viernes, 23 de abril de 2010

LOS MOTIVOS PARA ELIMINAR LAS ZONES PROHIBIDAS NO SON ATENDIBLES

CARLOS ARELLANO GARCÍA

A mayor abundamiento, para apoyar el desechamiento de la iniciativa de algunos senadores, para eliminar del artículo 27 constitucional las zonas prohibidas fronterizas y costeras, es pertinente que argumentemos en contra de los motivos que se expresan. No pretendemos exhaustividad.
Así, en primer término, acerca de que la razón de ser de las zonas prohibidas, sostienen, sólo es histórica, y que ha dejado de tener un valor práctico real. No debe olvidarse que la Historia es una gran maestra y que, como señalaba José Ortega y Gasset: "Un pueblo que no acata las decisiones de la Historia, deberá volver a vivir las amarguras de épocas pretéritas."
Se expresa en la iniciativa, respecto de las playas, que el espíritu de la prohibición fue eminentemente de naturaleza militar, para la defensa estratégica de las costas, para no facilitar el desembarco de fuerzas enemigas en sus litorales, y que esa motivación, hoy en día, resulta obsoleta. Esto no es sostenible, en el mundo existe la ley universal del cambio, todo se transforma, y, hoy en día, la prohibición respecto de zonas costeras no tiene una motivación militar, tiene motivos económicos pues, los extranjeros, a través de la propiedad privada, se apoderarían de extensísimas posesiones costeras, y con la característica de "propiedad privada" estarían vedadas a los mexicanos las zonas territoriales adquiridas por los extranjeros, con la simple argumentación de que se trataría de "propiedad privada", y también estaría vedada la porción territorial correspondiente para autoridades y funcionarios que no pueden ocupar, ni penetrar, propiedades privadas.
En la iniciativa se expresa, respecto de costas, que la Nación mexicana ejerce derechos en aguas de mares interiores, mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva, plataforma continental e insular, pero, no se expresa que los mexicanos no pueden llegar a esas zonas marinas porque, como obstáculo impeditivo, están las propiedades privadas de los extranjeros, que son impenetrables para gobernantes y gobernados mexicanos.
En la iniciativa, se argumenta que la prohibición constitucional tuvo la intención de proteger la soberanía y el territorio nacional, y que no lleva la finalidad de limitar el derecho de propiedad. Esta intención sobrevive, debe protegerse la soberanía y el territorio nacional a través de las zonas prohibidas, costera y fronteriza. La intención no fue, ni es, limitar la propiedad a extranjeros pero, si éste es un medio de afectación al país, debe conservarse esa limitación a los extranjeros, pues de no ser así, se perjudicaría el país.
No es sostenible que la defensa de fronteras y playas está confiada a las instituciones armadas del país, por tierra, mar y aire. Esto es factible únicamente en caso de agresiones del exterior pero, esa no es razón para dejar a nuestro país a la deriva en situación de indefensión. La principal defensa de nuestro país en todo lo que le pertenece, es eminentemente jurídica, y quieren dejar a nuestro país en situación de abandono jurídico, lo que daría lugar a situaciones muy peligrosas que afectarían su integridad territorial y su control frente al exterior.
Es verdad que nuestro país tiene, constitucionalmente, el derecho de imponer a la propiedad privada las medidas que dicte el interés público, y puede hacerlo respecto de nacionales, sin ninguna consecuencia, en cambio, respecto de extranjeros, pudiera ser que surgiera la oposición a esas medidas, y esto estaría respaldado por la protección que pueden ejercer los Estados a los cuales pertenecen los extranjeros.
Se pretende apoyar la iniciativa de eliminación de zonas prohibidas, con el argumento de que habría inversiones extranjeras y fuentes de divisas. Sobre ese particular, debe señalarse que, las inversiones extranjeras ya se pueden dar con el sistema actual de fideicomisos, que permiten a extranjeros ejercer en esas zonas prohibidas, costeras y fronterizas, el derecho de uso y el de usufructo, y no el de dominio directo, dado que eso es afectativo de lo nacional. Además, sabido es que las inversiones extranjeras no son la panacea, pues los inversionistas extranjeros no son damas de la caridad, y sacan muchas divisas del país.
Los extranjeros, personas físicas o morales, a través del sistema de fideicomisos, ya pueden realizar inversiones en aras de un desarrollo industrial y turístico, no hay para qué poner en peligro la soberanía nacional y el territorio patrio.

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