MIGUEL CARBONELL
No cabe duda que el trágico evento del Casino Royal en Monterrey cimbró a la sociedad mexicana. La muerte de 52 personas perpetrada por un grupo de desquiciados y sanguinarios esbirros al servicio del crimen organizado merece la más completa y absoluta reprobación por parte de toda la sociedad mexicana y de todas sus fuerzas políticas.
Los responsables deben ser sancionados con toda la dureza que permita la ley penal y las autoridades que, por acción o por omisión, fueron cómplices de ese lamentable suceso deben también ser investigadas a fin de deslindar responsabilidades.
Ahora bien, al calor de la indignación que suscitó el hecho, el Presidente de la República dijo al menos en uno de sus discursos que se trataba de un acto terrorista. No parece que sea una declaración muy bien informada, pese a que la pronunció una persona que no solamente ostenta el cargo de jefe del Estado mexicano, sino que también cuenta con el título de abogado emitido por una de las más prestigiosas y admiradas escuelas de derecho del país.
En efecto, si revisamos el Código Penal Federal nos encontraremos que el tipo penal de terrorismo está previsto en su artículo 139, que a la letra señala:
Se impondrá pena de prisión de seis a cuarenta años y hasta mil doscientos días multa, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten, al que utilizando sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radioactivo o instrumentos que emitan radiaciones, explosivos o armas de fuego, o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento, realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios públicos, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad para que tome una determinación.
Como puede verse, los actos terroristas, tal como son definidos por la ley penal federal, deben tener al menos uno de los dos propósitos que señala la última parte del artículo que se acaba de transcribir: o bien que sean cometidos con el objeto de atentar contra la seguridad nacional, o bien que tengan por objetivo presionar a la autoridad para que tome una determinación.
Hasta donde se sabe, los asesinos que actuaron en el Casino Royal matando a 52 personas no se proponían ni lo uno ni lo otro. Se trataba de una venganza contra los dueños del casino, por un problema del cobro del “derecho de piso” (una extorsión no satisfecha, en otras palabras).
Desde luego, el que no pueda ser calificada (jurídicamente), como actos terroristas, no le resta gravedad a la atrocidad cometida en la capital de Nuevo León. La indignación y el dolor no son menos por la distinta calificación jurídica que reciban esos lamentables hechos.
Pero no se vale que un abogado, que además es Presidente de la República, no tenga la precaución de revisar el Código Penal Federal antes de hablar ante millones de mexicanos que estaban atentos a sus palabras. O que no tenga el tiempo de pedirle a uno de sus asesores que lo revise por él.
Lo de Monterrey fue muy grave y a todos nos duele. Pero no fue terrorismo.
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