lunes, 16 de agosto de 2010

LAS TARIFAS DE AGUA EN EL DF VIOLAN LA CONSTITUCIÓN

CARLOS ARELLANO GARCÍA

La elevación discriminatoria de tarifas de agua, en condiciones arbitrarias de desigualdad, pletóricas de un injustificado subjetivismo, vulnera garantías individuales y derechos de gobernados protegidos por disposiciones contenidas en la Constitución Políticas de los Estados Unidos Mexicanos. Haremos referencia a algunas de esas violaciones constitucionales.En primer término, invocamos la garantía de legalidad consagrada en el segundo párrafo del artículo 14 constitucional y en el primer párrafo del artículo 16 de nuestra Carta Magna. En la parte relativa, en el artículo 14, segundo párrafo, se establece que: "Nadie puede ser privado de la libertad, o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio, seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho." La primera parte consagra la garantía de audiencia y la parte final preconiza la legalidad porque debe actuarse conforme a leyes expedidas con anterioridad al hecho. A su vez, en el primer párrafo del artículo 16 constitucional, se determina: "Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento." En este dispositivo se consagra ampliamente la garantía de legalidad que debe acatarse a través de las subgarantías de fundamentación y motivación, mismas que consisten en que los actos de autoridad afectativos de personas o posesiones deben invocar preceptos legales de apoyo si es que existen y deben expresar las causas de la afectación a los mencionados derechos de los gobernados.La garantía de legalidad a la que nos hemos referido es de importancia básica en cualquier país del mundo pues, su importancia se plasma conforme a denominaciones equivalentes como: "Estado de Derecho", "Imperio de la Ley", "Nadie por encima de la ley", "Gobierno de leyes no de reyes". La legalidad pugna contra la arbitrariedad y el subjetivismo de autoridades que interfieren negativamente, sin fundamentos jurídicos constitucionales o legales y sin expresión de las causas que motivan afectaciones personales y patrimoniales. La fijación de tarifas de agua desiguales no fue fundada ni motivada y no se actuó conforme a leyes expedidas con anterioridad. Es oportuno y urgente que se vuelva el Estado de Derecho, que se respete la legalidad y que no se conculquen derechos personales y patrimoniales de los gobernados que sufren tarifas elevadas que han llegado a incrementos de quinientos u ochocientos por ciento.En el artículo 31 constitucional, fracción IV, se establece la obligación de los mexicanos de: "Contribuir a los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes." El incremento arbitrario y monstruoso de tarifas de agua, no es proporcional y tampoco es equitativo. No es equitativo porque, según Aristóteles, la equidad es mejor que la justicia, porque es la justicia del caso concreto, y la justicia es dar a cada quien lo que le corresponde. A los que se les afectó con gigantescas tarifas de agua no se les trata con legalidad, constitucionalidad, justicia ni equidad. Es urgente que se corrija lo hecho que no debe permanecer.

1 comentario:

Anónimo dijo...

EL AGUA ES UN DERECHO QUE DEBE SER COBRADO EN BASE AL CONSUMO QUE SE REALIZA DEL MISMO Y NO EN BASE A UNA ESTIMACIÓN SUBJETIVA DE LA AUTORIDAD Y MUCHO MENOS EN CONSUMO PROBABLE TAL COMO SE VIENE COBRANDO POR ESTA TIRANIA DE GOBIERNO QUE PADECEMOS EN EL DISTRITO FEDERAL.
ES UNA VIOLACIÓN FLAGRANTE AL DERECHO DE IGUALDAD PUESTO QUE DEPENDIENDO DE LA ZONA DONDE UNO VIVA UN MISMO CONSUMO SE VA A COBRAR EN UNA FORMA DIFERENTE, ES UNA VIOLACION FLAGRANTE A NUESTROS DERECHOS HUMANOS POR PARTE DE UN GRUPO DE FASCINEROSOS AL CUAL MANTENEMOS CON NUESTROS PROPIOS IMPUESTOS.