miércoles, 12 de agosto de 2009

SOLUCIONAR LA SIMULACIÓN

LORENZO CÓRDOVA VIANELLO

A la memoria de Kristian Bernal

El pasado miércoles la Sala Superior del Tribunal Electoral ratificó las multas que el IFE había determinado imponer al PVEM y a Editorial Televisa, por 4 millones de pesos a cada uno, vista la transmisión de una serie de spots televisivos promocionales de la revista TV y Novelas. Se trató de anuncios que, en realidad, constituían propaganda a favor de dicho partido aun cuando se hicieran pasar por publicidad de esa publicación propiedad del principal consorcio de televisión del país.
En el caso de Televimex, la empresa de Televisa titular de la concesión, y a quien el IFE había multado con 5 millones, entre otras cosas, por no acatar una orden cautelar de suspender las transmisiones referidas, el tribunal consideró que el IFE había notificado esas medidas a una persona distinta y que, por ello, debía replantear e individualizar la responsabilidad de la concesionaria en el caso.
La confirmación del TEPJF es muy importante porque, luego de haber validado como lícito, hace un par de meses, el franco fraude a la ley cometido por el PVEM y algunos concesionarios al hacer pasar propaganda electoral comprada (y por ello ilícita) por informes de actividades de los legisladores de ese partido, la máxima instancia de justicia electoral finalmente convalidó que la simulación debe ser sancionada.
Para ello el Tribunal Electoral se valió de la vieja tesis de la culpa in vigilando (acuñada originalmente por el propio TEPJF cuando se sancionó al PRI por el caso Pemexgate, y luego frecuentemente utilizada), que convierte a los partidos políticos en garantes de vigilar que terceros no cometan actos ilícitos de los cuales puedan obtener un beneficio indebido y les impone la carga de denunciar o de deslindarse de dichas conductas. En esta ocasión, además, la Sala Superior afinó los criterios de esa tesis y detalló cuáles debían haber sido los actos de deslinde que habría debido realizar el Partido Verde para ser relevado de responsabilidad y, por ello, de sanción.
Con esa resolución, un partido que desde el principio se opuso a la reforma electoral (alineándose con los intereses mediáticos que habían sido agraviados con la misma —y que ahora, por cierto, son los beneficiarios de más de la mitad de las diputaciones que obtuvo ese partido en lo que ya muchos llaman la “telebancada”—), y que reiteradamente había violado la ley simulando su cumplimiento, recibe una multa que es relativamente menor en cuanto a su monto pero también muy importante en cuanto al precedente.
Hace un par de semanas, en un artículo publicado póstumamente en estas mismas páginas, Kristian Bernal —joven brillante y entrañable amigo, cercano colaborador e incansable defensor de los méritos de las virtudes democráticas de la reforma electoral, y que en la madrugada del 30 de julio fue víctima de la brutal violencia de la desbordada delincuencia que nos aqueja— sostenía, refiriéndose a la sanción que el IFE había impuesto al PVEM, que resultaba un buen negocio si se la comparaba con los beneficios que traía consigo una conducta ilegal. Kristian tenía razón y debe hacernos pensar si la simulación y el abuso del derecho no deberían ser penados de manera mucho más severa.
En todo caso, el antecedente que deja la confirmación de la multa y el criterio que sentó el Tribunal Electoral sirven para que una eventual (y probable) futura conducta ilícita del PVEM sea penada de manera mucho más grave en virtud de que la reincidencia constituye un elemento para incrementar los montos de las sanciones.
Ojalá, en ese sentido, que esta resolución sea el prolegómeno de una actitud consistente e indefectible de las autoridades electorales frente a las violaciones cometidas por partidos o particulares a las normas que regulan el modelo de comunicación política. Ello es algo obligado, vista la gran apuesta política que en ese sentido trajo consigo para los órganos del Estado la reforma electoral de 2007.

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