La transparencia y el acceso a la información pública gubernamental enfrentaron obstáculos incluso antes de ser aprobada la ley en el Congreso de la Unión el 30 de abril de 2002, tal como sucede siempre con las instituciones de la democracia, que precisamente se erigen para romper prácticas autoritarias e impulsar transformaciones culturales.Así incluso desde antes de que el entonces presidente Vicente Fox presentara la iniciativa al Congreso, se manifestaron cuatro diferencias fundamentales entre el Gobierno y las demandas de la sociedad civil. De las cuatro, dos se salvaron positivamente: la forma de designación de los comisionados y la afirmativa ficta; pero fue imposible derogar todas las disposiciones que se opusieran a la nueva legislación y hacer una reforma constitucional, que finalmente pudo concretarse en 2007. Una vez que entró en vigor la legislación el 12 de junio de 2003, aparecieron las resistencias en la aplicación. Entre otras surgieron las siguientes: la clasificación de 3.5 millones de expedientes bajo la categoría de reservados, lo que los hace inaccesibles temporalmente, cifra récord a nivel internacional; la negación de la información bajo el pretexto de la inexistencia de los documentos solicitados: en 2003, las respuestas en este sentido como porcentaje de las solicitudes de información pasaron de 2.6% en 2003 al 6.2% en 2009. Por otra parte, a pesar de que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, establece "las resoluciones del Instituto serán definitivas para las dependencias y entidades", entre el 12 de junio de 2003 y el 31 de diciembre 2005, éstas presentaron 101 amparos en contra de dichas resoluciones. Como los tribunales empezaron a fallar en contra entonces empezaron a presentar los amparos en lo individual (no como servidores públicos), señalando que de cumplir las resoluciones violarían otras disposiciones legales; y todavía encontraron una tercera alternativa, vía los particulares, cuya información sería difundida. También hubo dependencias y servidores públicos, que interpusieron recursos ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA). La Procuraduría General de la República litiga en estos momentos una resolución del IFAI para entregar la averiguación previa relativa a la desaparición de Rosendo Radilla y 121 personas más, entre julio y octubre de 1974, en el municipio de Atoyac de Álvarez, en el marco de la denominada Guerra Sucia. La Organización de Litigio Estratégico de Derechos Humanos, A.C., solicitó dicho expediente ante la PGR; ante la negativa recurrió al IFAI, que ordenó su entrega; ante la resolución la PGR recurrió al TFJFA, que desechó la demanda; y la PGR promovió un recurso de reclamación, que todavía no ha sido resuelto por el TFJFA. Los obstáculos también surgieron a través de reformas legales: el 24 de febrero de 2005, el Congreso aprobó una reforma al reglamento del Infonavit para excluir a dicha entidad del control del IFAI; el jueves 9 de marzo de 2006, los senadores panistas Fauzi Hamdam y Jorge Zermeño, presentaron una iniciativa de nueva Ley Orgánica del TFJFA, en la que se permitían a las dependencias y los servidores púbicos impugnar las resoluciones del IFAI ante dicha instancia; y el 23 de enero del año pasado se reformó el artículo 16 de Código Federal de Procedimientos Penales para que las averiguaciones previas en las que se determine el no-ejercicio de la acción penal (que eran públicas por la vía de resoluciones del IFAI) tuvieran carácter de reservado por un lapso de entre 3 y 12 años; la constitucionalidad de esta reforma fue impugnada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y todavía no se resuelve. Por ello no es ninguna sorpresa que la PGR enviara una opinión a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a favor de que las dependencias públicas puedan recurrir las resoluciones de los órganos de transparencia ante otras instancias. La opinión de la PGR surge a raíz de una reforma a la legislación de Campeche, del 30 de junio del año pasado, que permite a las dependencias gubernamentales impugnar las resoluciones de la Comisión de Transparencia ante el Tribunal Superior de Justicia. La fracción panista del Congreso local interpuso una acción de inconstitucionalidad contra dicha reforma aprobada por la mayoría priista en el Congreso Local. La relevancia de dicha opinión, más allá de la decisión de los Ministros de tomarla o no en cuenta, es que refleja claramente la decisión del Gobierno Federal de oponerse a la transparencia y es simplemente uno más de los obstáculos que el ejercicio de este derecho ha enfrentado desde el 12 de junio de 2002, cuando fue publicada la ley en el Diario Oficial de la Federación. Antes se decía que el opositor era el procurador Eduardo Medina-Mora, pero la emisión de la opinión por parte del nuevo procurador Arturo Chávez Chávez, deja claro que la decisión es del titular del Ejecutivo Federal, Felipe Calderón Hinojosa. Así que es de esperar que los obstáculos para la transparencia continuarán in crescendo y, en caso de que la SCJN respalde la opinión de la PGR, pronto puede haber una iniciativa de reforma que permita a las dependencias y los servidores públicos recurrir las resoluciones del IFAI ante el tribunal administrativo. Dicha disposición, en los hechos, haría nugatoria la garantía constitucional, pues violentaría dos principios fundamentales: la existencia de una autoridad reguladora independiente y la entrega ágil y oportuna de la información. Sería un golpe letal a la transparencia.
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