RICARDO BECERRA LAGUNA
Ya se ha dicho: en los últimos chaparrones electorales del país, han ocurrido cosas raras, insólitas y muy estrafalarias. Y no tienen que ver con votos, credenciales, padrones, boletas, urnas ni listas de electores, sino con interpretaciones igualmente extravagantes, de la ley y la propaganda electoral.
Como el caso de las elecciones de Morelia, anuladas por el calzón de pugilista transmitido –en vivo- desde Las Vegas; multas a televisoras locales que organizaron y transmitieron un debate cándidamente aldeano; la erección de la figura triste del “precandidato único”; locutores llamados a comparecer por entrevistas; pánico farisaico de comunicadores que de repente, dejaron de saber y de entender su oficio a la hora de organizar debates. Una oleada de enredos, confusión y mala fe.
En esas estamos, a unas cuantas horas de acabar el pasaje de las “precampañas” (el espacio dispuesto para el doloroso parto de los candidatos en sus respectivos partidos) y la tribulación continúa: López Obrador, Peña Nieto, Vázquez Mota, candidatos aquí y allá, grupos empresariales, think tanks, casas encuestadoras, etcétera, preguntan por todos lados: ¿qué se puede hacer y que no se puede hacer en la inminente etapa que sigue? ¿cuál es la axiología pues, de la “intercampaña”?
Nadie me lo pide, nadie me lo preguntó, pero si por mi cuenta corriera, respondería con esta simple dicotomía: los partidos y los candidatos pueden hacer todo lo que siempre han hecho, todo lo que los políticos del mundo hacen en un proceso electoral, excepto, comprar espacios en radio y televisión. Nada más. Me explico.
1) El periodo que está a punto de comenzar es una fase creada por la reforma electoral de 2007 para dar paso a la resolución jurisdiccional de las posibles controversias internas de los partidos políticos y las coaliciones electorales. Los inconformes acudirán a sus órganos internos de selección y de allí saldrán al Tribunal Electoral. Por eso dura seis semanas.
2) Las intercampañas ocurren desde el fin de precampañas, hasta el inicio de las campañas, es decir del 16 de febrero hasta el 30 de marzo.
3) En “intercampaña”, las candidaturas en todos los órdenes -para Presidente de la República, senadores y diputados- deben quedar jurídicamente firmes después de desahogar todas los litigios en las instancias del caso.
4) Asimismo, la Constitución de la República señala cuáles son las restricciones a que están sujetos los partidos y candidatos durante ese tiempo. A mi modo de ver, todas ellas ocurren en la radio y la televisión, a saber: a) los tiempos del Estado, administrados por el IFE dejan de ser utilizados por los partidos políticos, hasta la campaña; b) permanece la prohibición de compra y adquisición de espacios en radio y televisión para partidos y candidatos, y c) ninguna otra persona física o moral podrá contratar propaganda con fines electorales en radio y televisión.
5) En otras palabras: la Constitución establece un régimen muy restrictivo en radio y televisión. Pero dicho régimen no es exportable a las otras formas de actividad y de propaganda electoral. Por eso, los candidatos y los partidos, una vez resueltas sus eventuales controversias internas, pueden seguir actuando con libertad, en el marco de nuestras garantías constitucionales: expresándose, organizándose y asociándose como consideren pertinente, sin necesidad de las carretonadas de dinero que antes eran imprescindibles… para estar en la radio y la televisión.
6) Los partidos deben de entregar y hacer públicas sus plataformas en los primeros días de febrero. El registro legal de todos los candidatos ocurrirá del 15 al 22 de marzo, y de modo simultáneo, se desarrollarán diversas precampañas locales en el país, en los estados de Morelos, Guanajuato, Distrito Federal, Colima, Nuevo León, Tabasco, Morelia, Sonora, Campeche, Querétaro e Hidalgo. Con este nivel de actividad electoral y con esa intensidad de competencia a escala nacional ¿es deseable y siquiera posible la congelación de la vida pública, un nuevo periodo de silencio, de encogimiento político y hasta de “meditación”, como alguien dijo?
7) Mientras tanto, la noción de actos anticipados de campaña se ha vuelto una furia paralizante del proceso, porque los candidatos y partidos se pueden acusar, unos contra otros, todos contra todos, de casi cualquier cosa. Aquí el antídoto es sencillo: el acto anticipado de campaña es un tipo especial sancionable. Por excelencia es la causa que cancela una candidatura, una vez más la compra o adquisición de espacio en radio y televisión, o en su caso, que excedan los topes de gastos determinados por el IFE. Es decir, el problema electoral, lo que está llamado a regular el IFE, no son las vidas, milagros, precipitaciones, dichos, acusaciones de los políticos, sino la relación entre el dinero y la política.
8) Por eso, los partidos y los candidatos deberán seguir siendo objeto de la fiscalización y auditorías que realiza el IFE. Y como se hace regularmente: los gastos realizados durante intercampaña deberán ser reportados en los informes regulares de gastos ordinarios.
9) La idea del periodo de silencio, tan deudora de las corporaciones de Cádiz que mandaban callar a la prensa, es de suyo, una anomalía democrática; pero resultaría aún más dañosa e inverosímil si quisiéramos trasladarla ahora, a lo largo de las seis semanas, justo antes de la campaña electoral, cuando los apetitos políticos de la nación han sido expuestos y sacados a la calle, desde octubre pasado.
Por el contrario, en ese tiempo, las ideas deben correr, la crítica debe fluir, los programas deben ser conocidos y expuestos ante todos los foros y espacios de la sociedad mexicana.
En suma: las prohibiciones estrictas están en los medios electrónicos de radiodifusión; esas prohibiciones no pueden ni deben ser trasladadas a otras actividades electorales; la fiscalización de los gastos debe seguir, mientras que la política y los políticos, partidos y candidatos, se preparan por igual ejerciendo su libertad, bajo el manto esencial de los derechos constitucionales.
He querido exponer esta modesta utopía electoral porque creo que se ha vuelto imprescindible plantear con sencillez, que es posible imaginar otro marco de referencia, otra interpretación, con la misma Constitución y la misma ley electoral.
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