jueves, 1 de abril de 2010

¿EL JUEZ ES UN MERO ESPECTADOR, O BIEN, UN DIRECTOR DE LOS JUICIOS?

SERGIO ARMANDO VALLS HERNÁNDEZ
Recientemente, la Suprema Corte se pronunció sobre un tema fundamental respecto de las facultades del juzgador. Se llegó a la conclusión de que el juzgador, cuando tenga duda de a quién darle la razón -una vez que hayan sido aportadas por las partes las pruebas conducentes- cuenta con una facultad discrecional para decidir si recaba pruebas para resolver el conflicto.
Sin embargo, como lo manifesté ante el Alto Tribunal, disentí del criterio de la mayoría, ya que considero que en este caso es obligatorio para el juez -una vez que han sido aportadas las pruebas por las partes- allegarse de las pruebas conducentes para resolver el conflicto, por tres razones fundamentales: a.- para cumplir con la más alta función del juez de impartir una justicia completa, b.- porque justamente la razón de ser del juez es la de darle a cada quien lo que le corresponde, por lo que no puede dejar de resolver una controversia cuando tenga duda de a quién darle la razón, y c.- porque el Estado se encuentra interesado en que se imparta justicia ya que esto es uno de los elementos que lo legitiman.
Abordaré brevemente, cada uno de estos puntos, a efecto de que se entienda de mejor manera mi postura.
La primera razón consiste en que el juez, tal como lo señala la Constitución, debe darle a las partes una justicia completa, es decir, debe descubrir la verdad de los hechos de manera que no quede a merced de una falsa o parcial apariencia de la verdad. Así, el juez utilizando las herramientas con que lo dota la ley, resolverá la controversia con una sentencia que refleje la verdad de los hechos.
En segundo término, existe un principio en Derecho, reconocido desde los tiempos del Derecho Romano, consistente en que la función del juez es la de darle a cada quien lo que le corresponde, por lo cual, no puede dejar de resolver una controversia. Por este motivo, cuando el juzgador tenga duda de a quién darle la razón, debe recabar el material probatorio conducente ya que de esta manera, podrá decidir de mejor manera el conflicto.
Y por último, el Estado tiene interés en que se realice la justicia, ya que como se sabe, el ente estatal desde sus orígenes se arrogó dicha facultad, otorgándosela a terceros imparciales, esto es, a los jueces. Me explico, antes de que se creara el Estado no existía algún órgano encargado de dar justicia, por lo cual, si existía un conflicto entre las personas, prevalecía la ley del "más fuerte", generándose como consecuencia, barbarie, injusticia y desorden social. Por ello, los particulares decidieron otorgar al Estado la función exclusiva de impartir justicia, por lo cual, el ente soberano se encuentra interesado en que se realice la justicia, ya que esto es uno de los elementos que lo legitiman, como antes señalé.
Así, de esta manera, llegamos a la pregunta que hice en el título: ¿El juez debe considerarse como un mero espectador, o bien como un director del proceso? Sin lugar a dudas, me inclino por la segunda opción, ya que el juez si se considera como un espectador del juicio, dejará que la "verdad legal" quede única y exclusivamente a lo que aporten las partes, siendo que si juez se considera como un director del mismo, resolverá la controversia con una sentencia que refleje una justicia completa y la verdad de los hechos.

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