El pasado 28 de julio el presidente Felipe Calderón anunció el inicio de los trabajos para la expedición de la Cédula de Identidad Ciudadana (CIC), "en cumplimiento de lo dispuesto por la Constitución y la Ley General de Población", según precisó la Secretaría de Gobernación (Segob).En el IFE consejeros y partidos reaccionaron al anuncio con preocupación, considerando que la expedición de la CIC provocará el deterioro de la calidad del padrón electoral y desplazará a la credencial para votar (CPV) como instrumento de identificación personal. A su vez, la Comisión Permanente aprobó un punto de acuerdo solicitando a la Segob un informe preciso del proyecto y sus costos.El jueves 20 de agosto el presidente del IFE, Leonardo Valdés, se reunió con el secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, para abordar el tema; en rueda de prensa dijeron haber llegado a la conclusión de que la CIC y la CPV "pueden coexistir en el presente y en el futuro"; ambos funcionarios precisaron que el IFE conservará la base de datos e imágenes del padrón y que no serán proporcionados a la Segob.En declaraciones posteriores, Valdés matizó sus declaraciones, mientras que el presidente de la Comisión del RFE, Benito Nacif, citó a reuniones para continuar el análisis del tema; antier, Reforma consignó (p. 10, nota de Ariadna García) "Alista Segob cédula". Desde 1990 la Constitución establece la obligación de los ciudadanos de inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos (RNC) y dispone la expedición de la CIC como una responsabilidad del Estado mexicano (artículo 36.I) El artículo Segundo Transitorio del Decreto de reformas constitucionales (6 de abril de 1990) dispone que "En tanto no se establezca el servicio del Registro Nacional Ciudadano, los ciudadanos deberán inscribirse en los padrones electorales". Esta norma sigue vigente; su sentido es meridianamente claro: el nuevo registro ciudadano sustituirá al padrón electoral.El artículo 112 de la Ley General de Población establece: "La Secretaría de Gobernación proporcionará al Instituto Federal Electoral, la información del Registro Nacional de Ciudadanos que sea necesaria para la integración de los instrumentos electorales, en los términos previstos por la ley (...)". A su vez, el artículo Cuarto Transitorio de la citada Ley determina que: "En el establecimiento del Registro Nacional de Ciudadanos se utilizará la información que proporcionará el Instituto Federal Electoral proveniente del padrón electoral y de la base de datos e imágenes obtenidas con motivo de la expedición y entrega de la credencial para votar con fotografía prevista en el artículo 164 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales". (Ahora es el artículo 200). "En tanto no se expida la cédula de identidad ciudadana, esta credencial podrá servir como medio de identificación personal en trámites administrativos de acuerdo a los convenios que para tal efecto suscriba la autoridad electoral".Es decir: cuando quede establecido y en operación el servicio del RNC, cesará la obligación de los ciudadanos de inscribirse en los padrones electorales; la CIC suplirá a la CPV como instrumento de identificación plena y para el ejercicio del derecho de voto. El IFE tendrá que proporcionar, para el inicio del proyecto CIC, la base de datos e imágenes para realizar la transición de un instrumento de identificación a otro. Luego, la base del RNC será utilizada para que el IFE elabore los listados nominales de electores.La Constitución y la ley no dan base para la coexistencia, por tiempo indefinido, de la CIC y de la CPV. Operativamente será inviable; económicamente, un despilfarro de recursos.Posdata: El artículo 48 del Reglamento del Congreso sólo autoriza otorgar licencias a legisladores por "causas graves". Ninguno de los 10 solicitantes prueba esa situación. Lo que procede, creo, es pedir a las y los diputados que expongan y justifiquen la causa grave que los lleva a solicitar licencia al cargo que les otorgó el voto popular, no sus partidos.
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