviles robados, celebrado en los años treinta del pasado siglo XX, y en donde, nuestro país se comprometió a devolver a la nación vecina unidades robadas, pero no se estableció como requisito previo la satisfacción de la garantía de audiencia prevista en el primer párrafo del artículo 14 constitucional. En los años ochenta del mismo siglo pasado se volvió a celebrar entre los países citados un nuevo tratado sobre automóviles y aeronaves robados, y de nueva cuenta, omitieron cumplimiento a la garantía de audiencia.Siendo dicho tratado inconstitucional, el adquirente de un vehículo robado en Estados Unidos en un remate judicial promovió amparo en contra del tratado, la autoridad judicial se lo concedió, por lo que no podía ser desposeído del vehículo. De esa manera, se daba cumplimiento a la norma jurídica superior en México, la Constitución, pero subsistió la norma internacional que obligaba a entregar el vehículo en Estados Unidos. En tal virtud, la Secretaría de Relaciones Exteriores ofreció al sujeto amparado pagarle un buen precio por el automóvil para dar cumplimiento al tratado y no originar para nuestro país la obligación de pagar una elevadísima indemnización en dólares. Así, se podía dar cumplimiento a la norma jurídica interna, y después a la norma jurídica internacional. Otro ejemplo de tratado violador de la Constitución está formado por la adhesión de México al Estatuto de Roma, que creó la Corte Penal Internacional, con varias disposiciones contrarias a la Constitución, y para salvar este antagonismo se les ocurrió a los senadores adicionar un quinto párrafo al artículo 21 constitucional en 2005, en el que se estableció: "El Ejecutivo federal podrá, con la aprobación del Senado en cada caso, reconocer la jurisdicción de la Corte Penal Internacional". Con este texto, presuntamente, los senadores pusieron "candados", pero es el caso que el Estatuto de Roma no permite reservas y, por tanto, nuestro país quedó sometido, sin ninguna restricción, a ese Estatuto, sin que el Senado tenga facultades para reconocer en cada caso la jurisdicción de la Corte Penal Internacional.En el Tratado de Libre Comercio de la América del Norte se pactó en gran medida el trato nacional a extranjeros, lo que es violatorio del artìculo 73 constitucional, fracción XVI, en donde se establece como facultad del Congreso de la Unión legislar sobre condición jurídica de extranjeros, lo que ya no puede hacer libremente, respecto de extranjeros canadienses y norteamericanos. Limitar así esa prerrogativa del Congreso resulta muy afectativa, pues establecía el jurista francés J. P Niboyet en los años veinte del siglo XX: "A cada país le corresponde establecer derechos y obligaciones de los extranjeros en su territorio. Si esto no fuera así, se afectaría la soberanía en lo que tiene de más sagrado".

No hay comentarios: