lunes, 13 de julio de 2009

EL PROBLEMA DE DEFINIR LA SOBERANÍA

CARLOS ARELLANO GARCÍA

Por la importancia que corresponde a la soberanía de cada Estado, en lo jurídico, autores nacionales y extranjeros, de diversas disciplinas jurídicas, han intentado definir ese derecho fundamental tan relevante, como es la soberanía, y sus esfuerzos se han visto frustrados porque se trata de algo sumamente importante, pero que presenta aristas muy singulares que llevan a debates y criticas.Sabemos de más de treinta definiciones de soberanía, lamentablemente no lo suficientemente idóneas, aunque sí aportadoras de conocimientos y reflexiones. Es factible aludir al pensamiento del jurista notable del Siglo XX, Hans Kelsen, quien manifestaba que un ente calificado como "soberano", ya sea una comunidad, un órgano o un poder, debe ser considerado como la más alta autoridad, sobre la que no puede existir otra que limite la función de la entidad soberana y que obligue al soberano. En su sentido original, la soberanía significa la más alta autoridad. Este criterio genérico, en Hans Kelsen tiene un enfoque especial: "Todos los Estados son miembros de la comunidad internacional, constituida por el Derecho Internacional general y, por lo tanto, están sometidos a ese Derecho". En el pensamiento de Hans Kelsen, aunque el Estado esté sometido al Derecho Internacional no deja de ser soberano, lo que le puede hacer perder esa soberanía, es estar sometido al Derecho nacional de otro Estado.Nuestro personal punto de vista para caracterizar lógicamente lo que es la soberanía está orientado a considerar que la soberanía es un derecho fundamental en cada país y es un derecho esencial para la existencia del Estado, lo que significa que si falta soberanía no hay Estado. Sostener que la soberanía es un derecho fundamental o esencial del Estado nos lleva a la necesidad de hacer referencia a esos elementos esenciales del Estado. Hay una definición de Estado que alude a los cuatro elementos del Estado. El Estado es la organización jurídica de un conglomerado humano bajo un poder de dominación que se ejerce en determinado territorio. De esta definición derivamos cuatro elementos esenciales del Estado: 1. El Estado tiene y debe tener un elemento humano nacional, integrado por individuos nacionales, con exclusión de extranjeros; 2. El Estado debe tener un elemento geográfico que comprende no sólo las tierras emergidas, sino también el subsuelo, el espacio aéreo y el espacio marítimo; 3. El Estado ha de tener el elemento político integrado por todas aquellas personas que ejercen el poder; y 4. El Estado tiene el elemento jurídico, al que se le denomina soberanía.Conforme a lo anterior, cada Estado tiene un elemento jurídico, denominado: soberanía. Es tan importante este elemento que, a través de normas jurídicas, internas e internacionales, se determinan los elementos humano, geográfico y político.Con base en el criterio de que la soberanía es el elemento jurídico del Estado, podemos definir la soberanía de la siguiente manera: La soberanía es la aptitud que tiene el Estado para crear normas jurídicas, en lo interno, con, contra o sin la voluntad de los obligados; en lo internacional, se crean normas jurídicas dando relevancia a la voluntad para crear esas normas jurídicas, expresamente, a través de los tratados internacionales y, tácitamente, a través de la costumbre internacional. La soberanía rechaza un poder superior al de los Estados capaz de imponerles normas jurídicas sobre su voluntad.

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