miércoles, 21 de abril de 2010

REFORMA CONSTITUCIONAL EN DERECHOS HUMANOS

EMILIO ÁLVAREZ ICAZA LONGORIA

Hace tan sólo unos días el Senado de la República aprobó el Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de derechos humanos.
Por ejemplo, incorpora el concepto de derechos humanos en el capitulo uno, lo que implica un cambio a la dogmática constitucional; define y precisa las circunstancias en que puede declararse el estado de emergencia; atiende el tema de la jerarquía de los tratados internacionales y brinda una base legal para su aplicación; fortalece el Sistema Nacional no Jurisdiccional de Protección a los Derechos Humanos y amplía las facultades de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para realizar investigaciones sin impedimentos y a exigir a las autoridades rindan cuentas por sus actos; asimismo, coloca a los derechos humanos como uno de los ejes de la educación, de la política exterior y del sistema penitenciario en México, y brinda un esquema inicial de garantías contra la expulsión de los extranjeros.
Se trata de una reforma de gran trascendencia que contiene algunos elementos de avanzada que abren la puerta a más y mejores medidas a favor de la protección, garantía y reparación integral del daño por violaciones a los derechos humanos; y que además responde a los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano a través de tratados internacionales, así como a la reciente recomendación del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas para finalizar la reforma constitucional en esta materia en un plazo razonable.
También debe destacarse que esta reforma contó con la activa participación de la Oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), de académicas y académicos especialistas en derechos humanos, y ha sido apoyada por diversas organizaciones de la sociedad civil, tanto nacionales como internacionales.
Por lo anterior, es de esperarse que el Proyecto de Decreto que ahora ha sido turnado a la Cámara de Diputados para su análisis y dictaminación sea aprobado a la brevedad, y que nuestras disputadas y diputados actúen con la altura, visión y convicción que se requiere para trascender a una nueva etapa en la tutela y protección de la dignidad humana en México.
Al aprobarse la reforma, junto con los congresos locales, también se estaría contribuyendo al desarrollo de una política de Estado en derechos humanos que responda al contexto y a las necesidades que hoy exige nuestro país en esta materia.
Esto es muy valioso si consideramos que en un Estado democrático de Derecho, el respeto, defensa y promoción de los derechos humanos, constituyen sólidos indicadores de gobernabilidad democrática y de la gestión gubernamental.
Existen algunas críticas a esta reforma en el sentido de que apenas iguala lo alcanzado por otros países; así como debates sobre la implicación de referirse a la familia en singular y abrir también la puerta a grupos fundamentalistas para que se cuelguen de la expresión “respeto a la vida” (entendida como la obligación del Estado de evitar ejecuciones extrajudiciales y/o desapariciones forzadas), para limitar los derechos de las mujeres, en lo que se refiere a la interrupción legal del embarazo. Hay a quienes, también, preocupa la decisión de quitarle facultades a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
En última instancia, lo único que esperaríamos de la Cámara de Diputados es que reforzara o corrigiera algunos aspectos que hoy constituyen preocupación, sin perder de vista que aún falta la reglamentación de los temas referidos y otros. Aunque definitivamente es indispensable, ante los contextos de inseguridad y los procesos de militarización, poner en el centro de la acción estatal el concepto de derechos humanos que hoy parece estorbar o ser tan sólo un discurso vacío de contenido.
Así la reforma constitucional en derechos humanos constituye la posibilidad de un nuevo paradigma, aquel donde la democracia sea entendida como un complejo sistema de ejercicio de derechos de todos y todas sin distinción. Constituye un paso civilizatorio.

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