viernes, 12 de febrero de 2010

IMAGEN SIN DERECHO

ERNESTO VILLANUEVA VILLANUEVA

Libertad de informar no significa licencia para violentar derechos de las personas, para solazarse ante las desgracias ajenas o para erosionar los mínimos razonables de la civilidad democrática. El derecho a la propia imagen se ha reducido en México a una imagen sin derecho. En efecto, cada día se puede ver cómo los medios de comunicación difunden imágenes bajo la lógica de que, mientras más sangre y violencia, mejor negocio. La nota roja ha pasado de los últimos espacios a las primeras planas sin que nadie diga ni haga nada. Lo peor de todo es que, en el mayor número de los casos, los responsables no saben que su conducta no concuerda ni con el derecho ni con la ética. Veamos. Primero. El derecho a la propia imagen significa la prerrogativa de toda persona para decidir la figura o representación de su propia identidad y, por ende, la reproducción de su imagen personal. No es, por supuesto, un derecho absoluto. Como bien señala el Tribunal Constitucional español: “No puede deducirse (…) que el derecho a la propia imagen, en cuanto límite del obrar ajeno, comprenda el derecho incondicionado, y sin reservas, a permanecer en el anonimato. Pero tampoco el anonimato, como expresión de un ámbito de reserva especialmente amplio, es un valor absolutamente irrelevante, quedando desprotegido el interés de una persona a salvaguardarlo impidiendo que su imagen se capte y se difunda”. El equilibrio entre la libertad de informar y el derecho a la propia imagen resulta de ponderar si se trata de una persona pública o no, y si se trata o no de una información de interés público. La persona pública no sólo es un servidor público, sino también aquella que voluntaria o involuntariamente se ha sometido por su comportamiento a un escrutinio social recurrente, renunciando así al anonimato original. Por su parte, la información de interés público no reside en la curiosidad de la gente. El interés público no es el interés del público. Tampoco es únicamente el criterio periodístico de lo que es o no noticia. Se trata en realidad de aquellos datos y hechos que son útiles a la sociedad para ejercer derechos y cumplir obligaciones en su más amplio sentido. Segundo. El principio de ponderación se desvanece en México empezando por la autoridad responsable de procurar justicia. ¿Es justo, por ejemplo, “presentar” a los presuntos responsables de un delito ante los medios de comunicación? ¿No se viola el derecho a la presunción de inocencia y a la propia imagen de las personas “presentadas” en los medios? Paradójicamente, las autoridades de procuración de justicia someten a los presuntos responsables a un doble proceso: el legal, que es el único aceptable en un estado mínimo de derecho, y el mediático, generando presiones indebidas en los juzgadores. Se utiliza así ilegalmente todo el aparato del Estado contra personas que no han sido declaradas culpables por la autoridad competente. El caso de las fotografías denostando al señor Alfredo Beltrán Leyva fue la gota que derramó el vaso de los umbrales de tolerancia de la razón. Tercero. Los medios también son responsables de lo que pasa. Los casos del desastre en Haití y de los jóvenes muertos en Ciudad Juárez en días pasados son ejemplos claros de que algo anda mal. ¿Es necesario mostrar el rostro de un niño victimado? ¿Usted lo mostraría si fuera su hijo o su hija? ¿Por ser de Haití y ser pobres carecen de derechos y puede haber una intrusión mediática en su intimidad? ¿Cuál es el interés público en mostrar el rostro de un menor o incluso de un adulto victimado, sea civil o militar? ¿No se satisface el interés público ocultando el rostro y mostrando el contexto? No se trata de cuestiones accesorias; antes bien, son asuntos en los cuales la sociedad debe reflexionar. No es para menos. La difamación o la calumnia pueden ser combatidas por el afectado mediante la vía civil o el ejercicio del derecho de réplica. Pero la exposición de la vida privada con la difusión ilegítima de la imagen no tiene remedio. El reclamo del agraviado sólo serviría para dar nueva difusión precisamente a la imagen que no quiso fuera publicada, incrementando el daño en su patrimonio moral. Y en el caso de las imágenes de agentes de la policía y de efectivos militares en escenas de delitos, ni el gobierno ni los medios parecen preocuparse por la integridad personal de ellos. Cuando la ética periodística se extravía, no sólo se atenta contra la dignidad de la persona cuya imagen fue difundida sin razón fundada, sino también contra la de televidentes o lectores que son expuestos a esas imágenes como algo digno de ser visto y procesado por todos como algo “normal”. Con ellas no se denuncia un hecho lamentable o ilegal, sino que se coadyuva, a veces de manera involuntaria, a insensibilizar a la sociedad ante la violencia y el dolor ajeno, así como a confundirla sobre lo que es correcto y aquello que no lo es. Se ha creado un círculo vicioso donde se compite por ver quién ofrece las imágenes más denigrantes. Esto no debería convertirse en una fatalidad más.

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