miércoles, 7 de diciembre de 2011

DOS SENTENCIAS DEL TEPJF

JORGE ALCOCER VILLANUEVA

De relevancia y trascendencia diferentes, la que más llamó la atención requiere a la Cámara de Diputados para, en lo que resta del actual periodo de sesiones, o en un extraordinario a celebrarse entre el 16 de diciembre y el 30 de enero, haga lo necesario para elegir a los 3 consejeros electorales del IFE. Aprobada por unanimidad, la sentencia abandona la ortodoxia que había prevalecido en dos juicios previos en el mismo asunto, en que se negó interés jurídico a los quejosos, para ahora reconocer al diputado Jaime Cárdenas Gracia (PT) una afectación directa a sus derechos políticos-electorales. Los argumentos que sustentan tal decisión son polémicos, pero más lo es imaginar qué pasará si en San Lázaro persiste la discrepancia que desde hace más de un año impide alcanzar la mayoría calificada de dos terceras partes exigida por la Constitución.
Si controversial es que la Sala Superior, sin facultad legal explícita, requiera a la Cámara de Diputados ejercer una facultad constitucional que le es exclusiva, resulta difícil imaginar que ante la carencia del voto calificado, los magistrados ordenen a los diputados cómo votar, o que, en "plenitud de jurisdicción", decidan sustituir a la Cámara de Diputados y procedan a integrar una terna para elegir a los futuros consejeros del IFE. Por más "constitucional" que sea el TEPJF, la división de poderes es un principio básico de la República.
Leo en la sentencia una especie de crítica jurisdiccional a la demora en que han incurrido los diputados y quienes los coordinan, más no veo posible, tampoco conveniente, que los magistrados coloquen a la Sala Superior en ruta de colisión con una de las cámaras del Congreso de la Unión, menos aún en aras de proteger supuestos derechos de uno de los 500 diputados.
La otra sentencia, por su contenido e impacto inmediato, provocará un cambio positivo en el cumplimiento de la cuota de género, por la que se garantiza que un género tenga garantizada una representación de al menos el 40 por ciento del total de candidatos propietarios, para diputados y senadores, tanto de mayoría relativa como plurinominales. Esa norma fue incorporada al Cofipe desde 1996; lo que hizo la reforma de 2008 fue elevar la cuota del 30 al 40 por ciento, remitiendo las reglas de su aplicación a los estatutos de cada partido.
Sin embargo, el IFE había venido dictando reglas que además de rebasar sus facultades e invadir las del Poder Legislativo, producían la inoperancia de la cuota de género en las candidaturas de mayoría relativa para diputados y senadores. En efecto, los consejeros electorales, con el beneplácito de los partidos, consideraban que la selección de candidatos a través de convenciones o asambleas con delegados, era causa para exceptuar de la aplicación de la cuota, en flagrante perjuicio de las mujeres.
Además de darle la vuelta a la ley, varios partidos empezaron a burlarse de ella mediante la sustitución casi inmediata de diputadas y senadoras electas por los suplentes varones, hecho al que el ingenio periodístico denominó como las "juanitas". Para ambos asuntos, la Sala Superior aprobó medidas que solo cabe celebrar, si se comparte la añeja reivindicación de las mujeres por el cabal respeto a sus derechos.
Los partidos y coaliciones, con independencia del método de selección que utilicen, quedan obligados a registrar, al menos, 120 y 26 candidatas propietarias a diputadas y senadoras, respectivamente, por mayoría relativa; lo anterior además de cumplir con la cuota en las listas plurinominales, en la forma y términos que establece el Cofipe. Adicionalmente, tratándose de candidatas propietarias, será obligatorio que lleven como suplente a otra mujer, lo que pondrá fin a las "juanitas", al menos para efectos de integración final de las cámaras del Congreso.
Cada partido tendrá que resolver los procedimientos internos para cumplir con la sentencia durante las elecciones federales en curso; el IFE queda vinculado a la misma para vigilar su acatamiento, y llegado el caso hacerla valer. En consecuencia será necesario que partidos y coaliciones modifiquen las convocatorias al respecto para adecuarlas al pleno cumplimiento de la cuota de género, sin excusas ni pretextos.
Son buenas noticias.

1 comentario:

Anónimo dijo...

buena nota, te felicito !!!