jueves, 3 de septiembre de 2009

LAS LEYES DE REFORMA: SU ACTUALIDAD

SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ

Siguiendo con el tema de la Reforma Constitucional en materia Penal, es importante destacar algunos aspectos positivos que los especialistas en el tema han venido comentando y al efecto señaló:Instrumentación de un sistema penal predominantemente acusatorio en el que se respeten los derechos tanto de la víctima como del ofendido, así como los del imputado, en el que privará el principio de presunción de inocencia para éste último.La inclusión de Jueces de Control que resolverán de inmediato y por cualquier medio, las solicitudes de medidas cautelares, providencias precautorias y técnicas de investigación de la autoridad que así lo requiera.El establecimiento de una nueva regulación respecto de medidas cautelares, tal como la prisión preventiva, la que sólo excepcionalmente podrá ser aplicada cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de los testigos, la víctima o de la comunidad.La facultad del Congreso de la Unión es legislar en materia de delincuencia organizada.Las bases sobre las cuales habrá de construirse y operarse el sistema nacional de seguridad pública, dando privilegio a la coordinación del Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de Gobierno.La posibilidad de que el Estado pueda aplicar a su favor bienes sobre los cuales existan datos suficientes para considerar que son instrumento, objeto o producto de las actividades de la delincuencia organizada (extinción de dominio).Eleva a rango constitucional la figura del arraigo para casos en los que se investiguen delitos de la delincuencia organizada.Un servicio de defensoría pública de calidad para la población y se prevé que esta institución de defensa cuente con personal profesional capacitado, de carrera, con un ingreso no menor al que corresponda a los agentes del Ministerio Público.Asimismo, mecanismos alternativos de solución de controversias, entre los que se cuentan la mediación, la conciliación y el arbitraje, que servirán para aliviar la presión de trabajo de los órganos jurisdiccionales, y para que las víctimas obtengan de forma más rápida la reparación del daño.En lo que se refiere a la instrumentación de esta reforma, es conveniente subrayar:La aprobación de la iniciativa de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como diversas reformas a la Ley General de Salud, al Código Penal Federal y al Código Federal de Procedimientos Penales. Se trata de iniciativas legislativas acordes con los importantes retos que actualmente enfrenta México en materia de seguridad pública que permitirán a los tres órdenes de Gobierno avanzar de manera conjunta en la lucha frontal contra la delincuencia.Fue aprobada la iniciativa relativa a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, uno de cuyos principales objetivos es el de establecer las bases e instancias de coordinación entre la Federación, los Estados y los Municipios para su integración al sistema nacional de seguridad pública, se establecen diversos lineamientos para la coordinación eficaz entre el Ministerio Público de la Federación y los Ministerios Públicos de los Estados y a su vez, de éstos con las policías de todo el país.Se fortalece la capacidad de investigar los delitos bajo la conducción y el mando del Ministerio Público, lo que contribuirá sin menoscabo de la investigación para la prevención, a dar respuesta efectiva al reclamo de los ciudadanos de terminar con la impunidad.Se adopta un sistema integral de desarrollo policial, ministerial y pericial, con lo que se podrán desarrollar al máximo las competencias y capacidades de los servidores públicos de las instituciones de Seguridad Pública, a fin de poner al servicio de los ciudadanos servidores y policías profesionales para proteger a las familias y comunidades del país.Se contemplan mecanismos de participación social y ciudadana para la planeación y supervisión de las instituciones de Seguridad Pública.Se establecen procedimientos para regular el uso de la fuerza pública a fin de que sus actuaciones garanticen el respeto a la legalidad y a los derechos humanos.Con las reformas a la Ley General de Salud, al Código Penal Federal y al Código Federal de Procedimientos Penales en materia de narcomenudeo, se hará efectivo el principio de concurrencia y corresponsabilidad entre las autoridades locales y la federal en el combate al narcomenudeo, así como las policías locales y las ministeriales de los Estados, las cuales podrán en el ámbito de sus respectivas competencias, investigar y perseguir delitos en materia concurrente con la Federación, en relación con la posesión, venta y distribución de narcóticos en pequeña escala.Se establecen como graves los delitos de comercialización y suministro de narcóticos en su modalidad de narcomenudeo, y se aumentan las penas para quienes distribuyen drogas a menores de edad o en centros educativos y sus alrededores.Un sistema de tratamiento terapéutico obligatorio sustitutivo de sanciones a quienes les sean encontradas drogas en dosis individuales y que justifiquen su dependencia o uso por tratamiento médico.Dicho lo anterior, falta aún echar a andar el sistema penal acusatorio, lo que sucederá cuando así lo prevea el Código Federal de Procedimientos Penales, lo cual no deberá exceder de los ocho años previstos en la propia reforma.El nuevo modelo comenzará a funcionar igualmente, cuando así lo establezca la ley secundaria, sin que ello pueda exceder del plazo de tres años, para lo cual deberán preverse de manera local, los presupuestos necesarios para estructurar el sistema.Como se observa, se está avanzando en la instrumentación pero falta mucho por hacer en los próximos siete años.

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