miércoles, 2 de diciembre de 2009

EXCESIVO COSTO EN LA IMPLANTACIÓN DE LOS JUICIOS ORALES

CARLOS ARELLANO GARCÍA

El decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en Diario Oficial de 18 de junio de 2008, según su artículo segundo transitorio, establece un largo periodo de ocho años de vacatio legis, para que quede establecido el llamado sistema procesal penal acusatorio (juicios orales), previsto en los artículos 16, párrafo segundo y décimo tercero, 17, párrafo tercero, cuarto y sexto, 19, 20 y 21, párrafo séptimo, de la Constitución.Es conveniente que se medite y estudie, ampliamente, y, muy a fondo, la implantación en México de los juicios orales, lo que además requerirá la expedición de ordenamientos legales necesarios en la Federación, estados y Distrito Federal, legislaciones éstas que deberán adoptar esos juicios orales con la denominación de: "sistema procesal penal acusatorio".El estudio y meditación deberá abarcar los aspectos económicos, pues la implantación de juicios orales, con esa denominación de "sistema procesal penal acusatorio", ocasionará costos exageradamente elevados. A manera de anticipación de los gastos que ya se previenen, por los medios informativos nos enteramos de que, en el Estado de México, como un presunto paso firme en el compromiso de justicia para los mexiquenses, el gobernador del Estado de México inauguró la Torre II de Juzgados de Control y Juicios Orales del Distrito Judicial de Toluca y la Ampliación de la Escuela Judicial de la entidad. Esa infraestructura y la promulgación, en el Estado de México, del nuevo Código de Procedimientos Penales, se pretende que fortalecen al Poder Judicial y brindan las bases para colocar la oralidad en la administración de justicia penal a partir del mes de octubre en el territorio estatal. Además, se informó oficialmente que, de manera simultánea, se entregaron los juzgados del Distrito Judicial de Tenancingo, Lerma y Tenango del Valle, así como el edificio de juzgados de Teotihuacán, lo que requirió una inversión de ciento treinta y cuatro millones. En época anterior, respecto del Estado de México, se difundió la información de que dos salas de juicios orales, una en Tlalnepantla y otra en Toluca, requirieron una inversión de setenta y un millones de pesos. Si en el Estado de México hay ciento veinticinco municipios, se puede prever la proliferación de erogaciones para la implantación de los juicios orales en esa entidad. En lo que hace al Distrito Federal, el presidente del Tribunal Superior de Justicia, licenciado Edgar Elías Azar, según datos periodísticos de fines del mes de octubre de 2009, informó que se requiere de una partida especial de mil millones de pesos para impulsar y poner en marcha las transformaciones que se requieren, a fin de aplicar el nuevo Sistema Penal Acusatorio (juicios orales), el cual está contemplado en la reforma constitucional respectiva. Tales erogaciones derivan no sólo de que se requiere un crecimiento en infraestructura, sino también la capacitación del personal humano. Se reconoció que la columna vertebral del sistema penal acusatorio es la implementación de los juicios orales, para lo cual no se cuenta aún con la mínima infraestructura necesaria y se considera urgente la obtención de recursos para llevar a cabo los juicios orales.El presidente del Tribunal Superior de Justicia señaló que, en el caso de Chile, se requirió una inversión total de quince mil millones de dólares, aproximadamente, para el funcionamiento del sistema penal acusatorio. Por esa razón, estimó que los gobiernos local y federal, y el Poder Legislativo, han de destinar y aprobar los recursos necesarios. Sin el apoyo presupuestal, no puede realizarse la transformación pretendida.En efecto, cuando estuvo en México la presidenta de Chile, reconoció que se gastó mucho dinero en Chile para implantar los juicios orales y, ya en esa situación, se ha reconocido que se cometieron errores, e incluso se ha aludido a consideraciones en el sentido de echar marcha atrás a ese sistema penal acusatorio, que no tiene el carácter de una panacea. Peor todavía es la circunstancia de que nuestro sistema penal actual mixto, oral y escrito, funciona adecuadamente, como nos consta a los abogados que hemos defendido, en causas penales, a personas que, con el sistema actual, han podido aportar las pruebas necesarias para su absolución, a través de un sistema cierto y seguro, dentro de un camino que se conoce desde hace décadas atrás.

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