sábado, 25 de febrero de 2012

LA RELEVANCIA DEL CASO CASSEZ

ANA LAURA MAGALONI

Pronto la primera sala de la Suprema Corte va a discutir el caso de Florence Cassez. El asunto les llega a los ministros después de una larga batalla judicial, un delicado desencuentro entre la administración de Calderón y el gobierno de Francia y una opinión pública y sociedad civil divididas. Sin embargo, creo que la relevancia del caso Cassez, tratándose de la Suprema Corte, no radica centralmente en la justicia del caso concreto, sino en el impacto que la sentencia de la Corte puede tener a futuro, en el día a día de la justicia penal mexicana. Este asunto contiene un conjunto de irregularidades y abusos por parte de la policía, tan prototípicos de nuestro sistema de justicia, que valdría la pena que los ministros utilizaran la decisión del caso Cassez para evitar que ello siga sucediendo. Voy a destacar dos de estos abusos.
Primero: utilizar las cámaras de televisión para generar la percepción colectiva de que la policía ha atrapado a un "peligroso delincuente" y que, por tanto, el juicio penal es irrelevante. Como sucedió en el caso Cassez, todos estamos acostumbrados a ver imágenes en la televisión de un grupo de detenidos, algunos confesando sus culpas ante las cámaras, junto con policías o soldados con pasamontañas y bien armados. Todo ello acompañado de una narrativa, por parte de las autoridades, de que todas esas personas detenidas son prácticamente la encarnación del mal, se trata de seres perversos, inhumanos y crueles.
Después de esas imágenes y ese tipo de discurso, poco importa si el MP logra armar la acusación con pruebas y argumentos o si el juez es un árbitro imparcial o no. Su culpabilidad ya está definida desde su detención. Lo que cuenta no es que se les aplique la ley a través de un juicio justo, sino demostrar, ante los medios de comunicación, que el Estado mexicano está determinado a utilizar todo su poder coactivo en contra de esos seres "perversos e inhumanos".
Florence Cassez es una detenida más cuya responsabilidad ante la colectividad se pretendió fincar a través de las cámaras de televisión. Luego nos enteramos, además, de que ni siquiera eran imágenes en vivo, sino que había sido un montaje. Sin embargo, la pregunta relevante para la Corte es si esta práctica, bastante generalizada, de mostrar imágenes en televisión de detenidos y afirmar ante las cámaras su "indudable culpabilidad", viola o no el derecho a la presunción de inocencia de los acusados. La Corte Interamericana ha dicho que al exhibir a los detenidos en la televisión sí se viola ese derecho, pues el juez, después de la exposición mediática, no puede formar su juicio imparcialmente y sólo a partir de la evidencia que le aportan las partes. El caso Cassez le da a la Suprema Corte una oportunidad inigualable para establecer que la exhibición mediática de los detenidos tiene como consecuencia que ya no se les pueda llevar a juicio. Una decisión en este sentido permitiría mover la discusión colectiva y jurídica sobre la culpabilidad o la inocencia de los acusados de la sede mediática a la jurisdiccional. Cuánto mejoraría la calidad de la justicia mexicana con el solo hecho de que la discusión pública sobre la culpabilidad y la inocencia de los detenidos se basara en la evidencia aportada en juicio, y no en las opiniones subjetivas que nos merezcan los acusados.
El segundo aspecto paradigmático del caso Cassez tiene que ver con la incomunicación del detenido por parte de la policía. La Constitución establece que la policía, cuando detiene a una persona, la tiene que poner "sin demora" a disposición del MP. ¿Qué consecuencias debe tener en el juicio una detención prolongada por parte de la policía? En el caso de Florence, la policía tardó 24 horas en llevarla a la SIEDO; permaneció incomunicada por 20 horas, después fue llevada al rancho Las Chinitas en donde ocurrió el montaje mediático. Ese largo lapso de incomunicación, por sí solo, debería ser razón suficiente para que el juez de primera instancia se hubiese negado a iniciar el juicio contra Cassez. Sin embargo, hasta ahora, todos los jueces han pasado por alto el contenido mínimo del derecho constitucional a no ser retenida por la policía por más tiempo del razonable.
Según la Encuesta a Población en Reclusión del CIDE, en 2009, 47% de los detenidos sufrió maltratos, amenazas, humillaciones o golpes por parte de la policía durante la fase de detención. Además, en esa fase es cuando el detenido que tiene dinero puede sobornar a la policía para que lo dejen ir. Por ello, sería muy importante que, a propósito del caso Cassez, la Corte estableciera que si la policía se toma un tiempo excesivo para poner a disposición del MP al detenido, la acusación no pueda prosperar. Sólo así los policías dejarán de abusar, maltratar, humillar y extorsionar a los detenidos.
La eficacia de los derechos de debido proceso durante la fase de detención no es un mero formalismo legal. Tiene que ver con algo que nos interesa a todos: contar con policías profesionales, confiables y honestos. Ello no va a suceder si éstos pueden violar la Constitución y las leyes sin que el juez imponga consecuencias dentro del proceso. Una policía profesional y disciplinada tiene límites constitucionales y legales que definen los jueces. Esperemos que la Corte, a propósito del caso
Cassez, ayude a que ello comience a ser así en México.

1 comentario:

Luisa dijo...

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