jueves, 17 de junio de 2010

¿QUÉ ESTAMOS HACIENDO?

JOSÉ WOLDENBERG KARAKOSKY

Ésta no es una nota sobre el proyecto que el ministro Zaldívar presentó a la Corte, tampoco sobre el terrible drama de los niños y padres de la Guardería ABC de Hermosillo, menos sobre la inacción de las procuradurías de Sonora y la General de la República, ni sobre los muy pedagógicos debates que se están desarrollando en la Suprema Corte, sino sobre el mal arreglo normativo-institucional en la materia. Los primeros temas enunciados sirven para ilustrar la "trampa" que la Constitución le coloca a sus destinatarios, ya que no solemos pensar en que otorgar facultades mal diseñadas a una autoridad puede resultar contraproducente para todos. El infierno está empedrado de buenas intenciones.
La tragedia de la guardería es irreparable. La muerte de 49 niños suscitó, y con razón, un fuerte clamor de justicia. Los responsables de esas muertes y de las decenas de heridos, con secuelas para toda la vida, deberían ser castigados. Hasta ahí existe un amplio consenso. La impunidad es una de las peores constantes de nuestra vida social y empezar a revertirla resulta una tarea estratégica si es que se desea construir una convivencia medianamente civilizada.
Pero más allá, como en su momento en relación con otros casos que investigó la propia Corte (Aguas Blancas, Lydia Cacho), deberíamos pensar en la forma en que se va a impartir justicia. Digo justicia no un remedo, no un sucedáneo. Porque bajo el diseño actual, haga lo que haga la Corte quedará como el cohetero dado que la normatividad no fomenta la justicia sino "otra cosa".
En este caso, ante la inacción de las procuradurías de Sonora y la General de la República, que tenían la misión de investigar y presentar a los presuntos responsables ante un juez, la Suprema Corte, a solicitud de los padres de familia y de la Comisión Permanente, decidió abrir una investigación. La Constitución lo permite. Dice el artículo 97: "La SCJN podrá nombrar alguno o algunos de sus miembros o algún juez de Distrito o Magistrado de Circuito... cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo Federal o alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión... únicamente para que averigüe algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual...".
Es una facultad potestativa. Podía o no asumir el caso. Y cualquier opción era difícil. Si le entraba, la máxima autoridad judicial de la nación sabía que sus conclusiones no tendrían derivaciones jurídicas. Y si no le entraba, la indignación se incrementaría. Lo dicho: como el cohetero.
Pero al substituir y no (esta frase se explica más adelante) a las procuradurías y los jueces se subsana un problema y se crea(n) otro(s). La Corte entonces ha realizado una investigación por el único motivo que puede hacerlo: graves violaciones de garantías individuales. Pero ¿qué carácter tienen las aseveraciones de la investigación? Sin duda, un peso mayúsculo de opinión pública. Sus conclusiones serán o no un fuerte golpe político para quienes resulten responsables. También puede servir para corregir prácticas indeseables. Sin duda se trata de una especie de sanción moral que debe cimbrar a los destinatarios. Pero ese informe -sea el que sea, tanto el que propone el ministro Zaldívar como cualquier otro- no dejará de tener derivaciones perversas. Diga lo que diga la Corte, su acuerdo no tendrá consecuencias jurídicas (no es "vinculatorio") y por supuesto -ya se ha dicho- la Corte no es ni debe ser un tribunal de moralidad.
Pero además, si se presume que los responsables lo pueden ser en términos administrativos, civiles y/o penales, entonces la potencial última instancia se convierte en primera. De tal suerte que los presuntos responsables no tienen garantías suficientes de un debido proceso. (Creo que algunos ni siquiera fueron escuchados). La SC, en términos metafóricos, se convierte en Ministerio Público, juez y abogado defensor al mismo tiempo. Tres importantes funciones que si no están diferenciadas tienden a crear cuerpos prepotentes. Podríamos incluso preguntarnos: ¿y si los presuntos responsables fueran a juicio por la vía ordinaria qué juez se atrevería a contradecir a la Corte?
¿Se fortalece la Corte convirtiéndose en un tribunal moral cuyas resoluciones no tienen derivaciones administrativas ni penales ni civiles? ¿Se fortalece de esa manera la justicia? ¿Y las garantías de debido proceso para los presuntos inculpados? ¿Qué estamos haciendo?
No es casual que la propia Corte haya planteado la necesidad de que el Poder Legislativo le haga el "favor" de quitarle tan ambigua facultad. Porque la Corte debe refrendar y fortalecer sus capacidades en materia de controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad, juicio de amparo y ser la última instancia tratándose de apelaciones en contra de sentencias.
Recordemos que lo que buscamos (creo) es justicia para las víctimas y debido proceso para los presuntos culpables. Sólo así la justicia será digna de tal nombre.

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